Descubre Todo Sobre el Artículo 32 Fracción VIII de la Ley del IVA: Guía Completa y Fácilpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Artículo 32 de la Ley del IVA establece diversas obligaciones para los contribuyentes. Entre ellas, la fracción VIII se refiere a:

Indicar si el contribuyente se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión.

En otras palabras, esta fracción obliga a los contribuyentes a informar si están siendo auditados por el SAT (Servicio de Administración Tributaria) o por las autoridades fiscales de los estados coordinados con la federación en materia de ingresos federales.

Esta información debe incluir:

  • Los periodos fiscales que están siendo revisados.
  • Las contribuciones específicas que son objeto de la auditoría (por ejemplo, IVA, ISR, etc.).

El objetivo de esta disposición es transparentar la situación fiscal del contribuyente y permitir a las autoridades tener un mejor control sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones para el contribuyente, de acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Además de lo anterior, es útil tener en cuenta otros artículos y disposiciones relacionadas con el IVA y las obligaciones de los contribuyentes:

Artículo 1o. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

  • I.- Enajenen bienes.
  • II.- Presten servicios independientes.
  • III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
  • IV.- Importen bienes o servicios.

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

Artículo 1o.-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto en los términos del artículo 1o.-J de esta Ley, las personas morales que:

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  1. I. Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
  2. II. Adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.
  3. III. Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.
  4. IV. Efectúen pagos por cuenta de terceros.

Artículo 5o.-C. Para los efectos de esta Ley, se consideran erogaciones que no son deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, las siguientes:

  1. I. Los pagos efectuados por sueldos y salarios, en los términos del Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  2. II. Las erogaciones efectuadas por concepto de previsión social.
  3. III. Las inversiones en bienes de activo fijo.
  4. IV. Las erogaciones efectuadas por concepto de gastos de representación y de promoción.
  5. V. Las erogaciones efectuadas por concepto de automóviles.
  6. VI. Las erogaciones efectuadas por concepto de casas habitación.
  7. VII. Las enajenaciones realizadas a través de arrendamiento financiero.
  8. VIII. Las erogaciones efectuadas por concepto de intereses, comisiones y otros gastos financieros.
  9. IX. Las erogaciones efectuadas por concepto de donativos no deducibles para los fines del Código Fiscal de la Federación.
  10. X. Las erogaciones que se efectúen en cumplimiento de la obligación establecida en el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 9o. de esta Ley.

Estos artículos complementan la información sobre las obligaciones generales de los contribuyentes en relación con el IVA, las retenciones y las erogaciones no deducibles.

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