La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral en México que garantiza a los empleados recibir un porcentaje de las ganancias obtenidas por la empresa en la que trabajan. Este mecanismo busca distribuir de manera justa los beneficios económicos que resultan del esfuerzo conjunto de trabajadores y empresarios.
¿Qué es la PTU?
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral en México que garantiza a los empleados recibir un porcentaje de las ganancias obtenidas por la empresa en la que trabajan.
Este mecanismo busca distribuir de manera justa los beneficios económicos que resultan del esfuerzo conjunto de trabajadores y empresarios.
Es importante señalar que este beneficio se calcula con el 10% de las utilidades generadas por la empresa durante el año fiscal anterior.
Cálculo y Distribución de la PTU
Divide la cantidad resultante del 10% de la utilidad neta en dos partes iguales. La primera mitad se distribuye entre todos los trabajadores, teniendo en cuenta los días trabajados por cada uno y sin importar el salario.
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Si la empresa ABC S.A. de C.V. tuvo una utilidad neta de $600,000, la PTU sería de $60,000, es decir, el 10%.
Registro Contable de la PTU
Es importante comentar que la PTU del ejercicio deberá ser aplicada en contabilidad como un pasivo de conformidad con la NIF D-3, debiéndose reconocer en el estado de resultado integral en el rubro de costo o gastos según corresponda; dicha aplicación contable no es deducible de conformidad al articulo 28 fracción XXVI de la Ley del ISR.
TE RECUERDO QUE ANTES DEL CIERRE DEL EJERCICIO DE 2009 DEBISTES HABER CREADO EL PASIVO DE LA PTU. CHECA TU POLIZA DE ESTADO DE RESULTADOS Y SI NO LA CREASTES PUES CORRIGE ESA POLIZA CREANDO LA PTU.
Recuerda, la declaracion anual es un amarre de todas tus cuentas, presentas saldos al cierre del ejercicio, informas activos, pasivos, ingresos y egresos, etc.., al no provisionar tu pasivo en tus registros contables, de seguro no habras enterado al fisco el importe de la PTU a repartir en el siguiente ejercicio, inconsistencia? si la hay......
¿Qué sucede si no se registra el pasivo de la PTU en el cierre del ejercicio 2009?
¿Que sucede si no se registra el pasivos de la PTU en el cierre del ejercicio 2009? y en lugar de ello se registra en el momento del pago (mayo del 2010) la cuenta de PTU (resultados). ¿habria alguna incosistencia fiscal?.
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Fundamentos Legales de la PTU
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 123 apartado A fracción IX.
- Ley Federal del Trabajo - Artículos 117 al 131.
- Ley del Impuesto sobre la Renta - Artículo 9 (Personas Morales) y 109 (Personas Físicas con actividad empresarial y profesional).
El patrón dentro de un término de diez días contados a partir de la fecha de la presentación de su declaración anual, entregará a los trabajadores copia de la misma.
Los anexos que de conformidad con las disposiciones fiscales debe presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quedarán a disposición de los trabajadores durante un término de treinta días en las oficinas de la empresa y en la propia Secretaría.
Dentro de los treinta días siguientes a la resolución dictada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el patrón dará cumplimiento a la misma, independientemente de que la impugne.
Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aumente el monto de la utilidad gravable, sin haber mediado objeción de los trabajadores o haber sido ésta resuelta, el reparto adicional se hará dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se notifique la resolución.
El artículo 123 de la LFT, señala que la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
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Para efectos de PTU el artículo 124 de LFT, señala que se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria.
Consideraciones Contables Adicionales
La NIF D-3 menciona que la base de cálculo de la PTU Diferida será con base en el método de activos y pasivos que se establece en la NIF D-4 “impuestos a la utilidad”, este debe ser determinado considerando las diferencias temporales entre los valores contables y fiscales de los activos y pasivos de la entidad.
Por otro lado, la Ley de Impuesto sobre la Renta establece que para determinar la renta gravable de PTU (PTU Corriente) a que se refiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no se disminuirá la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.
Con base en los párrafos anteriores, se deduce que para el cálculo de la PTU Diferida debemos tomar en cuenta la base de ISR Diferido, pero sin considerar la propia PTU (corriente y diferida) y sin considerar las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.
Asimismo, la NIF D-3 plantea que para determinar la tasa de PTU que se espera causar en los siguientes años, deberá llevarse a cabo con base en las proyecciones financieras y fiscales o con base en la tasa PTU causada del ejercicio actual.
Lo anterior arroja que no será la tasa del 10% para la totalidad de los casos, para estos efectos, a continuación, se presenta un caso donde la tasa de la PTU es menor al 10% y sobre la cual debemos definir si será la misma tasa que deba prevalecer en la PTU Diferida; ver ejemplo a continuación:
Ejemplo de cálculo de tasa de PTU causada
A continuación, se presenta un ejemplo de cómo se puede calcular la tasa de PTU causada:
| Descripción | Monto |
|---|---|
| Utilidad fiscal del periodo base para PTU | $1,000,000 |
| PTU 10% (tasa legal) | $100,000 |
| PTU en base a nueva regulación | $75,000 |
| PTU causada | $75,000 |
| Relación entre ambas PTU (PTU 1.b / PTU 1.a) | 75% |
| Tasa de PTU causada (Relación entre ambas PTU x 10%) | 7.5% |
Para este caso en particular observamos que el porcentaje de pago de PTU corriente fue menor al porcentaje legal. Acumulación de anticipos de clientes sin deducción alguna y cuyo efecto difícilmente será repetido en el futuro, etc.
Estimación para activo por no recuperable
Como parte de nuestro trabajo, es necesario evaluar las bases que tiene la administración cuando enfrentamos un activo por PTU Diferida, en concreto si se considera que es probable la recuperación de un activo tomando como base las partidas que dan origen a dicha PTU Diferida.
A continuación, se muestra un ejemplo de la estimación para activo por no recuperableEn el ejemplo anterior, se muestra un caso en dónde se tiene evidencia, ya sea por proyecciones financieras y fiscales, de que ciertas partidas no van a ser recuperables, con estos elementos, se reserva el efecto de la PTU diferida.
