Descubre Cómo Usar la Clave de Plantilla y Método de Pago en CONTPAQi Fácil y Rápidopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El pasado 3 de junio, el SAT publicó en su portal el Catálogo Método de Pago, referido en la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (RMF), donde los contribuyentes debemos comenzar a utilizar a partir del 15 de julio de este mismo año. En el entorno fiscal mexicano, el cumplimiento de las normativas del SAT es esencial para evitar sanciones, deducir impuestos correctamente y mantener relaciones sanas con los clientes.

Diferencia entre Atributos de Pago

Es importante mencionar la diferencia entre los dos atributos: Atributo formaDePago, en el cual debes capturar datos como "En una sola exhibición" o "Parcialidades". El otro atributo fundamental es el Método de Pago. Al momento de realizar la captura manual del método de pago en tus comprobantes fiscales digitales, es recomendable que utilices el número de la clave que corresponda y NO el concepto.

Captura del Método de Pago en CONTPAQi

CONTPAQi ofrece diferentes vías para la captura del método de pago, asegurando la adaptabilidad a diversos flujos de trabajo.

En Documentos Generales

  1. Ingresa al documento y captura los datos como normalmente lo haces.
  2. Ve a la pestaña 3.Información Adicional y localiza el campo Método.
  3. Borra el texto "No identificado" que aparece por omisión.
  4. Captura la clave del método de pago que corresponda.

En la Caja del Punto de Venta

  1. Ingresa a la Caja del Punto de venta y realiza el documento de venta como normalmente lo haces.
  2. Presiona la tecla <Escape> y del menú de opciones selecciona Facturar Nota de venta.
  3. Selecciona los datos del cliente.
  4. Ve al campo Método de pago y Borra el texto "No identificado", que aparece por omisión.
  5. Captura la clave del método de pago que corresponda.

En Información Adicional de Documentos (Anexo 20)

  1. Ingresa al documento y captura los datos como normalmente lo haces.
  2. Haz clic en el botón 1 para capturar la Información Adicional.
  3. Ve a la pestaña Anexo 20. Referencia y Observaciones y localiza el campo Método de pago.
  4. Borra el texto "No identificado" que aparece por omisión.
  5. Captura la clave del método de pago que corresponda.

Actualizaciones de CONTPAQi Factura Electrónica a la Versión 4.0 del Anexo 20

A partir de la versión 9.3.0 de CONTPAQI Factura Electrónica podrás emitir CFDIs con la versión 4.0 vigente a partir del 1 de Enero de 2022. Durante el periodo de convivencia que comprende del 01 de enero de 2022 al 30 de abril de 2022, se tendrán las dos versiones disponibles del Anexo 20: 3.3 y 4.0.

Por omisión, la versión del Anexo 20 que se mostrará al crear empresas nuevas, será la versión mayor. La versión 3.3 del Anexo 20, se mostrará hasta el fin de su vigencia (01/abril/2022). La versión 4.0 del Anexo 20, se mostrará a partir de su vigencia (01/enero/2022). En caso de varias versiones vigentes se deben de mostrar de la mayor a la menor.

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Configuración de la Empresa: Nombre y Régimen Fiscal del Emisor

A partir de esta versión, el Nombre Fiscal del Emisor cambia de opcional a Requerido, es decir, se vuelve un dato obligatorio, mismo que se utilizará para enviar en los XML al momento de realizar proceso de timbrado. En la versión 4.0 del Anexo 20 requiere que el nombre del Emisor debe corresponder con el nombre del titular del Certificado de Sello Digital del emisor.

El nombre debe ser registrado tal cual se encuentra en la Cédula de Identificación Fiscal, es decir, con mayúsculas, minúsculas y símbolos, de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación). Se considerará la exactitud del dato "Nombre" de la denominación o razón social del contribuyente emisor al generar los comprobantes para cumplir con la regla de validación.

