¡Descubre Todo Sobre la Carta de Sueldos y Salarios SAT! Formato y Obligaciones Clave que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Hasta el 15 febrero del año 2017, los patrones en México tenían la obligación de presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM), en esta declaración se informaba, entre otros datos, los sueldos y salarios pagados a sus trabajadores durante todo el ejercicio, identificando la parte gravada y exenta. Al día de hoy, la Constancia de Sueldos y Salarios no es una opción, es una obligación.

“Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo (DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO), en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII (VII.- Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido; VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios;), y 804 (el cual menciona de las pruebas documentales), primer párrafo, fracciones II y IV (II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios; IV.

Según el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, se establece que todo escrito libre o promoción dirigida a las autoridades fiscales, debe presentarse por medio de un documento digital integrando la firma electrónica avanzada.

Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

CFDI de Nómina

El CFDI de retenciones e información de pagos, se emitirán mediante el documento electrónico incluido en el Anexo 20. Asimismo, el CFDI de retención podrá emitirse de manera anualizada en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquél en que se realizó la retención o pago. En los casos en donde se emita un CFDI por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo como el CFDI de las retenciones efectuadas.

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Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML.

Obligaciones Fiscales y el SAT

El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están, de no ser así, se le exigirá que realice el pago por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo.

Para saber a qué régimen fiscal perteneces, debes ingresar a la página del SAT y ubicar la opción “Trámites”. Nuevamente se abrirá otra pantalla en donde debes iniciar sesión con datos personales como tu RFC y contraseña del portal de contribuyentes. Una vez que las tengas, debes ingresar al portal oficial del SAT e ir al apartado de trámites, debes tener a la mano el RFC, la contraseña que se utiliza para poder consultar movimientos, al igual necesitarás tu e.firma. Debes enviar tu trámite al SAT.

Es importante mencionar, que si decides realizar el trámite por tu cuenta debes avisar a tu jefe.

Viáticos y su Tratamiento

Pensemos en aquellas personas que, por la actividad misma del negocio, reciben viáticos, ¿cómo le demuestro a la autoridad y al mismo trabajador, que no son parte de su salario? En la práctica, nos hemos encontrado que algunos patrones, no logran identificar qué corresponde a este rubro, se enfocan en sacar adelante la operación, que al final de cuentas, es la que nos permite obtener los recursos para que el negocio exista.

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