Si trabajas de manera independiente, inscribirte en el padrón de contribuyentes para personas físicas es un trámite obligatorio ante el SAT. Este registro no solo cumple con una obligación fiscal, sino que también te da beneficios fiscales, como deducciones de gastos y estímulos tributarios.
Proceso General de Inscripción
El trámite de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es gratuito y se realiza de manera presencial en cualquier oficina del SAT, previa cita. Para agendar tu cita, puedes utilizar el portal del SAT, la aplicación SAT Móvil o el Portal GOB.MX. Es importante que realices este trámite dentro del mes siguiente al inicio de tus actividades económicas.
Para todos los trámites, es recomendable llevar una unidad de memoria extraíble (USB) preferentemente nueva.
Marco Legal
Los procesos de inscripción y los requisitos se fundamentan en diversas disposiciones legales, incluyendo:
- El Código Fiscal de la Federación, específicamente en los artículos 27, apartados A, fracción IV; B, fracción VII y D, fracción IV, y 110. También el artículo 19 es relevante en ciertos casos.
- El Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 22, 23 (cuarto párrafo, fracción II) y 26, y 28.
- El Código Federal de Procedimientos Civiles, en su artículo 297.
- La Resolución Miscelánea Fiscal, a través de sus reglas 2.4.3., 2.4.4., 2.4.5., 2.4.6., 2.4.11., 2.4.12. y 2.4.14.
Requisitos Específicos por Tipo de Contribuyente
Personas Físicas
La solicitud de inscripción al RFC para personas físicas se diferencia si el contribuyente es mayor o menor de edad.
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Personas Físicas con Mayoría de Edad
Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida. Los documentos requeridos incluyen:
- Identificación oficial vigente del contribuyente, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente, pasaporte, cédula profesional vigente con fotografía, o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultos Mayores (original).
- En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente es suficiente.
- Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
- En caso de representación legal, se requiere poder notarial para actos de administración, dominio o especiales con el que se acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).
Menores de Edad
Cuando el contribuyente es menor de edad, esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor. Los documentos a presentar son:
- Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil (copia certificada) u obtenida en el Portal www.gob.mx/actas (formato único) o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).
- Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela del menor, en caso de que así proceda.
- Manifestación por escrito de conformidad de la madre y el padre para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
- Identificación oficial vigente de los padres o tutores que funjan como representantes del menor, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
- Para la identificación del menor de edad, se acepta la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimientos de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación vigente.
Personas Morales
Los requisitos para la inscripción de personas morales varían según su naturaleza jurídica.
Para Personas Distintas de Sociedades Mercantiles (General)
- Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada) o en su caso la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial (copia fotostática o impresión).
- Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
- Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).
- Las personas morales diferentes del Título III de la Ley del ISR, deben contar con clave de RFC válido de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva. En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados no se encuentren dentro del acta constitutiva, el representante legal debe presentar manifestación por escrito que contenga las claves de RFC correspondientes.
Para Asociaciones en Participación
- Contrato de la asociación en participación, con ratificación de las firmas del asociado y del asociante ante las oficinas del SAT, en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
- Identificación oficial vigente de los contratantes, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).
- Acta constitutiva, poder notarial e identificación que acredite al representante legal, en caso de que participe como asociante o asociada una persona moral (copia certificada).
- Testimonio o póliza en caso de que así proceda, donde conste el otorgamiento del contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioró de la identidad, de la capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho instrumento (copia certificada).
- Identificación oficial vigente del asociante (en caso de personas físicas), como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).
- Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal, en caso de que el asociante sea persona moral (copia certificada).
- Documento en donde conste la ratificación de contenido y firmas de quienes otorgaron y comparecieron el contrato de asociación en participación ante Fedatario Público, que éste se cercioro de la identidad y capacidad de los otorgantes y de cualquier otro compareciente y de que quienes comparecieron en representación de otra persona física o moral contaban con la personalidad suficiente para representarla al momento de otorgar dicho contrato (copia certificada).
