Descubre la Clave de la Constitución del Capital Contable para el Éxito Empresarialpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El capital contable representa la inversión de los socios o accionistas de una entidad y, por lo general, se conforma con las aportaciones, más las utilidades retenidas, menos pérdidas acumuladas, más otro tipo de superávit en su caso.

La NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros, menciona que el capital contable es el valor residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Surge por aportaciones de los propietarios -el capital social-, por transacciones y otros eventos.

Desde el punto de vista legal, el capital contable representa para los propietarios de una entidad lucrativa su derecho sobre los activos netos y se ejerce mediante su reembolso o el decreto de dividendos.

De acuerdo con su origen, el capital contable se clasifica en capital contribuido y en capital ganado.

Componentes del Capital Contable

Por lo tanto, las partes del capital contable son:

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  • El monto de las aportaciones al capital social.
  • Las utilidades de operación retenidas por la persona moral, susceptibles de ser distribuidas por acuerdo de la Asamblea General de Accionistas.
  • Las ganancias patrimoniales registradas por la persona moral.

Capital Contribuido vs. Capital Ganado

El capital contable está constituido por el capital contribuido y el capital ganado o déficit. El primero lo forman las aportaciones de los dueños y las donaciones recibidas por la entidad, así como también el ajuste a dichas partidas por la repercusión de los cambios.

El capital ganado corresponde al resultado de las actividades operativas de la entidad y de otros eventos o circunstancias que la afecten.

Las reservas de capital se crean mediante una asignación de utilidades acumuladas para un fin específico. En caso de que los propietarios absorban pérdidas de la entidad, entregando efectivo o bienes, o asumiendo pasivos, los importes correspondientes deben considerarse como una reducción de las pérdidas acumuladas. En caso de que así lo hicieran, pero no tendrían la obligación. No se pudiera ir en contra del patrimonio personal de los socios.

Capital Social y Aportaciones

El capital social representa solo una parte de la inversión de los accionistas y se forma por las aportaciones, en efectivo o en bienes a la persona moral, que pueden producirse al constituirse la sociedad o al decretarse aumentos de capital por la Asamblea General de Accionistas, por admisión de nuevos socios o por nuevas aportaciones de los existentes.

La naturaleza de las aportaciones son dos:

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  • En efectivo o en bienes
  • Por reinversión de utilidades a favor de socios retenidas en la sociedad (capitalización de utilidades)

Importancia Fiscal de las Aportaciones

En materia fiscal, la naturaleza de las aportaciones adquiere una importancia singular dentro del mecanismo del régimen fiscal de dividendos, por lo que deben quedar plenamente identificadas por las siguientes razones:

  1. Las aportaciones en efectivo y en bienes, porque es la inversión que debe permanecer intacta, libre de gravámenes, para garantizar su recuperación íntegra por los accionistas.
  2. Las utilidades reinvertidas, que ya hubieran causado ISR en la sociedad, porque también deben quedar libres de gravámenes y recuperarse íntegramente por los inversionistas.
  3. Las utilidades reinvertidas, que por no haber causado ISR en la empresa, deben gravarse cuando se recuperen por los inversionistas, por disminución de capital o liquidación de la sociedad.

Actualización del Capital Aportado

Las aportaciones de los socios aparecen registradas en contabilidad, en pesos nominales de las diferentes fechas en que fueron hechas.

Sin embargo, se deben actualizar esas aportaciones por lo menos en la fecha de cierre de cada ejercicio social de la persona moral o en el momento en que por cualquier causa un socio retire su inversión, porque será la parte alícuota de ese valor actualizado.

La Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada el 4 de agosto de 1934 cuya última reforma fue en 2018, indica en el Art. 87 que la “Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones”. Hay un capítulo dedicado a la liquidación de sociedades, para lo cual primero se tienen que disolver. Una de las causas de disolución es la perdida de dos terceras partes de su capital social.

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