Guía Definitiva para Llevar la Contabilidad de una Empresa SAS en Colombia ¡Domina Tus Finanzas Hoy!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el mundo empresarial, cada vez más emprendedores y pequeños empresarios buscan opciones flexibles y ágiles para iniciar y gestionar sus negocios. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un tipo de sociedad mercantil que se ha vuelto popular en los últimos años.

¿Qué es una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)?

La figura Sociedad por acciones simplificada es un nuevo régimen societario con sus siglas “SAS” puede ser unipersonal o tener otros socios. Este tipo de sociedad es conveniente para las personas emprendedoras que inician un negocio.

En países como Francia, Alemania, España, Chile, Brasil y Colombia existe el régimen societario unipersonal desde hace décadas. Las SAS no son una figura exclusiva de México, ya que en otros países como Colombia y Chile se emplea este modelo, con ciertas implicaciones fiscales para el beneficio de los contribuyentes.

Características Esenciales de una SAS

  • La responsabilidad de los accionistas queda limitada hasta el monto de sus aportaciones.
  • Las SAS deben calificar como micro y pequeña empresa, por lo que se toman como referencia sus ingresos anuales de hasta cinco millones de pesos, los cuales se deben actualizar cada año conforme los INPC.
  • No están sujetas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad.
  • Se constituyen a través del sistema electrónico implementado por la Secretaría de Economía (SE).
  • Para su formación solo se requiere de la e.firma de los accionistas y la autorización de la denominación respectiva.
  • Un socio con toma de decisiones en otra sociedad no puede formar una SAS.
  • No tiene un mínimo de capital.
  • Su objeto social es amplio (cualquier actividad comercial lícita).
  • En cualquier momento pueden transformarse en otro régimen societario.
  • Las controversias entre los accionistas, en principio, deberán resolverse a través de mecanismos alternativos como mediación o conciliación.

Constitución de una SAS

Una vez que se tenga autorizada la denominación de la sociedad por la Secretaria de Economía (SE) se procede a constituirla a través del portal “gob.mx”. Tu empresa” en forma gratuita, Se elige alguno de los modelos de estatutos que se encuentran en el portal mediante sistema electrónico de constitución y se firman por el socio y/o socios con la e.firma, posteriormente la SE envía electrónicamente al Registro Público de Comercio. Su inscripción ante Notario o Corredor público es opcional.

En el portal una vez elegidos los estatutos se le da una denominación, objeto social nombre(s), RFC, accionista(s), domicilio y duración, correo electrónico del socio o socios y de la empresa, duración de la sociedad. Puede iniciar con un capital “0” (cero) o en caso de que los socios determinen tener un capital social dentro de los estatutos expresaran la forma y término en que el Accionista(s) se obliguen a suscribir y pagar sus acciones, el número y valor nominal de cada una, posteriormente en el plazo no mayor a un año podrán aportarlo una vez que la sociedad este inscrita en el Registro Público de Comercio, establecerán la forma de pago valor de las acciones que serán del mismo valor para todos los accionistas, nombramiento del Administrador.

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La solicitud del nombre de la empresa tiene que efectuarse por medio de este portal para evitar retrasos o inconvenientes en su inscripción. No se necesita un notario público, porque este es solo un gestor en este aspecto. Esta gestión es interoperable porque se comparte información en tiempo real con otras autoridades, para una mayor certidumbre.

Una vez ingresado al portal debe registrarse, ingresando los siguientes datos personales: nombre primer apellido segundo apellido correo electrónico contraseña confirmación de la contraseña pregunta para recuperar contraseña, y respuesta

El interesado en conformar una SAS debe llenar todos los datos requeridos por la aplicación, ya sea para iniciar un nuevo trámite o para participar en la misma, siendo muy fácil y rápida. Como resultado se obtienen: acta constitutiva boleta de inscripción en el Registro Público de Comercio, e inscripción en el RFC.

Todos los socios de estas sociedades deben contar con su e-firma porque no solo se trata de una firma fiscal sino de una de identidad personal, la cual se emplea para realizar todos los esquemas de digitalización con que cuenta la SE. Un punto importante a comentar es que una SAS en cualquier momento puede transformarse en otra sociedad mercantil; sin embargo, una sociedad mercantil independientemente su razón social no puede ser una sociedad simplificada.

