Descubre Cómo Calcular el ISR para Servicios Dentales y Optimiza tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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De conformidad con la Constitución, todos los mexicanos tienen la obligación de asistir al gasto público a través del pago de impuestos, de forma proporcional y equitativa a los ingresos de cada individuo según su actividad profesional. El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es uno de los impuestos más relevantes en México porque representa una gran parte de los ingresos del Gobierno. Es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México.

Es de vital importancia que los odontólogos conozcan las obligaciones fiscales que tienen por su actividad profesional. Los odontólogos tienen una actividad profesional muy específica que los obliga a cumplir puntualmente con sus obligaciones fiscales, como el registro ante el Servicio de Atención Tributaria (SAT), expedición de recibos de honorarios, declaraciones y deducciones fiscales.

Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales

En el régimen de honorarios (servicios profesionales independientes), para los efectos de ISR se señala que esta contribución se liquida bajo la aplicación de retenciones del 10% conforme al quinto párrafo del artículo 106 de la ley de la materia. Estas retenciones obran como anticipos para con la determinación del impuesto a cargo del ejercicio. El ISR se cubre finalmente en base a una determinación progresiva o mediante una tabla.

El Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales solicita el pago del ISR de la siguiente manera:

  • Ingresos - Egresos = Utilidad.
  • De esa utilidad se cobra el porcentaje que pagan los odontólogos como impuesto sobre la renta (ISR), según el resultado y las tablas del SAT.

Por tanto, que los odontólogos soliciten facturas o recibos de honorarios, según sea el caso, por los instrumentales y materiales dentales que compren, por el pago de cursos o diplomados que realicen, o por los salarios pagados a sus empleados, les puede ser de mucha ayuda para disminuir el pago del impuesto.

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Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Es decisión del dentista optar por el Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales o por el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). En el RESICO, el régimen simplificado consiste en pagar una cuota fija, mensual y anual, que oscila entre el 1% y el 2.5% del ingreso, según la cantidad, pero sin deducciones.

La mecánica de cálculo en RESICO es la siguiente:

  • Ingresos = Base del impuesto.
  • De los ingresos mensuales se cobra una tasa fija.
  • Ojo: aquí no se aplican deducciones de gastos.
  • El ingreso anual no debe rebasar los 3.5 millones de pesos.

Recomendaciones para el cumplimiento fiscal

Indudablemente estamos en una época de fiscalización importante en México, por lo que es crucial conocer las opciones para contribuir de manera adecuada. Aquí es significativo consultar a un experto para evaluar el régimen que es mejor para cada uno. No hay que olvidar que las sanciones que puede imponer la autoridad tributaria por evasión fiscal pueden tener consecuencias devastadoras.

Para evitar contratiempos con los pagos de impuestos, se sugieren las siguientes recomendaciones:

  1. Dentro de tus posibilidades procura que todos los gastos sean cubiertos por algún medio electrónico (tarjeta de crédito, débito o transferencia electrónica).
  2. Evita el uso de efectivo, pues el SAT no es muy amigo de esa forma de pago, además de que gastos mayores a $2,000 más IVA no serán deducibles si son pagados por ese medio.
  3. Si efectúas gastos por deducciones personales, siempre solicita el Uso del CFDI de acuerdo con el gasto efectuado.
  4. A los pacientes que acuden a consulta dental les es conveniente solicitar un recibo de honorarios al odontólogo para usarlo dentro de sus deducciones personales.

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