Descubre Cómo Generar Complementos de Pago SAT Fácil y Rápido - Guía Paso a Pasopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Complemento de pago SAT, también conocido como Recibo Electrónico de Pago (REP SAT), es un documento esencial en la facturación electrónica en México. En este artículo te explicamos qué es un complemento de pago, cómo se realiza, y lo que debes considerar para cumplir con tus obligaciones fiscales.

¿Qué es un Complemento de Pago?

El Complemento de pago es un documento que se emite cada vez que se recibe un pago parcial o diferido (PPD) y debe estar relacionado con una factura. Este documento facilita la conciliación de las facturas contra los pagos y evita la cancelación de facturas ya pagadas. Además, qué es el complemento de pago se explica como una herramienta fundamental para el control fiscal de tu empresa.

¿Qué es un REP?

El Recibo Electrónico de Pago (REP SAT) es otra forma de llamar al Complemento de pago. Este documento es obligatorio en ciertos casos para asegurar que el pago ha sido realizado correctamente y se ha registrado en el Sistema de facturación electrónica del SAT.

¿Cuándo se emite un Complemento de Pago?

El Complemento de pago se debe incorporar a la factura:

  • Cuando tu cliente pague el bien o servicio en partes. (Pago en parcialidades)
  • Cuando se realice el pago del bien o servicio en una sola exhibición, pero el monto no es cubierto al momento de que la factura fue emitida. (Pago diferido)

¿Cómo hacer un Complemento de Pago?

El procedimiento para realizar un Complemento de pago en el SAT es el siguiente:

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  1. Pago en parcialidades:
    • Emitir un CFDI de ingreso por el valor total de la operación en el momento en que se realice.
    • Posteriormente, emitir un CFDI por cada uno de los pagos recibidos.
  2. Pago diferido:
    • Emitir el CFDI para reflejar el pago que liquide el importe de la operación.

Complemento de Pago 2.0

¿Cuándo es obligatorio el complemento de pago SAT con la versión 2.0?

La versión 2.0 es obligatoria a partir del 1 de enero del 2023 y la 1.0 dejará de tener validez. Los principales cambios son:

  • Se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Se agrega un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
  • Se identifican los pagos a cuenta de terceros.

¿Cuáles son los principales cambios en el complemento de pago 2.0?

Los cambios más relevantes incluyen:

  • La identificación de si los pagos amparados por el comprobante son objeto de impuestos.
  • La inclusión de un resumen de los importes totales de los pagos en moneda nacional y los impuestos trasladados.
  • La introducción de la opción para identificar pagos a cuenta de terceros.

¿Qué sectores deben utilizar el complemento de pago 2.0?

El complemento de pago 2.0 debe ser utilizado por todos los contribuyentes que realicen operaciones bajo la modalidad de pago en parcialidades o diferido. Sectores como comercio, servicios, manufactura e incluso profesionistas independientes que acepten pagos diferidos deben implementarlo.

¿Qué sucede si no se incluye el complemento de pago 2.0?

Si no se emite el complemento de pago 2.0 cuando es obligatorio, el SAT puede considerar que la factura no ha sido pagada y aplicar sanciones fiscales. Además, puede generar problemas de deducibilidad para el receptor del CFDI.

¿Cuándo se debe generar el complemento de pago 2.0?

Debe generarse a más tardar el décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago correspondiente.

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Fundamento Legal del Complemento de Pago

El fundamento legal del complemento de pago en México se encuentra en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y en diversas disposiciones fiscales que regulan la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones.

  • Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
  • Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
  • Regla 2.7.1.35: La RMF en esta regla específica establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.

Dudas Frecuentes

Si aún tienes dudas, te presentamos estos puntos a considerar sobre el Complemento de recepción de pago o Recibo electrónico de pago.

¿Se puede cancelar un complemento de pago de una factura?

Es posible cancelar complemento de pago siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.

¿Puedo hacer un complemento de pago de meses anteriores?

El plazo para emitir un Complemento de recepción de pagos es a más tardar al décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago.

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¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de imponer sanciones a los contribuyentes por cada comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que emitan sin incluir los complementos de pago requeridos por la legislación vigente.

No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal.

Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA.

¿Cuándo se está obligado a emitir un complemento de pago?

