La letra de cambio es un título mercantil que representa un mandato de pago. Se trata de un instrumento con fuerza legal que recoge el importe de una deuda o una factura pendiente de cobro. Funcionan como un instrumento de giro que produce un intercambio de valores para liquidar una transacción. Se caracterizan porque detallan una fecha y un lugar para hacer efectivo el pago. Además, son instrumentos que te permiten obtener financiación para tu empresa y ganar liquidez ya que se pueden trasmitir en forma de cesión de crédito.
Partes y Aceptación en la Letra de Cambio
En el contexto de una letra de cambio, el Librador es el que redacta y firma el documento generando la orden de pago. La aceptación por parte del librado o deudor es la que produce las garantías legales. Se permite una aceptación parcial de la deuda consignada pero cualquier otra modificación en la conformidad equivale a una desaprobación. La aceptación de la letra, con la fecha y firma del librado, es la que aporta las garantías legales.
Requisitos Formales y Emisión
Para la correcta emisión de una letra de cambio, la primera recomendación es emitirla en papel oficial timbrado, que se puede adquirir en un estanco. El papel timbrado incorpora todos los apartados necesarios para cumplimentar el impreso. Lo que exige la ley es que, cuando se presente al cobro a su vencimiento, esté correctamente cubierta con todos los datos y firmas obligatorias. Debe incluir una orden pura y simple de pago, así como el importe exacto a pagar, en número y letra, correspondiente a una moneda con cotización oficial. Si hay diferencia en las cantidades prevalecerá la escrita en letra. Es fundamental que contenga la fecha de vencimiento.
Tipos de Vencimiento
Una letra de cambio puede establecerse con diferentes tipos de vencimiento:
- A fecha fija.
- A plazo contado desde la fecha (por ejemplo: “tres meses desde la fecha”).
- A la vista. Con esta expresión sería pagadera a su presentación.
- A plazo contado desde la vista (“a tres meses vista”).
Los plazos establecidos en meses se computarán de fecha a fecha.
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El Endoso de la Letra de Cambio
Una de las características principales de las letras de cambio es que son títulos endosables. Al endosar una letra de cambio se genera una nueva orden de pago en el reverso del giro: “páguese a: …”. Este endoso debe ser total, puro y simple. Se formaliza en el reverso del impreso o en un suplemento si no hubiera sitio. Será endoso en blanco el que no designe endosatario y se realice con la sola firma del endosante al dorso del impreso. La cláusula “no a la orden”, o expresión equivalente, prohíbe nuevos endosos cortando la cadena. Aun así, el beneficiario nunca pierde la opción de negociar una cesión ordinaria de crédito. Si recibes la letra por endoso comprueba que todo esté en orden.
Presentación al Cobro y Consecuencias del Impago
Una letra de cambio debe presentarse al cobro el día de su vencimiento o en uno de los dos días hábiles siguientes. No podrías rechazar un pago parcial pero sí puedes exigir que se haga constar el importe abonado y solicitar un recibo. Si el deudor paga la cantidad estipulada al vencimiento quedará liberado, salvo por dolo o mala fe. Sin embargo, la letra mantiene su vigencia si el pago no se realiza. En ese caso, se puede acudir a la vía legal ejecutando la acción cambiaria. El notario levantará acta y avisará al librado de la falta de pago en los dos días hábiles siguientes. El protesto no se realiza solo por falta de pago.
Acciones Legales por Impago
Para facilitar la acción judicial por impago, la puedes ejercer mediante juicio ejecutivo o proceso monitorio.
Prescripción y Caducidad de las Acciones Cambiarias
Además de considerar su validez, el título también puede caducar. La caducidad (art. 787 del Código de Comercio) solo afectaría a la acción cambiaria por vía de regreso, no a la directa.
Las acciones cambiarias contra el aceptante prescriben a los tres años, contados desde la fecha del vencimiento.
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Las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el librador prescribirán al año, contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente, realizados en tiempo hábil, o de la fecha del vencimiento en las letras con cláusulas sin gastos.
Robo, Pérdida o Destrucción de una Letra de Cambio: Vía Legal
Es importante guardar una copia del título. Serviría como prueba ante un juez en caso de extravío, sustracción o destrucción del original. Quien ha sufrido la pérdida, hurto, deterioro o destrucción del título valor deberá presentar por escrito una solicitud de cancelación y reposición a su emisor, es decir, a quien se encuentra obligado a pagar el título valor, acompañado de las constancias, pruebas, y si es el caso, devolviendo el titulo deteriorado o parcialmente destruido.
El interesado en cancelar y pedir la reposición debe publicar un aviso en un diario de circulación nacional informando sobre la perdida, hurto, destrucción total o parcial del título valor, incluyendo los datos necesarios para identificar el título y la dirección donde se recibirán notificaciones de existir oposiciones.
Si se presenta oposición de terceros o si el emisor a cancelar y reponer el título valor por cualquier causa, se deberá presentar demanda ante el juez competente.
Demanda Judicial para Cancelación o Reposición
Para obtener la cancelación o reposición de una letra de cambio, es necesario presentar una demanda ante el juez civil del lugar de residencia de la persona que debe pagar la obligación contenida en el título valor.
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Requisitos de la Demanda
Los requisitos generales de la demanda incluyen:
- Designación del juez a quien se dirige.
- Nombre y domicilio de las partes y sus representantes.
- Las pretensiones o solicitudes de la demanda.
- La narración de los hechos que sirven de fundamento para hacer la solicitud.
- La normativa que respalda la demanda.
- La determinación del valor o cuantía de la demanda.
- Dirección de notificaciones.
Si lo que se quiere obtener es la reposición del título valor por deterioro, la demanda además deberá contener la solicitud especial de reposición anexando el título valor deteriorado. Si se quiere obtener la cancelación del título por hurto es también es necesario anexar la denuncia o certificado de perdida de documento, y el juez ordenará la expedición de uno nuevo al demandado, es decir, a la persona que se encuentra obligada.
Consideraciones Legales Adicionales
El lugar donde acudir para este tipo de trámites es el Juzgado Civil. El trámite no tiene costo directo, pero la necesidad de un abogado dependerá del valor de la letra de cambio. Sí, cuando el valor de la letra de cambio, cheque o pagaré supera los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes se necesita un abogado. Si el valor es menor, podrá presentar la demanda sin abogado.
Si se incluye la firma de algún avalista, este solo responde si la letra ha sido aceptada. Solo podrías ejercer acciones contra el avalista si la letra no se paga al vencimiento y levantas protesto por falta de pago si así se requiere. Al usar letras como garantía de pago hay que entender todas las implicaciones, obligaciones y derechos.
Utilidad de la Letra de Cambio en la Financiación
La letra de cambio también es valiosa como herramienta de financiación. Se realiza mediante un descuento de efectos comerciales. Es una fórmula de financiación valiosa para los autónomos y pymes porque proporciona liquidez inmediata. La compañía financiera asume el impago y la reclamación, aunque el cedente asume las consecuencias. Ya sabes que asegurar la liquidez del negocio es fundamental para sobrevivir. Al reconocer la fecha exacta de cobro o pago según sea el caso, se puede hacer una mejor previsión de las entradas y salidas de efectivo. Adelantar el cobro de efectos comerciales es una práctica habitual entre las empresas porque muchos clientes pagan más allá del plazo legal de 60 días.
