La jubilación en México marca el final de un ciclo laboral, otorgando a las personas el derecho a una pensión. Este derecho, garantizado por la Ley del Seguro Social, busca asegurar una vejez sin presiones laborales y con el sustento económico necesario para cubrir los gastos. Una persona que ha trabajado toda su vida adquiere derechos a través de una pensión, correspondiente a los años laborados. Una vez que se recibe la pensión, es recomendable saber administrarla adecuadamente y tener control de los gastos para hacer rendir el dinero.
Tipos de Pensiones del IMSS
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga diversos tipos de pensiones para proteger a los trabajadores y sus familias.
Pensión por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
La pensión por vejez se otorga a los trabajadores cuyas capacidades o salud han disminuido por la edad. Para poder disfrutar de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, se deben cumplir los requisitos de edad y semanas de cotización establecidos. Según el nuevo régimen de pensiones, el asegurado que reúna los requisitos para obtener su pensión de Vejez podrá disponer de su cuenta individual con el objeto de disfrutar de su pensión. El derecho al disfrute de la pensión de vejez comenzará a partir del día en que el asegurado cumpla todos los requisitos.
No se tendrá derecho a disfrutar de una pensión de vejez cuando el asegurado tenga 65 años y no reúna las 500 semanas, de acuerdo a la Ley del Seguro Social derogada; o 1,250 semanas, de acuerdo con la ley vigente. Si te encuentras dentro de la conservación de derechos, para tener derecho a la pensión de Cesantía en Edad Avanzada requieres tener 500 semanas de cotización, haber quedado privado de un trabajo remunerado, es decir, que haya causado baja del IMSS y haber cumplido 60 años.
Conforme al nuevo régimen de pensiones, se podrá pensionar antes de cumplir los 60 años de edad, siempre y cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada. Una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios, con base en este régimen, no se requiere como requisito indispensable la conservación de derechos. Es posible contratar con la institución de seguros que se elija una renta vitalicia, la cual se obtendrá cuando la aseguradora, a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual, se obliga a pagar periódicamente durante la vida del pensionado.
Lea también: Análisis del Artículo 32 Fracción VIII de la Ley del IVA
Para el caso de que hayas cotizado en términos de la Ley del Seguro Social derogada y te pensiones durante la vigencia de la nueva ley, el Instituto Mexicano del Seguro Social estará obligado, a tu solicitud, a calcular estimativamente el importe de tu pensión para cada uno de los regímenes, para que puedas decidir lo que convenga a tus intereses. Conforme al régimen anterior de pensiones, el monto de la pensión se calcula sobre la base de una cuantía básica, considerando el salario promedio de las últimas 200 semanas de cotización y los incrementos anuales, los cuales se determinan de acuerdo con el número de cotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización.
Pensión por Invalidez
Existe invalidez cuando el asegurado se encuentra imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales. Es pensión definitiva la que corresponde al estado de invalidez que se estima de naturaleza permanente. Se requiere que al declararse la invalidez, el asegurado tenga acreditado el pago de 200 semanas de cotización. Para tener derecho a una pensión por Invalidez, deberás estar dentro de la conservación de derechos, que será equivalente a un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contados a partir de la fecha de tu baja.
Cuando se declare la incapacidad ya sea parcial o total, el Seguro Social le otorgará al trabajador asegurado la pensión que le corresponda, con el carácter de provisional, por un período de adaptación de dos años. Durante ese período, en cualquier momento, el instituto podrá ordenar y, por su parte, el trabajador pensionado tendrá el derecho a solicitar la revisión de la incapacidad que presenta con el fin de modificar la cuantía de la pensión. Ambas leyes manejan la misma situación, salvo que la ley derogada señala que la pensión sólo podrá revisarse una vez al año, o en cualquier momento si existiesen pruebas de un cambio sustancial en las condiciones de la incapacidad.
El trabajador tiene el derecho a continuar, voluntariamente, en el régimen obligatorio en los seguros conjuntos de invalidez y vida, así como en el de retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, siempre y cuando al ser dado de baja o quedarse sin trabajo, cuente con un mínimo de 52 cotizaciones semanales acreditadas en dicho régimen, debiendo quedar inscrito con el último salario o superior al que tenía en el momento de la baja. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación, un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación el derecho a recibir exclusivamente la asistencia médica, maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria.
