Descubre los Mejores Beneficios Fiscales para Empresas y Cómo Aprovechar Deducciones y Estímulos para Impulsar Obras Socialespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

Hay muchos aspectos relevantes a considerar al administrar un negocio, pero quizá ninguno tan importante como una buena gestión financiera y el pago de impuestos. Pensando en ello preparamos esta pequeña guía que le ayudará a conocer qué impuestos debe de pagar su negocio, qué beneficios fiscales existen y qué gastos de su operación puede deducir.

Empresas, Regímenes Fiscales y Pago de Impuestos

Las empresas pueden constituirse en distintos tipos de sociedades de acuerdo a lo indicado en la Ley General de Sociedades Mercantiles y la Ley del Mercado de Valores (en el caso de las empresas que deseen ser emisoras de deuda o capital en el mercado mexicano).

Pero, independientemente del tipo de sociedad elegido, todas las empresas son consideradas como personas morales, como lo estipula el Artículo 25 del Código Civil Federal.

Las personas morales son un grupo de personas físicas que se asocian para la realización de un fin en común y son reconocidas como entidades independientes de sus socios.

Si bien, existen varios impuestos aplicables, dependiendo de las actividades del negocio, los principales impuestos que deben pagar las personas morales en México son tres:

Lea también: Sociedad de Producción Rural: Guía completa

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): Impuesto directo que se aplica sobre los ingresos de las empresas que trabajan en México.
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Impuesto indirecto que se aplica por adquirir bienes y servicios. Puede variar, dependiendo del caso.
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Es el impuesto que se paga por producir, vender o importar gasolinas, bebidas alcohólicas, bebidas saborizadas, tabaco o alimentos con alto contenido calórico.

Es importante recalcar que, antes de realizar el pago de estos (y otros) impuestos, se deben calcular las deducciones y los estímulos fiscales que sean aplicables. Los gobiernos instrumentan el beneficio fiscal o las exenciones fiscales a través de distintos mecanismos. Son aquellas operaciones en las que, aún produciendo el hecho imponible que grava el impuesto, quedan exentas por disposición legal. Son sistemas tributarios diferenciados para ciertos sectores o actividades económicas. Los beneficios fiscales son un recurso tributario muy utilizado por los gobiernos como estrategia política, y es que, es la principal estrategia con la que cuentan para elaborar su plan económico. También son utilizadas para fomentar sectores claves de la economía, tales como la eficiencia energética o la sostenibilidad.

Deducciones Fiscales Generales para Empresas

Las deducciones se refieren a reducir el monto total de impuestos que se deben de pagar, debido a gastos que reducen el total del ingreso. De acuerdo con el artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, son deducibles:

  • Devoluciones, descuentos y bonificaciones del ejercicio, así como los gastos de las mismas.
  • Costo de venta.
  • Créditos incobrables y pérdidas fortuitas.
  • Cuotas de seguridad social y aportaciones a fondos de jubilación.
  • Intereses devengados a cargo durante el ejercicio.
  • Ajuste anual por inflación.
  • Anticipos y rendimientos que paguen sociedades cooperativas, asociaciones y sociedades civiles.
  • Donaciones a instituciones autorizadas, por no más del 7% de las utilidades del ciclo anterior.

Para que una deducción fiscal pueda llevarse a cabo, el gasto necesita cumplir ciertos requisitos:

  • Estar registrado adecuadamente en su contabilidad y ser restado una sola vez.
  • Estar respaldado por una factura con CFDI, en conformidad con la legislación vigente y que los pagos mayores a $2,000 se realicen mediante transferencia electrónica.
  • Cumplir con las demás disposiciones fiscales contempladas en la ley.
  • Ser un gasto indispensable para el negocio. Por ejemplo, guantes de latex y gazas para un consultorio médico, o una computadora para una agencia de marketing digital.

Beneficios Fiscales Específicos para la Previsión Social e Inclusión

Adicionalmente a las deducciones generales, el gobierno de México cuenta con varios estímulos fiscales que pueden reducir el monto de impuestos a pagar, especialmente aquellos orientados a la previsión social y la inclusión laboral, que se alinean con el concepto de obras sociales.

Previsión Social y Seguros para Negocios

Se le llama previsión social a los gastos realizados en beneficio de los trabajadores y de sus familiares o beneficiarios, que tengan por objeto elevar su nivel de vida económico, social, cultural e integral. Conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta sólo pueden deducirse los gastos estrictamente indispensables para los fines de la actividad económica que se desarrolle.

Lea también: Ventajas Sistema Contable

Los seguros para negocios, además de ofrecer protección, representan una excelente oportunidad para aprovechar los beneficios fiscales que ofrece la ley en materia de impuestos.

Las indemnizaciones pagadas por los seguros de vida están exentas de impuesto, siempre y cuando el contratante sea el empleador y los beneficiarios designados sean el cónyuge, concubina o concubino y/o sus ascendientes o descendientes en línea recta (padres, hijos o hijos adoptivos del asegurado).

Los seguros de vida individual representan una excelente oportunidad para aprovechar los incentivos fiscales que ofrece la ley en materia de impuestos. Al momento de realizar un retiro parcial o total, se realiza la retención del impuesto a la tasa del 20% sobre el interés real. Esta operación aplica cuando asegurado y contratante son la misma persona.

Dependiendo del producto de ahorro que se contrate, el tratamiento fiscal de las aportaciones adicionales/primas excedentes se aplica de la siguiente manera: Las aportaciones adicionales constituyen un fondo de administración que genera intereses. En caso de disposición del fondo, no se realiza otra retención adicional a la ya mencionada. Las primas excedentes forman parte de la reserva del seguro.

