El artículo 93, fracción IV, de la Ley del ISR establece que no se pagará el impuesto por los ingresos obtenidos por concepto de jubilaciones, pensiones y haberes de retiro, siempre que su monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Un elemento indispensable para calcular correctamente las exenciones del ISR es el valor de la unidad de referencia que se utiliza como base para determinar límites de ingresos exentos. Estos límites se expresan en unidades que cambian cada año. En caso contrario, solo la parte excedente estará sujeta al impuesto.
Interpretación del límite de exención y criterios judiciales
A partir de la desindexación del salario mínimo, la autoridad fiscal ha adoptado el criterio de utilizar la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia para efectos de cuantificar este límite. No obstante, dicho criterio no se encuentra expresamente previsto en la redacción del artículo 93, fracción IV, de la Ley del ISR.
Mediante tesis aislada publicada el 27 de febrero de 2026 en el Semanario Judicial de la Federación, un Tribunal Colegiado estableció que:
- El límite de exención debe interpretarse de la manera más favorable para el contribuyente.
- La base del impuesto debe determinarse conforme a los elementos previstos en la Ley.
- No puede modificarse mediante disposiciones distintas, como el decreto de desindexación del salario mínimo.
En ese sentido, el criterio judicial sostiene que el cálculo puede realizarse considerando el salario mínimo, cuando ello resulte más favorable para las personas pensionadas o jubiladas. Esta norma debe interpretarse de la manera más favorable a las personas adultas mayores pensionadas o jubiladas para que puedan tener una vejez digna, en cumplimiento a la Constitución General, a los tratados y convenios internacionales de los que México es Parte.
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Consideraciones para el contribuyente
La declaración anual del ISR, que debe presentarse en abril del año siguiente al que corresponden los ingresos, es un momento clave para verificar que se hayan aplicado correctamente las exenciones. En la determinación del impuesto sobre la renta que deba pagarse por los citados ingresos, se considerará el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente si esto beneficia al pensionado, en cumplimiento al principio de legalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Para mayor claridad sobre los elementos que componen la normativa, se presenta el siguiente resumen basado en la Ley del ISR:
Resumen de la exención en pensiones
| Concepto | Límite de exención |
| Jubilaciones y pensiones | 15 veces el salario mínimo diario (o UMA) |
| Excedente | Sujeto a tasa de ISR vigente |
| Base legal | Artículo 93, fracción IV LISR |
Como viste, existen ingresos que la ley considera exentos del ISR, pero es importante conocer los límites y requisitos que marca la LISR para evitar errores en tus declaraciones. Es vital que los contribuyentes revisen el monto permitido según la ley y el criterio judicial aplicable para asegurar un cumplimiento contable responsable.
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