Para realizar trámites estatales y vehiculares, es necesario agendar una cita a través de la página web: www.satq.qroo.gob.mx/citas. Esto, de acuerdo al Periódico Oficial de fecha 17 de julio de 2020 y debido a la situación sanitaria por COVID-19 y para cuidar la salud de todos.
Es importante tener en cuenta que el pago se verá reflejado de 24 a 48 horas cuando se realiza en línea o bancos, y aproximadamente 5 días hábiles cuando se realiza en tiendas de conveniencia (OXXO). Si tiene problemas para generar su CFDI, intente con otro navegador (Internet Explorer) o dispositivo, o active sus datos móviles.
A continuación, se detallan los requisitos generales para el reemplacamiento, así como los documentos específicos según el tipo de persona (física o moral) y el origen del vehículo (nacional o extranjero).
Documentos Generales Obligatorios
- Las 2 placas, con excepción de motos y remolque 1 placa. En caso de extravío, acta del M.P. (especificando serie, placa y si es delantera, trasera o ambas) y constancia de no infracción vigente del municipio correspondiente.
- Tarjeta de circulación (solo en original). En caso de extravío, constancia de no infracción vigente del municipio correspondiente.
- Licencia de conducir del propietario vigente.
- Identificación oficial vigente: Credencial de elector o pasaporte (de ser extranjero documento migratorio que acredite la legal estancia en el país, tarjeta de residente permanente o temporal) vigente.
- Comprobante de domicilio del municipio correspondiente, no mayor de 60 días, a nombre del propietario o que coincida con la identificación oficial (credencial de elector). Cualquiera de los siguientes: recibo de agua, teléfono fijo, luz o estado de cuenta bancario. De no ser así, anexar al comprobante de domicilio el contrato de arrendamiento o carta de autorización para oír y recibir todo tipo de notificaciones con copia de identificación oficial vigente del titular del domicilio y firmado.
- Vehículo para su verificación de serie.
- 5 años anteriores de los pagos de tenencias o derechos, según sea el modelo.
Requisitos Adicionales Según el Tipo de Persona
Para Personas Físicas:
- CURP
- RFC
- Número de teléfono y correo electrónico.
Para Personas Morales:
- Acta constitutiva y poder notarial.
- Cédula o constancia fiscal.
- Identificación del representante legal.
- Correo electrónico y número de teléfono de la empresa.
Requisitos Adicionales Según el Origen del Vehículo
Vehículos Nacionales
- Factura de origen sellada por la agencia o refacturación acompañada de la factura de origen sellada por la agencia y deberá contar con el endoso correspondiente anexando copia de identificación de quienes endosan, si son de una a mas refacturaciones deberán tener un consecutivo, para facturas electrónicas (CFD o CFDI con archivo PDF y XML impresos) deberán estar endosadas y presentar contrato de compra-venta, entre particulares con copia de identificaciones de quienes intervienen (comprador, vendedor y de 2 testigos) en caso de que sea compra a crédito a terceros de agencia, deberá anexar copia de dicha refactura sin valor y carta factura sellada (vigente no mayor a 2 meses).
Vehículos Extranjeros
- Deberá presentar título y pedimento de importación con sello de golpe de caja o documento oficial con el cual se acredite la legal importación del vehículo (a reserva de poder verificar la legal importación, de lo contrario se enviará a validación al área correspondiente con cita previa).
Subsidios Correspondientes
Para la aplicación de los subsidios correspondientes:
- Personas físicas: Acreditar su residencia en el estado con credencial de elector vigente del estado de Quintana Roo.
- Personas morales: Licencia de funcionamiento del estado de Quintana Roo.
- Factura de origen de Quintana Roo y estar dentro de los 30 días a partir de la fecha de factura.
Información Adicional Importante
- Todos los trámites son personales. En caso de no ser el propietario o representante legal, presentar original y copia de carta poder notariada, con 2 testigos y anexar en ambos juegos copia de las identificaciones oficiales de los que en ella intervengan. *Código Fiscal del Estado Art.
- En caso de vehículos no registrados en este estado y requieran trámite de baja, deberán realizar primero la inscripción al padrón vehicular del municipio perteneciente cumpliendo con los requisitos de alta correspondiente.
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