Pensión por Viudez y Orfandad
Si eres una persona casada o vives en concubinato, y tu pareja está asegurada o es pensionada ante el IMSS, puedes solicitar la pensión de viudez en el momento de su fallecimiento. Pero si la persona asegurada fallece y tiene más de 1 pareja, ninguna podrá recibir este beneficio. Si la persona asegurada fallece y tiene hijas o hijos, el representante legal de los menores de edad de hasta 16 años puede solicitar este tipo de pensión. Cada uno de sus hijos tendrá derecho a recibir pensión de orfandad, siempre y cuando sean menores de 16 años. Después de alcanzar esta edad, se prorrogará la pensión hasta la edad de 25 años, si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional.
Lea también: Beneficios Fiscales ISR
Conforme a la ley vigente, el pensionado deberá contratar un seguro de sobrevivencia para el caso de su fallecimiento, con el cual se otorgue a sus beneficiarios las pensiones y demás prestaciones económicas a que tengan derecho.
Retiro de Recursos de Afore
Es posible mantener el saldo en la cuenta individual con la Afore y efectuar, con cargo a ésta, retiros programados. Las cantidades a las que se refiere este inciso se entregarán en un máximo de seis mensualidades, la primera de las cuales podrá ser por un monto de 30 días de su último salario base de cotización a solicitud del trabajador, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). El derecho consignado en esta fracción sólo podrán ejercerlo los trabajadores que acrediten con los estados de cuenta correspondientes, no haber efectuado retiros durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de retiro de recursos.
Por gastos de matrimonio, como ayuda para gastos de matrimonio y proveniente de la cuota social aportada por el Gobierno Federal en tu cuenta individual, tienes derecho a retirar una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a la fecha de tu matrimonio. Para ello, tu cónyuge no debe haber sido registrado con anterioridad en el IMSS como esposa(o). También se devuelven fondos en los casos de Incapacidad Total Permanente, de Incapacidad Parcial Permanente, cuando ésta sea del 50% o más, jubilación, o en el otorgamiento o negativa de la pensión de invalidez definitiva, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (únicamente lo que es SAR 92, la subcuenta de vivienda), o en caso de la muerte del trabajador.
La Reincorporación de Pensionados al Ámbito Laboral
La contratación de personal más experimentado, como los pensionados, es una decisión estratégica para el crecimiento empresarial. Contratar a un pensionado es una forma efectiva de obtener una visión más amplia que favorece la operatividad de la empresa. La contratación de personal pensionado puede representar muchas ventajas para una empresa, ya que estos empleados podrán seguir disfrutando de los beneficios de su jubilación al ser contratados. Para el patrón, se reducirán las cuotas obrero-patronales relacionadas con la maternidad o incapacidad, por ejemplo.
Para obtener los mayores beneficios con la contratación de pensionados, es importante conocer los requisitos establecidos por la ley. El Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) comprende todas las reglas y lineamientos referentes a la contratación de personal, indicando los derechos del trabajador y las obligaciones del patrón. El ROSS obliga al patrón a afiliar a su empresa y trabajadores al Seguro Social como resultado de la relación laboral. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está dispuesto que todos los ciudadanos tienen derecho a un trabajo digno y útil para la sociedad. De acuerdo con las resoluciones a los amparos interpuestos en contra de la LSS, al reincorporarse al ROSS, la pensión recibida quedará intacta.
Lea también: Estatuto Tributario: Parágrafo 3 del Artículo 437
Cuando se trata de contratar personal pensionado, es importante que la empresa vuelva a dar de alta al trabajador. Tanto patrones como empleados pueden solicitar la afiliación e incorporación al Seguro Social. A través de la afiliación forzosa, la empresa deberá pagar una cuota anual para incorporarse al ROSS, lo que también ayuda a ofrecer las condiciones laborales adecuadas para tener un ambiente de trabajo digno. El promedio de vida del ser humano, así como la cantidad de años productivos ha ido aumentando, por lo que la ley ha sufrido adaptaciones para acoplarse a los cambios de la sociedad. Debido a estas adecuaciones, las empresas pueden favorecerse con la contratación de personal pensionado.
El Principio de Igualdad Salarial: "Mismo Salario por Igual Trabajo"
El reconocimiento de la igualdad retributiva fue un gran avance. El principio de igualdad salarial, "mismo salario a los que realicen un trabajo igual", se establece en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se exige la igualdad en el trabajo y el trato igual en el salario. La Constitución impone la obligación de fijar los salarios con base en la actividad laboral. En otras palabras, a quienes realizan trabajos iguales, debe retribuírseles de forma igual. Tiene derecho al mismo salario al realizar un trabajo igual independientemente de las motivaciones de su empleador. Es ilegal ofrecer una retribución desigual por un trabajo igual, incluso si su empleador no tenía intención de pagarle menos por razones como el sexo, la raza o la etnia.
