Todo lo que Debes Saber sobre el Impuesto de Circulación (IVTM) y Cómo Pagarlo Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si tienes un coche en propiedad, lo más seguro es que estés pagando el impuesto de circulación o IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica). El impuesto de circulación es una tasa municipal que grava la propiedad, permite circular legalmente, se paga anualmente, y su coste depende de la potencia y características de un vehículo. El Impuesto de Circulación de un vehículo, también conocido como IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sello o viñeta, es un impuesto obligatorio que se aplica sobre todos los vehículos a motor, permitiéndoles la circulación por las vías públicas de todo el país. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido comúnmente como impuesto de circulación, es una obligación fiscal que deben cumplir todos los años los propietarios de vehículos en España. Se trata de un tributo gestionado por los ayuntamientos y tiene una cuantía variable en función de diversos factores. El IVTM es un impuesto directo que grava la titularidad de los vehículos que son aptos para circular por las vías públicas.

El propio nombre del tributo puede inducir a confusión, ya que se refiere a los vehículos de tracción mecánica, pero lo cierto es que los dueños de vehículos híbridos o eléctricos también deben pagarlo aunque pueden beneficiarse de descuentos en muchas ciudades españolas y ahorrar dinero.

¿Quién debe pagar el IVTM?

Están obligados a pagarlo los propietarios de turismos, motos y vehículos comerciales. Y aunque no se use el vehículo, si está dado de alta en Tráfico, hay que abonar el impuesto de todas formas. Están obligados al pago de este impuesto quienes figuren en el permiso de circulación. Se aplica por lo tanto a todos los vehículos rodados como los turismos, los camiones, las motos, las furgonetas y las caravanas, los autobuses o los camiones. El impuesto se aplica a una amplia gama de vehículos: turismos, motocicletas, camiones, autobuses, tractores y vehículos especiales.

¿Cuánto se paga por el Impuesto de Circulación? Factores y Tarifas

Para saber cuánto te toca pagar por este impuesto anual, tendrás que tener en cuenta factores como el tipo de vehículo que tengas, su cilindrada, su peso o la localidad en la que vivas. Según la ley, el importe a pagar por este impuesto varía en función de factores como la potencia del motor, el peso o el tipo de coche (datos incluidos en la ficha técnica del vehículo); pero, a fin de cuentas, son los municipios los que fijan la tarifa definitiva. La cuantía del IVTM depende de varios factores que determinan la base imponible y la cuota que se debe abonar.

A continuación, se detallan los factores clave:

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  • Tipo de vehículo: Influye directamente en la tarifa aplicable. Los vehículos se agrupan en varias categorías: turismos, motocicletas, camiones, tractores y vehículos especiales.
  • Características técnicas: Dentro de cada categoría, las características específicas del vehículo determinan la cuota a pagar. Por ejemplo, en el caso de los turismos, la potencia fiscal se mide en caballos fiscales y es un factor determinante. Para motocicletas, la cilindrada del motor es la referencia.
  • Municipio de matriculación: Aunque existen tarifas mínimas establecidas a nivel nacional, cada ayuntamiento tiene la potestad de modificar estas tarifas dentro de los límites que marca la ley. Esta situación provoca que Melilla, ciudad considerada como un paraíso fiscal para este tributo, grave la circulación de los vehículos que tengan entre 16 y 20 caballos de vapor fiscales (CVF) con un tributo 6 veces menor que San Sebastián, provincia con el IVTM más elevado. Esto significa que el importe del IVTM puede variar significativamente entre municipios.

En la siguiente tabla, hemos clasificado el importe anual en euros del impuesto de la circulación en algunas provincias españolas según los CVF o la potencia fiscal y los centímetros cúbicos (CC) de los turismos o las motocicletas para que puedas hacerte una idea de las diferencias que existen entre las provincias españolas.

Turismos (potencia en CVF) > 8 CVF 12-16 CVF < 20 CVF
Provincia (capital)
Alicante 22,28 € 128,37 € 204,75 €
Barcelona 25,24 € 143,88 € 224,00 €
Cádiz 24,90 € 142,00 € 220,90 €
Ceuta 12,60 € 71,95 € 112,00 €
León 20,95 € 128,95 € 209,40 €
Logroño 20,00 € 130,00 € 220,00 €
Madrid 20,00 € 129,00 € 224,00 €
Oviedo 23,00 € 141,00 € 224,00 €
Valencia 22,53 € 134,98 € 219,01 €
Zamora 13,63 € 130,21 € 224,00 €
Motocicletas (cilindrada en CC) > 125 cc 250 - 500 cc < 1.000 cc
Provincia (capital)
Alicante 8,49 € 27,58 € 111,39 €
Barcelona 8,84 € 30,30 € 121,16 €
Cádiz 8,80 € 29,90 € 119,60 €
Ceuta 4,40 € 15,15 € 60,60 €
León 8,84 € 30,30 € 121,16 €
Logroño 7,50 € 25,70 € 102,75 €
Madrid 7,00 € 27,00 € 121,00 €
Oviedo 8,00 € 30,15 € 121,16 €
Valencia 7,75 € 28,73 € 121,16 €
Zamora 6,14 € 21,06 € 84,21 €

Exenciones y Bonificaciones del IVTM

A pesar de que casi ningún vehículo matriculado en España se libra de tener que pagar este impuesto, existen excepciones previstas para determinados vehículos que no tendrán que hacer frente al pago de este tributo:

