La crisis política en Venezuela alcanzó un punto de inflexión significativo en enero de 2019, cuando Juan Guaidó, entonces presidente de la Asamblea Nacional, se autoproclamó presidente encargado del país. Esta acción, respaldada por una parte considerable de la comunidad internacional y la oposición venezolana, se fundamentó en interpretaciones específicas de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, particularmente en su artículo 233. La controversia surgió a raíz de la juramentación de Nicolás Maduro para un segundo mandato presidencial, la cual fue ampliamente desconocida por su ilegitimidad.
Ascenso de Juan Guaidó en la Política Venezolana
Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez es un político, ingeniero industrial y opositor venezolano. Fue diputado nacional por el estado Vargas y dirigente del partido Voluntad Popular. El 5 de enero de 2019 fue designado como presidente del parlamento venezolano, siendo la persona más joven en ocupar dicho cargo. Cuando comenzó 2018, Guaidó era un diputado más de la Asamblea Nacional, controlada por la oposición aunque despojada de sus funciones tras varias decisiones del Tribunal Supremo y la creación impulsada por Maduro de una Asamblea Nacional Constituyente "con poderes plenipotenciarios".
De acuerdo con el sistema de turnos pactado por las fuerzas opositoras, le tocaba presidir la Cámara a Voluntad Popular, el partido de Leopoldo López, el dirigente opositor encarcelado tras la ola de protestas antigubernamentales de 2013. Guaidó, que había sido uno de los más destacados activistas juveniles en un partido del que es miembro desde su fundación, fue el encargado de asumir la presidencia de la cámara. Militante de Voluntad Popular, fue ascendiendo después de la condena de López y la salida del país de otros dirigentes opositores de alto perfil. Con poco más de una semana en el cargo, su nombre copaba los comentarios en las redes sociales venezolanas y se convirtió en el líder sobrevenido de una oposición que pasaba por uno de sus momentos de mayor debilidad hasta hacía solo unos días.
La "Usurpación" y la Juramentación de Nicolás Maduro
Fue a partir del 10 de enero de 2019 cuando los acontecimientos se precipitaron. Nicolás Maduro juró ese día su cargo como presidente para un segundo mandato presidencial. Pero la oposición, que no quiso participar en las elecciones de mayo, no reconoce a Maduro como legítimo presidente de Venezuela. Tampoco Estados Unidos, la Unión Europea o el Grupo de Lima, que reúne a la mayoría de países latinoamericanos y a Canadá. El hecho fue calificado como la instalación de un evento de facto, pues se originó en elecciones consideradas fraudulentas.
El constitucionalista Ruben Ortíz Córdova remarcó que Maduro salió elegido en un fraudulento proceso electoral, realizado el pasado 20 de mayo, el cual fue convocado por una Asamblea Nacional Constituyente controlada por el régimen y no por un organismo electoral, como ordena la Constitución. «Ese acto no solo lo convierte en un presidente ilegítimo: hace las elecciones desconocidas universalmente», dijo Ortíz. Según varios expertos, el periodo constitucional del gobierno de Maduro feneció el 10 de enero, día en que asumen los presidentes electos de acuerdo al artículo 231 de la Constitución venezolana.
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De la misma opinión es el abogado José Vicente Haro, quien afirmó: «El periodo constitucional del gobierno de Maduro terminó el 9 de enero del 2019 a la medianoche. El 10 de enero debió juramentar en Venezuela un presidente legítimamente electo, es decir, electo en elecciones auténticas, libres, universales y transparentes».
El Sustento Constitucional: Artículo 233
Frente a esta situación de ilegitimidad, la oposición venezolana y Juan Guaidó apelaron al artículo 233 de la Constitución como el principal sustento legal para la asunción de una presidencia encargada. Al día siguiente de la juramentación de Maduro, Guaidó se dirigía micrófono en mano a los asistentes a una concentración de protesta convocada en Caracas apelando a la fórmula del cabildo abierto, un mecanismo de participación popular recogido en la Constitución. Allí denunció a Maduro como un "usurpador" y llamó al Ejército, al pueblo de Venezuela y a la comunidad internacional a secundar los esfuerzos de la Asamblea para sacarlo del poder.
Convocó a los venezolanos a sumarse a una gran marcha nacional este 23 de enero, una fecha de gran valor simbólico en el país por tratarse del día en que en el año 1958 cayó el gobierno del general Marcos Pérez Jiménez. Durante su discurso del 11 de enero, Guaidó hizo una declaración cuyo significado exacto se debatió: "Tenemos, apegándonos a la Constitución, apegándonos al elemento del 233, 350 y 333 asumir claro las competencias de la encargaduría de una Presidencia de la República porque lo dice nuestra Constitución", dijo.
Interpretación del Artículo 233
Periodistas y usuarios de redes sociales interpretaron que Guaidó ya se había declarado entonces de hecho presidente en funciones del país, ya que la Constitución venezolana establece que, de producirse la falta del presidente, corresponde al titular de la Asamblea Nacional asumir de manera interina el poder ejecutivo y convocar nuevas elecciones. Una interpretación que reafirmó un comunicado posterior de la Asamblea Nacional en la que se afirmaba que Guaidó "asumió las funciones de la presidencia de la República".
