Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) se constituyen por una o más personas físicas que están compelidas al pago de sus aportaciones representadas en acciones, y su participación como accionistas mayoritarios les permite el control de las mismas o de su administración. Las empresas con esta denominación entran automáticamente al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en su modalidad de persona moral. En materia tributaria, el régimen de estos entes es el aplicable a las personas morales del Título II de la LISR.
Por lo tanto, las SAS deberán acumular la totalidad de los ingresos percibidos en efectivo, bienes, servicios, crédito o de cualquier otro tipo en el ejercicio, incluso el ajuste anual por inflación acumulable, y cumplir con sus obligaciones fiscales. Recuerda que la responsabilidad fiscal comienza desde el primer día: inscripción en el RFC, obtención de e.firma y Certificado de Sello Digital para facturar, emisión de facturación CFDI por cada ingreso, y la presentación de declaraciones y pagos mensuales.
Presentación de declaraciones mensuales para personas morales
La declaración mensual, también conocida como declaración provisional, es la forma en que se presenta la información sobre los ingresos, gastos, utilidades y pérdidas en un mes, así como los impuestos federales: Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y retenciones realizadas a terceros. De acuerdo con lo que establece el Sistema de Administración Tributaria (SAT), esta declaración debe realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.
Para personas morales, este trámite se realiza en el Servicio de Declaraciones de Pagos, la aplicación electrónica del SAT para presentar los pagos provisionales o definitivos. El procedimiento básico es el siguiente:
- Ingresar a la plataforma desde la sección "Empresas" en el portal del SAT.
- Elegir en la opción de "declaraciones": Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas morales o Presenta tu declaración de pagos provisionales y definitivos (Régimen Simplificado de Confianza).
- Dar clic en el botón "INICIAR" e ingresar con la clave de RFC y contraseña o e.firma.
- Seleccionar los impuestos correspondientes que deseas declarar, de acuerdo con la actividad económica que realiza tu empresa.
- Llenar la información solicitada con base en los datos contenidos en tu registro contable.
- Obtener el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, la línea de captura para realizar los pagos.
Es importante resaltar que, para el caso de las personas morales bajo el régimen de RESICO, el cálculo de los impuestos está precargado y es mucho más sencillo.
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Resumen de obligaciones fiscales clave
Además de los pagos mensuales, existen otras obligaciones formales que las SAS deben considerar para evitar multas o recargos por parte de las autoridades:
- Declaración anual de impuestos: La SAS debe presentar su declaración anual a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal que se declara.
- Contabilidad electrónica: Las SAS deben llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación, aunque actualmente están exceptuadas de enviarla al SAT siempre que sus ingresos no rebasen los límites establecidos.
- Declaraciones informativas: Puede ser obligatoria la presentación de la DIOT (operaciones con terceros), informativa de sueldos y salarios, préstamos o aumentos de capital, y de beneficiarios controladores.
El siguiente cuadro resume las fechas y conceptos principales para el cumplimiento fiscal:
Calendario y tipos de cumplimiento fiscal
| Obligación | Fecha límite |
|---|---|
| Pagos provisionales mensuales | Día 17 del mes siguiente |
| Declaración anual (Persona Moral) | 31 de marzo |
| Declaración anual (Persona Física) | 30 de abril |
Como ves, es mejor declarar y pagar tus impuestos en el tiempo establecido. Si encuentras errores después de presentar la declaración puedes realizar una declaración complementaria; es importante actuar rápido para minimizar posibles recargos o multas. Recuerda que una de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales es hacer las declaraciones correspondientes ante el SAT para proteger la reputación y credibilidad de tu empresa.
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