Por lo que hace la sociedad civil, se debe considerar que esta si pueden constituirse en una sociedad simplificada sin que exista un impedimento. Para efectos de la administración no existe un consejo de accionistas; todos los accionistas tienen voz y voto, y por contrato social debe nombrarse un representante legal, quien tiene las facultades de administración, sin que sea necesario el otorgamiento de poderes adicionales ante fedatario.

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Estatutos de una SAS

El estatuto de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un documento fundamental que establece las reglas y normas internas bajo las cuales la empresa operará y se regirá. Algunos de los elementos clave que deben incluirse en el estatuto son:

  • Objeto social: Debe especificarse la actividad principal o las actividades que la sociedad realizará.
  • Plazo de duración: Se establece el tiempo de vida de la empresa.
  • Capital social: Se debe indicar el monto total del capital social con el que la empresa se constituirá.

Administrador de una SAS

Un Administrador de una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S) es una figura clave en la estructura de esta entidad legal. Algunas de sus funciones son:

  • La función principal del Administrador es tomar decisiones ejecutivas y operativas para el buen funcionamiento de la S.A.S.
  • El Administrador actúa como el representante legal de la S.A.S.
  • El Administrador tiene la responsabilidad de dirigir las operaciones diarias y tomar decisiones estratégicas para el crecimiento y desarrollo de la empresa.
  • El Administrador debe asegurarse de que la S.A.S cumpla con todas las leyes, regulaciones y obligaciones fiscales vigentes.
  • El Administrador debe rendir cuentas ante los accionistas y responder a sus inquietudes.
  • El Administrador debe actuar con diligencia y lealtad hacia la empresa y sus accionistas.

Algunas empresas pueden tener un solo administrador, mientras que otras pueden contar con un equipo directivo más amplio.

Aspectos Tributarios de las SAS

En Materia tributaria las SAS están reguladas en el Titulo II de la LISR, y se ubican en el Titulo VII “de los estímulos fiscales” capítulo VIII del art. Estas Sociedades mercantiles, acumularan al cobro la totalidad de sus ingresos percibidos en efectivo, bienes y, servicio crédito o cualquier otro nombre que se les designe en el ejercicio. Los pagos provisionales se determinarán y pagarán en forma mensual a más tardar el día 17 del mes inmediato anterior bajo el mismo esquema de las sociedades del Título II aunque también podrán determinar sus pagos mediante coeficiente de utilidad (LISR 14) de tomar esta opción no la podrán variar en el ejercicio.

Dentro de las ventajas que tiene este tipo de sociedades en el aspecto fiscal es tributar en el Título VII “De los estímulos fiscales” en el capítulo VIII de la LISR “De la opción de acumulación de ingresos de personas morales”, en donde resalta la acumulación de los ingresos con base en flujo de efectivo, y en lugar de costo de ventas, se lleva la cuenta de compras. Además se puede utilizar la aplicación del SAT “Mi contabilidad”, que sirve para determinar los pagos provisionales y la posibilidad de quedar eximido de la presentación de la DIOT y de la contabilidad electrónica.

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Si tu S.A.S se inscribió después del 4 de mayo de 2017 en el RFC, se considera que optaste por el esquema de tributación basado en flujo de efectivo. En el caso de que tu S.A.S. Los beneficios fiscales de este esquema para personas físicas, incluyen la acumulación de ingresos y deducciones efectivas para el cálculo del ISR y la exención de presentar la DIOT.

Llevaran su contabilidad como lo marcan las Normas de Información Financiera (NIF) ya que son básicas para generar estados financieros confiables que proporcionen información útil, veraz y oportuna a los lectores para la toma de decisiones en los diferentes grupos de interés.

Ventajas y Desventajas de las SAS

Como hemos visto, las SAS son una opción muy viable para comenzar un negocio, ya que tienen muchas ventajas, entre las que están desde su constitución hasta el otorgamiento de facilidades en materia fiscal.

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Es importante tener en cuenta que si la S.A.S supera el límite de ingresos establecido, deberá transformarse a otro régimen societario.

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