«Ante la ausencia de un presidente designado legítimamente por el pueblo venezolano, este señor Juan Guaidó, quien sí fue elegido de manera legítima, debe encargarse de la presidencia pues el periodo constitucional de gobierno de Nicolás Maduro feneció el 10 de enero», dijo Ortíz. El constitucionalista Ruben Ortíz Córdova considera que lo hecho por Guiadó se ajusta a derecho, pues el artículo 233 de la Constitución establece que, ante la falta absoluta de un presidente electo, el presidente de la Asamblea Nacional toma posesión del cargo y convoca a nuevas elecciones en un plazo de 30 días.
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El abogado José Vicente Haro coincide en que la legitimidad del gobierno de Guaidó reside en el artículo 233 de la Constitución. Este, según el experto, es claro al señalar que si un presidente electo no puede juramentar para iniciar su mandato, la presidencia debe encargarse al presidente de la Asamblea Nacional hasta que se designe a un nuevo mandatario que culmine el periodo constitucional de gobierno de seis años.
Texto del Artículo 233 de la Constitución venezolana:
"Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes."
La Autoproclamación del 23 de Enero
En una masiva manifestación en Caracas, Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional, juró el 23 de enero de 2019 como sucesor temporal de Nicolás Maduro en la presidencia de Venezuela. La autoproclamación de Guaidó ha sido considerada como un punto de inflexión en los continuos enfrentamientos entre opositores y fieles al régimen bolivariano. Los primeros señalan que Guaidó es el legítimo presidente interino de su país ante la ausencia de un mandatario electo en elecciones justas y conforme a la Constitución. La formalidad es que el presidente encargado juramente al cargo ante la Asamblea Nacional, "pero la dinámica política que está viviendo Venezuela hace que lo haga ante la ciudadanía, que es, a fin de cuentas, la representación de la asamblea", explicó Ortíz Córdova.
Reconocimiento Internacional y Posiciones Contrapuestas
La declaración de Guaidó recibió un amplio respaldo internacional. No tuvo dudas el secretario general de la Organización de Estados Americanos, Luis Almagro, que mostró todo su apoyo al que calificó como "presidente interino" de Venezuela. El secretario general de la OEA, Luis Almagro, también pidió que se usara el mecanismo del artículo 233: “el camino a la Democracia debe ser democratización a través del art.”. Trump reveló su decisión en un comunicado, minutos después de que Guaidó anunciara que asume las competencias del Ejecutivo venezolano para luchar contra la "usurpación" de la Presidencia por parte de Maduro. «En su papel como la única rama legítima de Gobierno debidamente elegida por el pueblo venezolano, la Asamblea Nacional invocó la Constitución del país para declarar ilegítimo a Nicolás Maduro y, por tanto, la oficina del presidente vacante», agregó.
Alrededor de casi 60 países expresaron su reconocimiento a Guaidó como presidente encargado de la república, mientras que otros manifestaron su respaldo a la Asamblea Nacional como «único poder legítimo en Venezuela».
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| Reconocimiento a Juan Guaidó (Presidente Encargado) | Reconocimiento a Nicolás Maduro (Presidente) |
|---|---|
| Bolivia | Nicaragua |
| Brasil | Rusia |
| Canadá | China |
| Chile | Irán |
| Colombia | Turquía |
| Costa Rica | |
| Ecuador | |
| España | |
| Francia | |
| Guatemala | |
| Perú | |
| Paraguay | |
| Reino Unido | |
| Parlamento Europeo | |
| Secretario de la OEA (Luis Almagro) |
En paralelo, países como Nicaragua, Rusia, China, Irán y Turquía no lo reconocieron y mantuvieron su apoyo al gobierno de Nicolás Maduro.
Voces Disidentes
Sin embargo, no todos los constitucionalistas comparten la misma interpretación. El abogado constitucionalista Pedro Afonso Del Pino, por su parte, resume lo ocurrido en su país como una crisis de gobernabilidad y que la autoproclamación del líder opositor Guaidó no le dará una solución al corto plazo a la crisis política, pero que sí servirá como un mecanismo de presión para el régimen. De acuerdo a Del Pino, el artículo 233 no es aplicable en las actuales circunstancias, pues no hay una falta absoluta del presidente como sostienen sus colegas. «Si uno analiza lo que viene ocurriendo en Venezuela en este momento no es por una falta absoluta del presidente. Lo que hay es una elección presidencial que no ha sido reconocida por una parte importante del país y de la comunidad internacional», dijo. Además, enfatizó: «Por más impopular que sea el régimen de Maduro, este aún sigue en el poder».
La abogada constitucionalista Olga Álvarez dijo en una entrevista que no “existe la figura de vacío de poder en la Constitución porque tienes los mecanismos suficientes para que no haya problemas de gobernabilidad. A través del artículo 233 determinas cuáles son las causas para declarar la falta absoluta del presidente como renuncia, muerte”. A su vez, Claudio Fermín, exjefe de campaña del excandidato presidencial Henri Falcón, dijo a Vladimir Villegas que las elecciones del 20 de mayo de 2018 no pueden ser desconocidas.