- Los asociados de la persona que representas, deben encontrarse inscritos en el RFC.
- Las asociaciones en participación que se inscriban en el RFC con el nombre del asociante, deberán citar además en su denominación, las siglas “A en P”.
Para Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal
- Decreto o acuerdo por el cual se crean dichas entidades, publicado en órgano oficial (copia simple o impresión del diario, periódico o gaceta oficial), o bien copia simple de las disposiciones jurídicas vigentes que acrediten su constitución, personalidad jurídica y estructura orgánica.
- Autorización del ente público al que pertenezcan, tratándose de unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados.
- Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.
- Identificación oficial vigente del representante legal, como credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros pueden presentar documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso, prórroga o refrendo migratorio (original).
Para Sindicatos
- Estatuto de la agrupación (original).
- Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente (original).
- Poder notarial con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original).
Para Otros Tipos de Personas Morales
- Documento constitutivo que corresponda según lo establezca la ley de la materia (copia certificada).
Comprobantes de Domicilio
Para la mayoría de los trámites de RFC y CURP, tanto para personas físicas como morales, es indispensable presentar un comprobante de domicilio. La antigüedad de estos documentos no debe ser mayor a 4 meses, salvo excepciones. Algunos de los comprobantes aceptados son:
- Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero. En caso de recibo anual, debe corresponder al ejercicio en curso. No es necesario que se exhiba pagado.
- Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero. No es necesario que se exhiban pagados.
- Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Contrato de arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero. El arrendador o subarrendador debe estar inscrito y activo en el RFC y, si es persona física, en el Régimen de Arrendamiento, adjuntando copia simple de su identificación oficial. El contrato debe cumplir con las formalidades legales (nombre y firma de las partes, objeto, cláusulas, declaraciones).
- Contrato de prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, que incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
- Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.
- Apertura de cuenta bancaria suscrita por el contribuyente, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
- Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
- Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, que contenga el domicilio fiscal y una antigüedad no mayor a 4 meses.
- Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o sus similares en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, que contenga el domicilio fiscal y una antigüedad no mayor a 4 meses. En caso de pago anual, debe corresponder al ejercicio en curso. No es necesario que se exhiban pagados.
- Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente, acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual deberá exhibirse pagado.
- Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero, con una antigüedad no mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado.
Identificaciones Oficiales Adicionales Aceptadas
Además de las identificaciones generales mencionadas, se aceptan los siguientes documentos como identificación oficial vigente:
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- Cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada).
- Pasaporte vigente.
- Cédula profesional.
- Licencia o permiso para conducir.
- Credenciales de identificación laboral:
- De instituciones del sector salud federal o estatal.
- De servidores públicos de los sectores central y paraestatal, así como de organismos autónomos constitucionales, Poder Legislativo y Poder Judicial, a nivel federal o estatal.
- De la iniciativa privada, siempre que cuenten con denominación o razón social y Registro Federal de Contribuyentes de la empresa, nombre y firma del patrón o su representante y nombre del ciudadano tal como aparece en el Acta de Nacimiento.
- De escuelas públicas de nivel básico, medio, técnico, medio superior, superior e Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA).
- Credenciales de Identificación como usuarios o derechohabientes de los siguientes servicios:
- De instituciones del sector salud federal y estatal (no se incluye el carnet de citas médicas, ni otro tipo de constancias o pólizas de seguros médicos).
- Expedidas por escuelas públicas de nivel básico, medio, técnico, medio superior, superior e INEA.
- Identidad marítima y/o libreta de mar.
- Carta o certificado de naturalización.
- Certificado de Nacionalidad Mexicana.
- Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por naturalización.
- Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por nacimiento.
- Matrícula consular.
- Constancia de inscripción al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, se aceptará previa verificación del registro del ciudadano con una vigencia máxima de seis meses después de haber sido expedida.
- Documentos expedidos por escuelas públicas o privadas con reconocimiento oficial de nivel básico, medio, técnico, medio superior, superior e INEA tales como: Título profesional, constancias de estudios, certificado de estudios, diploma de estudios.
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