Descubre Cómo Calcular el ISR sobre Sueldos y Salarios con un Ejemplo Fácil y Detalladopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. Este artículo tiene como objetivo ayudarte a comprender de forma clara cómo se calcula el ISR, cuál es la tabla vigente, ejemplos reales y los errores más comunes que debes evitar. El ISR es un impuesto federal que deben pagar tanto personas físicas como morales por los ingresos que obtienen.

¿Qué es el ISR?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) grava la utilidad o ganancia obtenida por la realización de una actividad. Es decir, en un sentido muy amplio se le llama renta al ingreso que recibe un empleado (persona física) y a la diferencia de ingresos y deducciones autorizadas para una empresa (persona moral). En trabajadores, se retiene mensualmente.

¿Cómo Funciona el ISR?

Todo ingreso ganado genera una renta, la cual afecta directamente el bolsillo del trabajador. En el caso del patrón, éste tiene la obligación de recolectar el impuesto de los trabajadores y enviarlo al SAT. Este impuesto se basa en el principio de capacidad contributiva, es decir, quienes ganan más deben pagar un porcentaje más alto y quienes ganan menos pagan un porcentaje más bajo. Las empresas actúan como agentes retenedores, calculando y descontando el impuesto correspondiente antes de pagar el salario neto al colaborador.

¿Cómo se Aplica el ISR?

Para las personas físicas, el ISR se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado. Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.

Cálculo del ISR

Para obtener el ISR que deberá retenerse a los trabajadores, se deberá seguir la mecánica que se menciona a continuación:

Lea también: ISR Personas Morales en México: Guía Detallada

  1. Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR.
  2. Determinación del subsidio para el empleo.
  3. Determinación del ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar.

Ahora bien, para obtener el ISR que deberá retenerse a los trabajadores, se deberá seguir la mecánica que se menciona a continuación:

Se considera el importe Gravable Total de la Nómina, el cálculo es como sigue:

  1. Se ubica el monto total dentro del rango correspondiente en la tabla.
  2. Se resta el monto total menos el límite inferior.
  3. Al resultado, se aplica el porcentaje correspondiente.
  4. Al resultado, se suma la cuota fija correspondiente.

A continuación, se presenta la fórmula básica para el cálculo del ISR:

  1. Ingresos obtenidos en el mes por salarios (gravados)
  2. (-) Impuesto local a los ingresos por salarios que, en su caso, haya retenido el empleador en el mes siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%
  3. (=) Base gravable
  4. (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR
  5. (=) Excedente del límite inferior
  6. (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior
  7. (=) Impuesto marginal
  8. (+) Cuota fija
  9. (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR

Determinación del subsidio para el empleo:

  1. Base gravable
  2. (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013
  3. (=) Subsidio para el empleo

Determinación del ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar:

Lea también: Cálculo del ISR: Guía paso a paso

  1. Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR
  2. (-) Subsidio para el empleo
  3. (=) ISR por retener o subsidio para el empleo por entregar

Es importante destacar que en los casos en que el impuesto a cargo del contribuyente que se obtenga de la aplicación de la tarifa del artículo 96 de la LISR sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido de conformidad con la tabla correspondiente, el retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga.

El retenedor podrá acreditar contra el ISR a su cargo o del retenido a terceros las cantidades que entregue a los contribuyentes en los términos anteriores.

Los ingresos que perciban los contribuyentes derivados del subsidio para el empleo no serán acumula-bles ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.

Ejemplo de Cálculo del ISR

A continuación, se presenta un caso práctico para ilustrar el cálculo del ISR:

Planteamiento:

Lea también: Análisis del IETU Anual

Se desea determinar el ISR por retener a un trabajador en febrero de 2015.

Nota: Para este caso práctico se utilizaron la tarifa del artículo 96 de la LISR y la tabla del subsidio para el empleo, vigentes en 2015, mismas que pueden consultarse en el Anexo I de esta obra.

Datos:

  • Ingresos obtenidos en febrero de 2015 $15,000.00
  • Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador $0.00

Desarrollo:

1o. Determinación del impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR.

  • Ingresos obtenidos en febrero de 2015 $15,000.00
  • (-) Impuesto local a los ingresos por salarios retenido por el empleador 0.00
  • (=) Base gravable 15,000.00
  • (-) Límite inferior de la tarifa del artículo 96 de la LISR 10,298.36
  • (=) Excedente del límite inferior 4,701.64
  • (x) Tasa por aplicarse sobre el excedente del límite inferior 21.36%
  • (=) Impuesto marginal 1,004.27
  • (+) Cuota fija 1,090.61
  • (=) Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR $2,094.88

2o. Determinación del subsidio para el empleo.

  • Base gravable $15,000.00
  • (÷) Aplicación de la tabla del artículo 1.12 del Decreto del 26/XII/2013 1
  • (=) Subsidio para el empleo $0.00

3o. Determinación del ISR por retener en febrero de 2015.

  • Impuesto según la tarifa del artículo 96 de la LISR $2,094.88
  • (-) Subsidio para el empleo 0.00
  • (=) ISR por retener en febrero de 2015 $2,094.88

Opciones Adicionales para la Retención del ISR

Existen diversas opciones para la retención del ISR en situaciones específicas:

  • a) Opción de retener el ISR a destajistas: Los empleadores que paguen en función de la cantidad de trabajo realizado pueden optar por un procedimiento específico detallado en el artículo 144 de la LISR.
  • b) Opción de retener el ISR cuando se efectúan pagos semanales, decenales o quincenales: En estos casos, se puede aplicar la tarifa del artículo 96 de la LISR calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda (Art. 145, LISR).
  • c) Otra opción de retener el ISR a trabajadores según el RISR: Esta opción permite determinar el monto total de las cantidades que se pagarán al trabajador en el año y aplicar el procedimiento del artículo 96 de la LISR (Art. 147, RISR).
  • d) Cálculo de la retención del ISR cuando el trabajador obtiene percepciones correspondientes a varios meses: Se aplica un procedimiento especial cuando el trabajador recibe en un solo pago percepciones gravables correspondientes a varios meses (Art. 148, RISR).
  • e) Opción de efectuar retenciones del ISR en periodos comprendidos en dos meses de calendario: Los empleadores pueden aplicar la tarifa vigente al inicio del periodo, realizando un ajuste posterior (Art. 149, RISR).

Conforme al artículo 99, fracción I, de la LISR, quienes hagan pagos por salarios tendrán la obligación de efectuar la retención del impuesto por dichos ingresos.

Ejemplo adicional:

1. Sueldo: $25,000 mensual

En la tabla:

2. $25,000 - $24,222.32 = $777.68

3. $777.68 X 23.52% = $182.910336

4. Se suma la cuota fija correspondiente.

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