Asimismo, el Régimen Fiscal del emisor, se vuelve un dato obligatorio en base a la versión 4.0 del Anexo 20. El Régimen Fiscal es un dato requerido para incorporar la clave del régimen del contribuyente emisor al que aplicará el efecto fiscal de este comprobante. Con esto podremos conocer que tipo de impuestos y retenciones que aplican de acuerdo con cada régimen fiscal y si los comprobantes son deducibles.

Si tu empresa corresponde al régimen fiscal Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), podrás asignarlo desde el catálogo de empresas. Cuando se tenga el RFC "XAXX010101000" o "XEXX010101000" se deberá capturar el Régimen Fiscal "616" (sin obligaciones fiscales).

Uso de CFDI y Domicilio Fiscal del Receptor

A partir de esta versión, el Uso de CFDI del receptor, se vuelve un dato obligatorio en base a la versión 4.0 del Anexo 20.

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El valor que se registre en este atributo debe aplicar para el tipo de persona del receptor, es decir, si el RFC tiene longitud de 12 posiciones, debe ser de persona moral y si tiene longitud de 13 posiciones debe ser de persona física y el valor registrado en el atributo RegimenFiscalR, debe corresponder a un valor de la columna Régimen Fiscal Receptor del catálogo c_UsoCFDI. Al actualizar el catálogo c_UsoCFDI se incorpore una columna para el Régimen Fiscal Receptor, esto nos da la posibilidad de conocer si un comprobante es o no deducible de acuerdo al tipo de persona física o moral.

También, el Código Postal de la dirección fiscal del cliente se vuelve un dato obligatorio para el timbrado de sobre-recibos en base a la versión 4.0 del Anexo 20. No se podrán guardar cambios en la información del cliente, si no se ha capturado el Código Postal.

Configuración de Conceptos y Documentos

A partir de esta versión, desde la configuración de los Conceptos, se agrega la opción para poder elegir la versión 4.0 del Anexo 20. Al seleccionar la versión 4.0 del Anexo 20 del SAT se deben de habilitar / deshabilitar los mismos campos que en versión 3.3: Certificado, Plantilla, Complementos: Carta porte / donatarias, Régimen fiscal, Forma de Pago. Podrás cambiar la versión del Anexo 20 aun cuando el concepto ya tenga documento relacionados.

En la captura de documentos CFDI en la pestaña 5 Información Adicional sección Anexo 20 se mostrará la versión que corresponda al concepto.

Reglas para Forma de Pago y Método de Pago en CFDI 4.0

Si el valor registrado en el atributo 'TipoDeComprobante' es T, N o P, el atributo Forma de Pago no debe de existir; en caso contrario, este atributo debe existir y contener una clave vigente del catálogo c_FormaPago. El valor de este atributo debe ser '99' cuando el atributo MetodoPago contenga el valor 'PPD'.

Lea también: Uso de la clave C62 del SAT

Si el valor registrado en el atributo 'TipoDeComprobante' es T o P, el atributo Método de Pago no debe de existir; en caso contrario, este atributo debe existir y contener una clave vigente del catálogo c_MetodoPago.

En los documentos de CFDI versión igual o mayor a 4.0 permitirá capturar el Régimen Fiscal en la pestaña 5 Información Adicional sección Anexo 20, por omisión, se tomará el Régimen Fiscal del catálogo de clientes. Al copiar un documento se conservará Régimen fiscal asignado previamente. El Uso de CFDI será acorde al régimen fiscal del documento.

CFDIs Relacionados

A partir de esta versión, los CFDI con versión igual o mayor a 4.0 del Anexo 20 permitirán asociar más de un tipo de relación y 'n' CFDI por cada tipo de relación. En documentos CFDI versión 4.0 del Anexo 20 se permitirá N tipos de relaciones y N folios relacionados por cada tipo de relación.

El Complemento de Pago en CONTPAQi

El complemento de pago es un tipo de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) que se utiliza cuando un cliente paga una factura en fecha distinta a la de su emisión.

A continuación, algunos casos donde el complemento de pago es necesario:

  • Caso 1: Una pyme emite una factura por $20,000. Su cliente paga en dos partes ($10,000 cada mes).
  • Caso 2: Una empresa de consultoría recibe un depósito 15 días después de emitir su factura.

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