¿Deseas solicitar la baja de concubina(rio) por fallecimiento o término de concubinato ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)? Este trámite es esencial para mantener actualizada la información de tus beneficiarios y asegurar el correcto funcionamiento de tus derechos y obligaciones ante la institución.
Base Legal y Motivos para la Baja
De conformidad con el artículo 67, tercer párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización -RACERF-, el asegurado tiene la obligación de comunicar al Seguro Social los cambios en su estado civil, así como solicitar el registro de sus beneficiarios o dar de baja a aquellos que ya no tienen la calidad de derechohabientes debido a un divorcio; al cumplir la mayoría de edad o por no seguir estudiando o cuando se suscite su fallecimiento.
En este contexto, la baja de una concubina(rio) se solicita específicamente por su fallecimiento o por el término del concubinato.
Esta obligación se respalda en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico.
Documentación Necesaria
Para llevar a cabo la baja de concubina(rio), es indispensable presentar la siguiente documentación:
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- Identificación oficial vigente.
- Documento donde conste el Número de Seguridad Social (NSS).
- Copia certificada del Acta de Defunción o escrito libre donde se detalle el término del concubinato.
Se entiende por Identificación Oficial alguna de las siguientes: Credencial para votar, Pasaporte vigente, Cartilla del Servicio Militar, Cédula profesional, Matrícula consular, Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad de ciudadanos extranjeros, Forma migratoria FM2 o FM3, ADIMSS.
Opciones para Realizar el Trámite
El procedimiento para dar de baja a una concubina(rio) ante el IMSS puede realizarse de dos maneras, adaptándose a tus preferencias y disponibilidad:
Vía Internet (Escritorio Virtual)
Este trámite se puede realizar vía Internet ingresando al Escritorio Virtual del IMSS. Para ello, se debe tener registrada una cuenta en el portal, la cual se obtiene proporcionando la Clave Única de Registro de Población -CURP- y empleando la e.firma respectiva.
Presencial (Unidad de Medicina Familiar - UMF)
También se puede efectuar dicha gestión en la Unidad de Medicina Familiar -UMF- de adscripción del trabajador, en el área de Control de Prestaciones, en un horario de 8:00 a 14:00 horas. Es recomendable acudir con toda la documentación completa para agilizar el proceso.
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