No, la ley exige igual salario por igual trabajo. Según las leyes de igualdad salarial, su empresa no puede pagarle menos que a un compañero de distinto sexo o de otra raza o etnia si realiza un trabajo sustancialmente similar. Las leyes antidiscriminatorias estatales y federales prohíben a los empleadores discriminar por razón de sexo, raza u origen étnico, lo que incluye pagarle menos por ello. Sin embargo, en virtud de estas leyes, debe demostrar que el empleador le ofreció una retribución diferente por razón de su sexo, raza o etnia, es decir, que su sexo, raza o etnia fue la motivación del empleador para pagarle menos.
Discriminación Salarial por Orientación Sexual o Identidad de Género
No, según la ley estatal contra la discriminación, una empresa no puede discriminarle por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género real o percibida. Esto incluye si usted es transgénero o de género no conforme (incluida la identificación como no binario). Según la ley federal contra la discriminación, una empresa no puede discriminarle «a causa de su . . sexo». El Tribunal Supremo de los EE. UU. decidió que este lenguaje protege contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género. El Tribunal dijo que cuando un empleador trata a un hombre que sale con un hombre de forma diferente a una mujer que sale con un hombre, el empleador discrimina por razón de sexo. También dijo que cuando un empleador trata a un empleado de forma diferente en función de si se presenta como hombre o como mujer, el empleador discrimina por razón de sexo.
¿Qué entiende la ley por "sexo"?
Jueces y legisladores han confundido a menudo el concepto de «sexo» y «género» y las utilizan como sinónimos. Sin embargo, usted está protegido no solo por su «sexo biológico», sino también por su expresión e identidad de género. Su empleador no puede pagarle menos porque no se ajuste a las expectativas de género construidas socialmente.
Definición de "Trabajo Sustancialmente Similar"
Para saber si se realiza un «trabajo sustancialmente similar» al de sus compañeros, no es necesario que se tenga exactamente el mismo trabajo o el mismo cargo. «Trabajo sustancialmente similar» es un trabajo de idéntica destreza, esfuerzo y responsabilidad y realizado en condiciones laborales similares. Si una parte significativa de su trabajo es idéntica a la de su(s) compañero(s) de trabajo, puede estar protegido por la Ley de Igualdad Salarial. Eso implica que puede no ser importante que haya algunas diferencias de matices en sus funciones o en su nivel de experiencia.
Excepciones Legítimas a la Igualdad Salarial
Su empresa puede estar autorizada a pagarle menos que a un compañero de trabajo de distinto sexo, raza o etnia si la diferencia salarial se basa en el mérito, la antigüedad, la cantidad o calidad de la producción, o la educación, formación y experiencia. Sin embargo, su empresa no puede pagarle menos si su diferencia de formación o experiencia no está relacionada con su trabajo o con su sexo, raza u origen étnico. Además, su empleador debe tener un motivo legítimo para pagarle menos en función de sus méritos, antigüedad, producción o experiencia.
Y lo que es más importante, su empleador no puede pagarle menos porque ganara menos en su empleo anterior.
Tus Derechos y Acciones Ante la Desigualdad Salarial
¿Cómo saber si me pagan menos?
Tiene derecho legal a compartir cuánto gana, a hablar con sus compañeros sobre la desigualdad salarial y a preguntar cuánto ganan sus compañeros. Su empresa no puede despedirle, discriminarle ni tomar represalias contra usted por preguntar sobre las desigualdades salariales o hablar de cuánto dinero cobran usted u otras personas. Si un empleador toma represalias contra usted, puede presentar una reclamación por represalias ante la autoridad laboral competente o interponer una demanda para recuperar los salarios perdidos o que le readmitan en su puesto de trabajo.
Si pertenece a un sindicato, su contrato sindical puede contener información sobre la escala salarial de su organización. Si es usted empleado público, tiene acceso a los baremos salariales disponibles públicamente.
Historial Salarial y Expectativas en la Solicitud de Empleo
No, una empresa no puede preguntar a los solicitantes de empleo cuánto ganaban en trabajos anteriores. La ley prohíbe que un empleador utilice la información de su historial salarial para decidir si le ofrece un trabajo o qué salario le ofrece. Sin embargo, el empleador sí puede preguntarle por sus expectativas salariales para el puesto.
Tras una entrevista inicial para un puesto, puede pedir al empleador que le facilite la escala salarial del puesto al que opta. El empleador debe facilitar la información sobre la escala salarial, que se define como el salario o la horquilla salarial por hora de un puesto.
Qué hacer si le pagan menos que a otros compañeros de trabajo
- Buscar la política interna de la empresa: Intente encontrar la política de igualdad salarial o de lucha contra la discriminación de su empresa. Los empleadores pueden proporcionársela a los empleados cuando empiezan a trabajar o colgarla en la pared de la sala de descanso o en un lugar céntrico similar. Esta información también puede figurar en el manual del empleado. Esta política debe establecer el procedimiento de reclamación que deben seguir los empleados, incluido el nombre de la persona a la que se debe reclamar.
