Descubre Todo Sobre las Obligaciones Fiscales de las Personas Físicas en el Capítulo VIIIpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Qué es una Persona Física y Quiénes Están Obligadas?

Para comprender el marco fiscal en México, es fundamental entender la definición y las responsabilidades de una persona física. Toda persona física tiene derecho a registrarse con su nombre en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) desde el momento en que inicia un negocio, empieza con una actividad profesional o firma un contrato de relación de trabajo. Para darse de alta en el RFC como persona física, es posible hacer el trámite en línea a través del Portal del SAT o físicamente en las oficinas del SAT.

De acuerdo con el Artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, están obligadas al pago del impuesto establecido en este Título, las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, devengado cuando en los términos de este Título señale, en crédito, en servicios en los casos que señale esta Ley, o de cualquier otro tipo.

Obligaciones en Operaciones con Partes Relacionadas

Un aspecto vital para los contribuyentes personas físicas es la correcta determinación de ingresos y deducciones, especialmente en operaciones con partes relacionadas. Los contribuyentes de este Título que celebren operaciones con partes relacionadas, están obligados, para los efectos de esta Ley, a determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando, para esas operaciones, los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.

En el caso contrario, las autoridades fiscales podrán determinar los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas de los contribuyentes, mediante la determinación del precio o monto de la contraprestación en operaciones celebradas entre partes relacionadas, considerando, para esas operaciones, los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, mediante la aplicación de los métodos previstos en el artículo 216 de esta Ley, ya sea que éstas sean con personas morales, residentes en el país o en el extranjero, personas físicas y establecimientos permanentes en el país de residentes en el extranjero, así como en el caso de las actividades realizadas a través de fideicomisos.

Presunción de Ingresos y Discrepancia Fiscal

El Artículo 91 establece los criterios bajo los cuales ciertas erogaciones pueden ser consideradas ingresos. Para los efectos de este artículo también se consideran erogaciones los gastos, las adquisiciones de bienes y los depósitos en cuentas bancarias o en inversiones financieras. Las erogaciones referidas en el párrafo anterior se presumirán ingresos, cuando se trate de personas físicas que no estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien, que estándolo, no presenten las declaraciones a las que están obligadas, o que aun presentándolas, declaren ingresos menores a las erogaciones referidas.

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Cuando el contribuyente obtenga ingresos de los previstos en este Título y no los declare se aplicará este precepto como si hubiera presentado la declaración sin ingresos. Ante una situación de discrepancia, el contribuyente, en un plazo de quince días, informará por escrito a las autoridades fiscales las razones que tuviera para inconformarse o el origen que explique la discrepancia y ofrecerá las pruebas que estimare convenientes, las que acompañará a su escrito o rendirá a más tardar dentro de los veinte días siguientes.

Normativa para Apoyos Económicos en Actividades Empresariales

Existen regulaciones específicas para los apoyos económicos destinados a actividades empresariales. Para efectos del párrafo anterior, en el caso de que los recursos que reciban los contribuyentes se destinen al apoyo de actividades empresariales, los programas correspondientes deberán contar con un padrón de beneficiarios; los recursos se deberán distribuir a través de transferencia electrónica de fondos a nombre de los beneficiarios quienes, a su vez, deberán cumplir con las obligaciones que se hayan establecido en las reglas de operación de los citados programas y deberán contar con la opinión favorable por parte de la autoridad competente respecto del cumplimiento de obligaciones fiscales, cuando estén obligados a solicitarla en los términos de las disposiciones fiscales.

Es crucial tener en cuenta que los gastos o erogaciones que se realicen con los apoyos económicos a que se refiere este párrafo, que no se consideren ingresos, no serán deducibles para efectos de este impuesto.

Derechos y Obligaciones del Contribuyente Persona Física

Además de las normativas específicas, los contribuyentes personas físicas tienen derechos y obligaciones generales que deben conocer y cumplir. Tienes derecho a recibir orientación gratuita del SAT para entender mejor tus derechos y obligaciones.

Entre las principales obligaciones se encuentran:

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  • Debes presentar declaraciones mensuales o anuales, dependiendo del régimen fiscal en el que estés inscrito.
  • Quienes tienen una empresa, actividad empresarial o están bajo ciertos regímenes deben llevar contabilidad formal.

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