La indemnización por despido es la compensación económica que, por ley, debe abonar una empresa a un trabajador al extinguir su contrato por causas no imputables a su conducta. Gestionar el fin de un contrato laboral es un proceso delicado donde conocer tus obligaciones como empleador es clave para proteger la salud legal y financiera de tu negocio. El PGC entiende por indemnización lo que establece como tal en su cuenta (641) cuando dice: “cantidades que se entregan al personal de la empresa para resarcirle de un daño o perjuicio”.
Diferencia entre finiquito e indemnización
Aunque a menudo se usan indistintamente, son conceptos diferentes. El finiquito es un documento legal que se utiliza en el ámbito laboral para formalizar la terminación de una relación laboral entre un empleado y un empleador. Este documento recoge el saldo y liquidación de todas las cantidades económicas pendientes de pago entre ambas partes, incluyendo salarios, pagas extras, vacaciones no disfrutadas, indemnizaciones y cualquier otro concepto económico que corresponda al trabajador hasta el momento de la finalización de su contrato. La indemnización, si corresponde, se incluye dentro del finiquito.
Cuentas contables relacionadas
De acuerdo con el Plan General Contable español, las principales cuentas contables relacionadas con este proceso son:
- 640 - Sueldos y salarios: Se utiliza para registrar el total de sueldos y salarios devengados, incluyendo el finiquito cuando termina la relación laboral. No incluye pagos por indemnizaciones.
- 641 - Indemnizaciones: En esta cuenta se registran las cantidades pagadas a los empleados como indemnización por despido.
- 1402 - Provisión por prestaciones a largo plazo al personal: Se utiliza para registrar las provisiones realizadas por la empresa para cubrir futuras obligaciones por indemnizaciones.
- 4751 - HP acreedora por retenciones practicadas: Para el registro de las retenciones de IRPF.
- 476 - Organismos de la Seguridad Social, acreedores: Para las cuotas de la Seguridad Social.
Asientos contables prácticos
En el momento del pago del finiquito, se registrará el siguiente asiento:
Debe: (640) Sueldos y salarios
Haber: (476) Organismos de la Seguridad Social, acreedores / (4751) HP acreedora por retenciones / (572) Bancos
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En caso de que haya que contabilizar la indemnización por despido, se sigue este procedimiento:
1. Provisión de la indemnización:
Debe: (641) Indemnizaciones
Haber: (1402) Provisión por prestaciones a largo plazo al personal
2. Pago de la indemnización:
Debe: (1402) Provisión por prestaciones a largo plazo al personal
Haber: (572) Bancos
Tratamiento de excesos o defectos de provisión
Si la provisión inicial fue insuficiente, se contabiliza un gasto adicional en la cuenta (641). Por el contrario, si resulta un exceso, se registrará como un ingreso en la cuenta (795X) Exceso de provisión por indemnizaciones por despido.
Aspectos fiscales y legales
Por norma general, la indemnización por despido que se ajusta a las cuantías legales obligatorias está exenta de tributar en el IRPF hasta un límite máximo de 180.000 €. Cualquier cantidad que sobrepase este importe sí estará sujeta a tributación como rendimiento del trabajo. La razón de esta exención fiscal es proteger al trabajador que ha perdido su empleo de forma involuntaria, proporcionándole un colchón económico que no se vea mermado por los impuestos durante su transición a un nuevo trabajo.
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