La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es una obligación fiscal que sirve para reportar pagos y retenciones al SAT. La DIM es aquella que realizan ciertos contribuyentes mexicanos, personas físicas o morales, para cumplir con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Un formulario amplio y robusto que se elabora con la ayuda de la automatización, la DIM es un trámite que te permite agrupar varios reportes fiscales en uno solo.
¿Qué información se reporta en la DIM?
En vez de hacer varios envíos, con la DIM puedes declarar al SAT lo siguiente:
- Impuestos retenidos como ISR, IVA o IEPS.
- Pagos realizados a personas físicas o morales en el extranjero.
- Operaciones con partes relacionadas que no viven en México.
- Movimientos hechos por medio de fideicomisos.
Todo esto en un solo archivo. Cumplir con la Declaración DIM no solo te aleja de multas y auditorías, sino que mantiene una contabilidad fiscal transparente y organizada.
Anexos obligatorios en la declaración
Aunque con la llegada de los CFDI muchos anexos se automatizaron, todavía hay otros que siguen vigentes. Los anexos que siguen siendo obligatorios son:
| Anexo | Contenido |
|---|---|
| Anexo 2 | Pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS |
| Anexo 4 | Pagos a residentes en el extranjero |
| Anexo 9 | Operaciones con partes relacionadas en el extranjero |
| Anexo 10 | Operaciones con fideicomisos |
Pasos para realizar el trámite en el software DIMM
Para hacer este trámite, primero es necesario descargar el software “Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos” o DIMM, que está disponible en el sitio web del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Una vez instalado, sigue estos pasos:
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- Abre el software DIMM del SAT e ingresa tus credenciales (RFC, e.firma o contraseña).
- Da clic en el menú Archivo y selecciona Importar para cargar la información solicitada en cada uno de los anexos.
- Captura los datos generales del declarante o importa el archivo XML generado.
- Revisa línea por línea con la herramienta de validación para asegurar que no existan errores.
- Genera el archivo .dec.
Consideraciones sobre la presentación y los plazos
La fecha límite general es el 15 de febrero de cada año para reportar el ejercicio fiscal anterior. Ahora bien, si en tu declaración metes operaciones con partes relacionadas en el extranjero, entonces tienes hasta el 15 de mayo para entregarla.
Tienes dos caminos para el envío:
- Por internet: Si tu archivo tiene menos de 40 mil registros, puedes subirlo directo en el portal del SAT.
- Presencial: Si tienes más de 40 mil registros, te toca ir presencialmente a una oficina del SAT con tu información en USB.
Es importante que tengas en cuenta que, según el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF), no podrás realizar más de tres declaraciones complementarias por ejercicio fiscal. Identifica la causa de rechazo: ingresa al portal del SAT y revisa la notificación que acompaña el rechazo de la declaración. Es muy recomendable validar esto con un especialista fiscal para evitar omisiones, auditorías o multas.
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