Descubre Todo Sobre Vehículos y la Agencia Tributaria: Guía Esencial que No Puedes Ignorarpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La gestión de los impuestos relacionados con los vehículos es un aspecto fundamental para cualquier propietario. La Agencia Tributaria (ATC) establece normativas y procesos específicos que es crucial conocer para cumplir con las obligaciones fiscales. En esta guía, abordaremos aspectos esenciales sobre la titularidad, las obligaciones de pago, el padrón de vehículos, los plazos y los métodos para realizar trámites y pagos.

Quién es el responsable del pago del impuesto

La persona que consta como titular del vehículo es, de acuerdo con la Ley, quien debe pagar el impuesto. Es importante tener en cuenta diversas situaciones que pueden afectar esta responsabilidad.

Adquisición de vehículos usados

En el caso de adquisición de vehículos usados, está obligado a pagar el impuesto quien sea titular el último día del ejercicio.

Venta de un vehículo sin cambio de titularidad

Por tanto, si el comprador no ha efectuado el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico (DGT) será el vendedor quien deberá responder del impuesto. El contrato entre particulares (ya sea de compraventa o de cesión de la posesión del vehículo) no surtirá efectos ante la Administración mientras no se formalice el cambio de titulares del vehículo.

Fallecimiento del titular del vehículo

¿Qué ocurre si el titular murió? El pago del impuesto corresponde a los herederos.

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  • Si el titular del vehículo murió: Después del 31 de diciembre del ejercicio, el importe del impuesto es una deuda del causante que deben pagar los herederos.
  • Antes del 31 de diciembre del ejercicio y la liquidación figura a su nombre, se debe pedir la anulación de la liquidación y que se dicte una nueva a nombre del heredero que se adjudica el vehículo.
  • Hay que acceder al padrón con el NIF del causante y la matrícula del vehículo y, durante el plazo previsto en el padrón provisional, realizar una solicitud de modificación alegando el motivo de “Error en la titularidad del vehículo” y a continuación seleccionar “Fallecimiento del causante”. No debe presentarse ningún documento justificativo.

El Padrón de Vehículos: Consulta y Modificaciones

El padrón de vehículos es el registro oficial que contiene la información relevante para la gestión de los impuestos. El importe que corresponde a cada vehículo se publica en la lista de vehículos que puede consultarse en esta sede electrónica.

Vehículos no incluidos y propuestas de liquidación

¿Por qué he recibido una notificación de un vehículo que no figura en el padrón de vehículos? Por este motivo, se notifica, en primer lugar, una propuesta de liquidación que abre un plazo de alegaciones. No tributan los vehículos no incluidos en el padrón definitivo del ejercicio.

Modificaciones y alegaciones

Durante la exposición del padrón provisional, hasta el 8 de junio de 2026, las personas interesadas pueden presentar solicitudes de modificación de los datos de la lista de vehículos provisional (alegaciones). Si en la lista provisional el vehículo no figura con esta exención, se puede presentar una solicitud de modificación (alegación) durante el plazo establecido (véase el calendario del ejercicio). La estimación o no de la solicitud se reflejará en la lista definitiva.

Vehículos bonificados o exentos

Existen ciertas categorías de vehículos que pueden disfrutar de bonificaciones o exenciones en el pago del impuesto.

  • Las furgonetas con emisiones de CO2 inferiores a 160 g/km.
  • Vehículo clásico.
  • Vehículo histórico.

En el padrón provisional, consultable a partir del 1 de mayo, los vehículos clásicos y los históricos aparecen con el distintivo de la bonificación siempre que tengan reconocida esta condición antes de la finalización del ejercicio (31 de diciembre). Si el cambio se ha realizado en el año 2026, este vehículo no está bonificado para el ejercicio 2025.

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Los vehículos adaptados están clasificados con el criterio de utilización 01 en el Registro general de vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT). Puede comprobar cuál es la clasificación del vehículo en la ficha técnica, apartado Clasificación (CL), donde figura un número de cuatro cifras: las dos primeras hacen referencia al tipo de vehículo y las dos segundas al criterio de utilización.

Modalidades y plazos de pago del impuesto

Es fundamental conocer los plazos y métodos disponibles para el pago del impuesto sobre emisiones de CO2 de los vehículos, entre otros.

Plazos y fechas clave

A continuación, se detallan algunos plazos importantes relacionados con la gestión de impuestos de vehículos:

  • El plazo voluntario de pago finaliza el día 20 de noviembre de 2025.
  • Para el ejercicio 2025 la fecha límite de domiciliación del pago finaliza el día 15 de julio de 2026.
  • El pago del ejercicio 2025 se podrá realizar a partir de la publicación de la lista definitiva de vehículos (padrón definitiu), el 1 de septiembre de 2026, a través de la lista de vehículos.
  • El padrón provisional es consultable a partir del 1 de mayo.
  • Durante la exposición del padrón provisional, hasta el 8 de junio de 2026, las personas interesadas pueden presentar solicitudes de modificación de los datos de la lista de vehículos provisional (alegaciones).
  • Una vez publicado el padrón definitivo, el día 1 de septiembre.
  • El plazo para realizar el trámite termina el 20 de diciembre de 2026 para los vehículos que ya figuraban en el padrón del ejercicio anterior.
  • Para los vehículos de nueva incorporación el plazo es de un mes a contar desde la fecha de la notificación de la liquidación y alta en el padrón.

Métodos de pago

El pago puede realizarse por internet, presencialmente o por teléfono.

  • Para Ejercicio 2024 y anteriores: Cuando se dispone de la carta de pago, a través del 012, con atención automatizada (pago con targeta bancaria). Hay que facilitar la referencia e identificación que figuran en la carta de pago para poder identificar la deuda.
  • También puede contactar a través de L’ATC us truca: 93 551 51 51.
  • Si no ha recibido la carta de pago y debe pagar, puede solicitar cita para realizar el pago en cualquier oficina de la ATC. Véase Cita para trámites del impuesto sobre emisiones de CO2 de los vehículos (pago con tarjeta bancaria o Bizum).
  • Se puede domiciliar el pago de ejercicios futuros a través de la lista de vehículos.

Deuda por falta de pago: Providencia de Apremio

Si no se realiza el pago, la ATC enviarà a los deudores una notificación con la reclamación de la deuda (providencia de apremio) con el recargo del 10 %. ¿Has recibido la notificación de una providencia de apremio? Si no pagaste el impuesto correspondiente a tu vehículo dentro del plazo voluntario de ingreso, la notificación de la providencia de apremio que has recibido incorpora el recargo pertinente. También a partir de los datos contenidos en la carta de pagoadjunta a la notificación recibida, a través de internet, por teléfono o presencialmente.

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Recursos y reclamaciones

Ante cualquier discrepancia con los datos o liquidaciones, existen vías para presentar recursos y reclamaciones.

Presentación de recursos y reclamaciones

Una vez publicado el padrón definitivo, el día 1 de septiembre, las personas interesadas pueden presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa contra los datos que consideren erróneos. El plazo para realizar el trámite termina el 20 de diciembre de 2026 para los vehículos que ya figuraban en el padrón del ejercicio anterior, y para los vehículos de nueva incorporación el plazo es de un mes a contar desde la fecha de la notificación de la liquidación y alta en el padrón.

Consulta del resultado de un recurso

¿Cómo puedo saber el resultado de un recurso que presenté? La resolución de un recurso se notificará individualmente con el resultado estimatorio o desestimatorio. La devolución se realizará en la cuenta que se informó cuando presentaste el recurso.

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