- Resolver informalmente: Por lo general, debe intentar resolver la situación de manera informal, hablando primero con un supervisor, un gerente o alguien de la oficina de recursos humanos o personal de su empresa. Si conoce el procedimiento de reclamación de su empresa, debe intentar seguirlo, a menos que tenga una buena razón para no hacerlo.
- Contactar al sindicato: Si pertenece a un sindicato, hable con su representante sindical.
- Documentar la desigualdad salarial o la discriminación: Guarde copias de todas las cartas y documentos importantes que envíe a su empresario o que el empresario le envíe a usted. Conserve copias de sus registros salariales, talones de pago y demás información relacionada con el salario. También debe conservar todas las cartas, correos electrónicos, mensajes de texto, mensajes de voz, fotografías, vídeos u otras comunicaciones relacionadas con la desigualdad salarial o la discriminación. Debe guardar estos materiales en un lugar seguro que no esté en su lugar de trabajo.
Derechos de Inmigrantes Indocumentados
Tanto los inmigrantes documentados como los indocumentados están protegidos por la ley contra la desigualdad salarial y la discriminación. Todo el mundo tiene derecho a presentar una demanda por igualdad salarial y discriminación. Si usted es indocumentado, es una buena idea consultar con un abogado de inmigración antes de presentar una denuncia para conocer cualquier consecuencia migratoria de denunciar una infracción. Los inmigrantes indocumentados pueden optar a una ayuda de inmigración como víctimas de delitos en el marco del programa de visados U si la discriminación fue también un delito.
Marco Legal: Leyes de Igualdad Salarial y Antidiscriminación
Aplicación de las Leyes
Los artículos del Código Laboral, incluida la Ley de Igualdad Salarial, se aplican a todas las empresas, independientemente de su tamaño, pero no protegen a los empleados de la administración federal. La Ley federal de Igualdad Salarial se aplica a todos los empleadores, incluidos los organismos públicos. El Título VII de la Ley de Derechos Civiles federal se aplica a las empresas con quince o más empleados. La Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (FEHA) se aplica a las empresas con cinco o más empleados, con algunas excepciones.
Diferencias entre Leyes de California y Federales
La Ley de Igualdad Salarial de California (EPA) suele ofrecer mayores protecciones a los trabajadores que la Ley Federal de Igualdad Salarial. La EPA de California garantiza la igualdad de retribución por el mismo trabajo en función del sexo, raza y etnia. En cambio, la EPA federal solo prohíbe las desigualdades salariales basadas en el sexo. La Ley de Igualdad Salarial de California también tiene una norma más amplia sobre lo similar que debe ser su trabajo con respecto al de su compañero antes de que su empleador tenga que empezar a pagarles lo mismo.
Las protecciones antidiscriminatorias de la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (FEHA) de California también son más amplias que las del Título VII de la Ley de Derechos Civiles federal. La FEHA de California prohíbe la discriminación por motivos de raza, credo religioso, color, origen nacional, edad, discapacidad, embarazo, afección médica, estado civil, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, estado de transición y otras características protegidas. En cambio, el Título VII solo prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo (incluida la orientación sexual, la identidad de género y el embarazo) y origen nacional. La FEHA de California también se aplica a las empresas con cinco o más empleados, pero el Título VII se aplica a las empresas con quince o más empleados.
Diferencias entre Leyes de Igualdad Salarial y Leyes Contra la Discriminación
- En primer lugar, hay más categorías protegidas por la legislación contra la discriminación. La EPA de California solo prohíbe las desigualdades salariales basadas en el sexo, la raza y la etnia. La EPA federal solo se aplica a las desigualdades salariales basadas en el sexo.
- En segundo lugar, la Ley de Igualdad Salarial exige un punto de comparación con otro empleado de otro sexo, raza o etnia que realice un trabajo similar y cobre más. El Título VII y la FEHA de California prohíben que un empleador le pague menos por una característica protegida aunque no haya ningún otro empleado con requisitos laborales comparables que cobre más.
- En tercer lugar, los requisitos para presentar una reclamación por igualdad de retribución son diferentes de los requisitos para presentar una reclamación por discriminación. Un empleador también puede alegar distintos tipos de defensas en función del tipo de demanda que se presente. Los requisitos exactos dependen de cada caso. En muchos casos, tiene sentido presentar tanto una demanda por igualdad salarial como por discriminación.
tags: #información #sobre #pensionado #mismo #puesto #mismo
