Autodespido por Bajada de Sueldo: Guía Definitiva y Claves para Defender tus Derechospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cuando un trabajador decide marcharse de la empresa, lo habitual es pensar en una baja voluntaria. Sin embargo, existen casos en los que la salida se debe a una situación impuesta por el empleador que puede considerarse un incumplimiento grave del contrato. El autodespido por incumplimiento de contrato es una herramienta legal muy potente, pero también arriesgada si no se utiliza correctamente. Se trata de una vía exigente desde el punto de vista probatorio y procesal, por lo que un planteamiento incorrecto puede hacer que el trabajador pierda el derecho a indemnización e incluso quede en una situación laboral comprometida.

Marco legal del autodespido

La ley laboral española contempla que un trabajador pueda solicitar la extinción de su contrato si sufre un incumplimiento grave por parte del empresario. Esta figura está recogida en el Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, donde se especifica que el trabajador tiene derecho a extinguir su contrato de trabajo si sufre incumplimientos graves por parte del empresario. En concreto, se nombran los impagos de salario y los retrasos continuados, las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo o cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones.

Es fundamental comprender que el autodespido no es una dimisión voluntaria ni una baja voluntaria encubierta. El error más grave y costoso que puede cometer un trabajador es firmar una carta de baja voluntaria, ya que se iría con cero euros de indemnización y el SEPE le denegaría la prestación por desempleo.

La bajada de sueldo como modificación sustancial

Una bajada de salario de forma unilateral por la empresa es lo que se conoce como “modificación sustancial de las condiciones del contrato de trabajo”. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. No obstante, la bajada salarial tiene como tope lo dispuesto en el convenio colectivo correspondiente; es decir, solamente se podrá bajar el sueldo a trabajadores que estén cobrando por encima del Convenio, pudiendo rebajarse hasta lo dispuesto en éste.

La empresa tiene que informar de la decisión de bajar el sueldo con quince días de antelación a su entrada en vigor. Si decidimos impugnar la medida ante la jurisdicción laboral, tendremos que hacerlo dentro de un plazo de 20 días hábiles desde que el trabajador ha recibido la comunicación de la medida.

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Opciones ante una bajada salarial

Ante la aplicación de una bajada salarial, el trabajador se ve en la obligación de tomar una decisión entre las posibilidades que la legislación le aporta. Si la sentencia determina que la medida estaba justificada, el trabajador tendrá dos opciones:

  • Aceptar la nueva condición salarial.
  • Solicitar la extinción de la relación laboral, debiendo realizarlo de forma fehaciente ante la empresa.

La extinción de la relación laboral conlleva un derecho indemnizatorio para el trabajador de 20 días por año trabajado con un importe máximo correspondiente a 12 mensualidades de salario.

Procedimiento para solicitar la extinción indemnizada

El autodespido siempre debe tramitarse judicialmente. El proceso sigue los siguientes pasos:

  1. Presentar la papeleta de conciliación: Se inicia el procedimiento con un acto de conciliación administrativa ante el órgano administrativo correspondiente, donde se intenta llegar a un acuerdo.
  2. Acuerdo extrajudicial: Si en la conciliación se alcanza un pacto, se recoge la extinción del contrato y la indemnización pactada.
  3. Interponer la demanda judicial: Si no hay acuerdo en conciliación, se acude al juzgado de lo social.

Es importante recordar que, siempre que la extinción sea reconocida por acuerdo en conciliación o por sentencia, no se considera una baja voluntaria y el trabajador podrá cobrar el paro. En este tipo de procedimientos, contar con el asesoramiento de un abogado laboralista es fundamental para garantizar que la estrategia procesal sea impecable y defender adecuadamente los derechos del trabajador frente a incumplimientos graves de la empresa.

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