  • Vehículos dedicados al transporte público urbano con más de nueve plazas como microbuses o autobuses
  • Vehículos oficiales que se encuentren al servicio de entidades públicas del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales como los coches o las furgonetas de la policía municipal, de la guardia civil o de la policía nacional
  • Vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares acreditados
  • Las ambulancias y otros vehículos dedicados a la asistencia sanitaria
  • Vehículos destinados al transporte de personas con una movilidad reducida reconocida a un grado igual o superior al 33 %
  • Vehículos como tractores, remolques o de maquinaria que cuenten con la Cartilla de inspección agraria

Además de las exenciones del pago de este impuesto para determinados vehículos, la ley establece también bonificaciones en el pago de este impuesto para ciertos vehículos. Muchos ayuntamientos ofrecen reducciones a vehículos eléctricos, híbridos, de bajas emisiones o históricos. Mientras que los propietarios de vehículos que empleen algunos tipos de carburante o que tengan motores con determinadas características pueden ahorrarse hasta un 75 % en el pago del IVTM, aquellos que tengan vehículos considerados como históricos por tener más de 25 años de edad se beneficiarán de una reducción de hasta un 100 % en el pago de esta tasa.

¿Cuándo se paga el Impuesto de Circulación? Calendario y Periodo Impositivo

El impuesto de circulación es una tasa municipal que se paga anualmente. El periodo impositivo comienza el primer día del año natural (el 1 de enero), pero el periodo voluntario de pago de este tributo suele situarse entre los meses de abril y junio en el ayuntamiento de la localidad que aparezca en el permiso de circulación del vehículo. Se empieza a pagar el impuesto de circulación el 1 de enero o bien cuando se adquiere un vehículo. Por norma general, se paga una vez al año. El período de pago voluntario comprende del 1 de abril al 30 de junio. Por lo tanto, tiene validez del 1 de enero al 31 de diciembre.

No, el IVTM se paga por adelantado. Es decir, el impuesto que se abona en 2025 corresponde al mismo año fiscal. El devengo del impuesto se produce el 1 de enero y el pago se realiza en el período voluntario establecido por cada ayuntamiento. El período de pago del IVTM varía según el municipio, ya que cada ayuntamiento establece su propio calendario fiscal. Volvemos a poner como ejemplo la capital de España. En Madrid, el período voluntario de pago para el IVTM en 2025 es del 1 de abril al 2 de junio. Durante este período, los contribuyentes pueden abonar el impuesto sin recargos ni intereses. En otros municipios, las fechas pueden variar. Por ejemplo, en Barcelona, el período de pago se extiende hasta el 17 de junio, mientras que, en Valencia, el impuesto de circulación debe abonarse, en 2025, entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

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¿Qué ocurre si adquieres un vehículo a lo largo del año? En ese caso, el impuesto correspondiente a ese año ya debería estar pagado por el anterior propietario. En caso contrario, podrías ser responsable del pago proporcional del impuesto desde la fecha de adquisición hasta el final del año. Si adquieres un coche nuevo, el primer pago del IVTM suele realizarse de manera proporcional al tiempo restante del año en curso. Es decir, si matriculas el vehículo a mitad de año, solo pagarás la parte correspondiente desde la fecha de matriculación hasta el 31 de diciembre. Esto significa que cuando se venda un vehículo nuevo o de segunda mano, será el vendedor y no el comprador el que tenga que pagar el impuesto de circulación correspondiente al año de la venta.

¿Cómo se paga el Impuesto de Circulación? Métodos y Consultas

Cada ayuntamiento gestiona el cobro mediante domiciliación bancaria o recibo anual. Infórmate de su calendario para evitar sanciones y asegurar la circulación legal. Si te preguntas cómo saber si está pagado el impuesto de circulación, en tus extractos bancarios podrás comprobarlo, aunque también puedes consultarlo en el ayuntamiento de la población en la que vivas. No se puede pagar el impuesto de circulación sin recibo, así que si no lo tienes o el que tienes está fuera de plazo, tendrás que solicitar un duplicado al ayuntamiento de tu municipio. Si todavía no has pagado el impuesto a la circulación, en la actualidad hay varias maneras de hacerlo de forma cómoda y segura:

Pago presencial

Puedes pagar el impuesto en el propio Ayuntamiento, en las entidades financieras y bancarias colaboradoras presentando el recibo para el pago del tributo o en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente con cita previa.

Domiciliación bancaria

Quien no haya domiciliado el pago del impuesto de circulación, podrá hacerlo por teléfono o por internet y así olvidarse de esta tasa.

Pago por internet

Se puede pagar el impuesto de circulación online hasta las 20:00 horas del último día del periodo voluntario de pago mediante tarjeta de crédito o de débito, por banca electrónica o empleando un certificado digital si eres cliente de las entidades financieras y bancarias autorizadas por el ayuntamiento de tu localidad. En la mayoría de los municipios, el pago del IVTM puede realizarse de manera telemática a través de la sede electrónica del ayuntamiento correspondiente.

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Pago por teléfono

Los clientes de las cajas y los bancos colaboradores podrán hacerlo en el servicio de banca telefónica aunque también se puede realizar el trámite llamando al teléfono de atención al ciudadano de tu alcaldía.

Cambio de domicilio y documentación

Es posible que puedas realizar el cambio de domicilio en tu nuevo ayuntamiento consulta el listado de ayuntamientos con convenio. Para justificar el cambio de domicilio puedes presentar el DNI, certificado de empadronamiento, tarjeta censal, o cualquier documento que acredite tu nuevo domicilio. Además se debe presentar el documento acreditativo de que se ha despachado el vehículo en la Aduana. Factura de compra o contrato de compraventa: En el caso de vehículos adquiridos en concesionarios, se presenta la factura de compra.

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