Se está obligado a emitir un complemento de pago cuando el pago de una factura se realiza de manera diferida o en parcialidades. Es decir, si en el CFDI original se indicó "Pago en Parcialidades o Diferido" (PPD) en lugar de "Pago en una sola exhibición" (PUE).

Guía Paso a Paso para Generar un Complemento para Recepción de Pagos

Te indicamos los pasos para realizar tu CFDI con complemento para recepción de pagos:

  1. CFDI para la aplicación del complemento recepción de pagos.

    Recuerda que para realizar la aplicación del complemento de recepción de pagos se debe cumplir con ciertas condiciones, todo esto indicado en la Guía de llenado del complemento para la recepción de pagos.

  2. Generación del complemento para la recepción de pagos.
    1. Recepción de pago: Aquí das de alta la recepción del pago, para ello ingresas desde:

      Menú Clientes - Control de cuentas por cobrar - Recepción de pagos y anticipos.

    2. Dentro de la pestaña pagos deberás indicar: cliente, fecha, documento y concepto de pago que se recibe, documento de pago y monto que se recibe.

      Una vez indicada la información, das clic en Guardar y se mostrará el reporte de emisión de documentos con el pago registrado.

  3. Comprobante del complemento para la recepción de pagos.

    Una vez generada la recepción de pago podrás realizar la generación del complemento para la recepción de pagos, ingresa a:

    Menú Clientes - Comprobantes de pago - Agregar.

    El sistema te mostrará la siguiente ventana, das clic en el ícono Selección del tipo de folio y seleccionas el folio dato de alta.

    Seleccionas al cliente al que se le generará el comprobante de pago e indicas la fecha, en la columna documento de pago das clic en el ícono Ayuda y eliges la recepción de pago.

  4. Después completas la información requerida por el sistema, la cual se identifica con un cuadro naranja.

    Importante: En la sección de impuestos, visualizarás el desglose de los mismos, das doble clic sobre dicho campo y observarás el tipo de impuesto (traslado o retenido), Base, Impuesto (ISR, IVA, IEPS), Tipo factor (Tasa o Cuota) el porcentaje y el importe. Se desglosará este campo de acuerdo con la factura previamente emitida.

    Válidas la información asociada al pago y das clic en el ícono Grabar y se realizará el timbrado de la Recepción de pago.

  5. Validación de la recepción de pago.
    1. Comprobantes fiscales de pago.

      Para validar la emisión de la recepción de pago ingresas a:

      Menú Clientes - Administrador - Comprobantes fiscales de pago.

      El sistema desplegar la ventana la siguiente ventana, donde indicas el filtro:

      Una vez capturada la información das clic en el botón Aceptar .

    2. Después desplegará la ventana en la cual válidas los pagos sin comprobantes y pagos con comprobantes, válida la recepción de pago generada.
  6. Expediente del cliente. Podrás validar la recepción generada ingresando a:

    Menú Clientes - Clientes - seleccionas a tu cliente y das clic en Modificar .

    Te mostrará el expediente del cliente, seleccionas la pestaña de información de saldos y en el campo de estado de cuenta localizas el documento, donde podrás validar la información de la recepción de pago generado.

¡Listo!

El Complemento para Recepción de Pagos (REP) y su importancia

A través del UUID (folio fiscal) de la factura de ingreso emitida previamente, el REP establece una conexión directa e inequívoca. Esto indica claramente qué factura o facturas están siendo liquidadas con ese pago, evitando confusiones y duplicidades.

De acuerdo con el Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA, para que el Impuesto al Valor Agregado que te trasladaron sea acreditable, el pago correspondiente debe estar efectivamente realizado y debidamente documentado. El Recibo Electrónico de Pago es el comprobante que demuestra que una factura emitida con método PPD ha sido efectivamente liquidada. El fundamento legal para la emisión del Complemento para Recepción de Pagos se encuentra principalmente en las reglas 2.7.1.29. y 2.7.1.32.

¿Cuándo debes emitir un Complemento de pago?

Cuando emites una factura (CFDI de Ingreso) con el Método de Pago “PPD” (Pago en Parcialidades o Diferido): Esto sucede si tú y tu cliente acuerdan que el pago se realizará en una fecha posterior a la emisión de la factura, o si te liquidarán el monto en varias exhibiciones. En este caso, por cada pago que recibas posteriormente para saldar esa factura, deberás emitir un complemento de pago.