Estímulos por Contratación de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad

La inclusión laboral de personas con discapacidad es un objetivo primordial en el desarrollo social y económico de México. En este sentido, los estados han implementado diversas estrategias para fomentar esta inclusión, siendo una de las principales el otorgamiento de estímulos fiscales a las empresas que contratan a este grupo de la población.

Lea también: Leasing: Ahorro en Impuestos Colombianos

En México, los incentivos fiscales para la contratación de personas con discapacidad se contemplan en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esta legislación establece que todos los patrones que contraten a personas con alguna discapacidad tendrán la posibilidad de realizar deducciones adicionales.

Se otorgará un estímulo fiscal a quienes empleen personas con alguna discapacidad motriz, auditiva, de lenguaje, visual o mental, así como a quienes empleen personas adultas mayores (65 años o más). El estímulo será equivalente al 25% del salario pagado efectivamente a dichas personas.

El artículo 34 de la Ley del ISR menciona que se permite una deducción del 100% para adaptaciones hechas a las instalaciones que impliquen mejoras en favor de las personas con discapacidad. Esta disposición es crucial, ya que asegura que las empresas no solo puedan fomentar la inclusión a través de la contratación, sino también adaptar sus espacios de manera que sean accesibles.

En cuanto a los estímulos fiscales para empleadores, el artículo 186 de la misma ley establece que las empresas cuya plantilla incluya a personas con discapacidad pueden deducir 25% del salario efectivamente pagado a estos empleados. Esta deducción aplica siempre que se cuente con un certificado de discapacidad emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Adicionalmente, en la Ciudad de México, el Código Fiscal establece que no se causará el Impuesto sobre Nóminas por las erogaciones hechas a personas contratadas con discapacidad.

La Ley Aduanera también juega un papel importante al exentar del pago de impuestos al comercio exterior a vehículos adaptados o especiales importados por personas con discapacidad.

Estos incentivos fiscales y normativos son fundamentales para fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad en México. Al ofrecer beneficios tanto a las empresas como a los trabajadores, se promueve una cultura de inclusión que no solo beneficia a los individuos, sino también al entorno laboral en su conjunto.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Una de las novedades que trajo consigo el paquete económico 2022, es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este nuevo régimen fiscal busca brindar más liquidez y reducir la carga administrativa de los negocios, al usar la información de las facturas para calcular los impuestos a pagar de manera automática.

A diferencia de otros regímenes, donde se deben pagar los impuestos al generar la factura, en el RESICO solo son pagaderos los impuestos, una vez que el cobro de la factura ha ocurrido.

Adicionalmente las tasas a las que se pueden deducir las compras de maquinaria y equipo, así como otras inversiones, son mayores, lo que garantiza que se paguen menos impuestos. Puede ver la lista completa de tasas deducibles en el artículo 209 de la Ley del ISR.

En el caso de las personas morales que opten por este régimen, deberán residir en México y:

  • Estar constituidas por personas físicas cuyos ingresos del ejercicio anterior no excedan los 35 millones de pesos.
  • Si es una empresa de nueva creación, estar constituidas solo por personas físicas al momento de su creación y que se estime que los ingresos no superarán dicha cantidad.

Otros Estímulos Contemplados en la Ley del ISR

La Ley del ISR, en su Título VII, establece otros estímulos fiscales que las empresas pueden aprovechar para fomentar diversas actividades económicas y sociales:

  • Incentivos a la Inversión Inmobiliaria: Existen estímulos fiscales a los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de bienes inmuebles destinados al arrendamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 188 de la Ley del ISR. De igual manera, los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios, pueden deducir el costo de adquisición de los terrenos, en el ejercicio en que se adquirieron, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 191 de la Ley del ISR.
  • Incentivos a la Industria de las Artes: Se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que en el ejercicio fiscal actual aporten proyectos de inversión de producción cinematográfica nacional, distribución de películas nacionales, producciones teatrales nacionales, edición y publicación de obras literarias nacionales, artes visuales, danza, música en el campo de dirección de orquestación, ejecución instrumental y vocal de música de concierto y jazz. El estímulo consiste en un crédito contra el ISR del ejercicio fiscal actual, siempre y cuando no exceda el 10% del ISR del ejercicio fiscal anterior. Si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.
  • Incentivos a la Inversión al Capital de Riesgos: Se da un tratamiento especial a las personas que inviertan en acciones emitidas por sociedades mexicanas que residan en el país y que no estén listadas en la bolsa al momento de la inversión, así como para quienes otorguen préstamos a estas sociedades mediante los fideicomisos, de acuerdo a lo indicado en los artículos 192 y 193 de la Ley del ISR.
  • Incentivos a la Investigación y Desarrollo: La Ley del ISR contempla en su título IX estímulos fiscales a la investigación y desarrollo. Dicho estímulo consiste en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones que se realizaron, durante el ejercicio, en investigación y desarrollo de tecnología, siempre y cuando se hayan efectuado en territorio nacional. Adicionalmente si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.
  • Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento: Los contribuyentes que realicen aportaciones a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas, así como a programas diseñados para el desarrollo, entrenamiento y competencia de atletas mexicanos, podrán aplicar un crédito fiscal, siempre y cuando no exceda un 10% del ISR del ejercicio anterior.
  • Incentivos para Equipos de Alimentación para Vehículos Eléctricos: Se otorga un estímulo fiscal equivalente al 30% del monto de las inversiones que se realicen, en el ejercicio actual, en equipos de alimentación para vehículos eléctricos, siempre que se encuentren conectados y fijos en un espacio público. Si el crédito aplicado es mayor al ISR que se tenga a cargo durante el ejercicio, el estímulo se puede acreditar durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.

tags: #beneficios #fiscales #empresas #obras #sociales