  • Pagos en parcialidades: El monto total de la operación se divide en dos o más pagos.
  • Pagos diferidos: El monto total de la factura se paga en una sola exhibición, pero en una fecha posterior a la emisión de la factura original.

¿Cuándo no aplica el Complemento de pago?

La factura original se emite con Método de Pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y el pago se recibe en ese mismo instante. Se trata de la facturación de anticipos. Los anticipos tienen un procedimiento de facturación específico (un CFDI de ingreso por el anticipo, luego un CFDI de ingreso por el total de la operación relacionando el anticipo, y un CFDI de egreso para aplicar el anticipo).

Estructura del CFDI de Pago

Este proceso se divide en dos partes: el CFDI “cascarón” de tipo Pago y el Complemento en sí, anidado dentro.

Este es el CFDI principal que contendrá el Complemento de Pago.

  • Moneda (a nivel comprobante): Se registra la clave XXX (“Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda”).
  • UsoCFDI: Este campo debe ser CP01 (“Pagos”).
  • ObjetoImp: 01 (“No objeto de impuesto”).

Datos Clave en el Complemento de Pago

Este es el corazón del Recibo Electrónico de Pago (REP) y se anida dentro del CFDI tipo “P”.

  • FechaPago: La fecha y hora exactas en que recibiste el pago.
  • FormaDePagoP: La clave de la forma en que se recibió el pago, según el catálogo del SAT (ej. 03 para Transferencia Electrónica, 01 para Efectivo).
  • ¡Importante! TipoCambioP: Si la MonedaP es diferente de MXN, aquí va el tipo de cambio de esa moneda a pesos mexicanos a la fecha del pago.
  • Monto: El importe exacto del pago recibido, expresado en la MonedaP.
  • TipoCadPago, CertPago, CadPago, SelloPago: Estos campos son para pagos con SPEI y son opcionales si decides no usar TipoCadPago.
  • IdDocumento: El UUID (folio fiscal de 36 caracteres) de la factura de ingreso original que se está liquidando con este pago.
  • EquivalenciaDR: (Requerido si MonedaDR es diferente de MonedaP) Es el tipo de cambio que convierte la moneda del documento relacionado (MonedaDR) a la moneda del pago (MonedaP). Se calcula como el número de unidades de MonedaDR que equivalen a una unidad de MonedaP. Si ambas monedas son iguales, este valor es 1.
  • NumParcialidad: El número de parcialidad que se está pagando (ej.
  • ImpSaldoAnt: El monto del saldo que tenía la factura antes de aplicar este pago.
  • Nodo ImpuestosDR (Dentro de DoctoRelacionado): Aquí se desglosan los impuestos (IVA, IEPS, tanto trasladados como retenidos si los hubo en la factura original) que corresponden a la porción del ImpPagado de esta factura.
  • Nodo ImpuestosP (Dentro del Pago, después de todos los DoctoRelacionado): Este nodo final resume los impuestos del Pago actual, pero expresados en la MonedaP (la moneda en que se recibió el pago).
  • Moneda del pago recibido (ej. MXN, USD).
  • Monto Importe del pago
  • Tipo Cambio Si el pago es en moneda nacional la correspondiente es 1.

¿Cómo corregir un Complemento de Pago?

Primero, debes generar un nuevo complemento de recepción de Pago. Una vez que esté perfectamente llenado, timbra este nuevo complemento de pago. Con el nuevo complemento corregido y timbrado, debes a solicitar la cancelación del Complemento para Recepción de Pagos que tenía el error. Al solicitar la cancelación, el sistema te pedirá un motivo de cancelación. Además, el sistema te solicitará que ingreses el folio fiscal (UUID) del CFDI que sustituye al cancelado. Es importante que monitorees el estado de tu solicitud.

Consecuencias de No Emitir el Complemento de Pago Correctamente

  • Discrepancias en tus ingresos y contabilidad: Si no documentas los cobros de tus facturas PPD con un Recibo Electrónico de Pago, tus registros contables de ingresos podrían no cuadrar con tus depósitos bancarios o con lo que el SAT espera ver.
  • Imposibilidad de Deducir el Gasto: Este es un punto crítico para la deducibilidad.
  • Imposibilidad de Acreditar el IVA: De manera similar, para que tu cliente pueda acreditar el IVA que le trasladaron en la factura original, es indispensable que el pago esté efectuado y debidamente documentado con el Complemento de Pago.

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