Durante el mes de mayo, los trabajadores en México tienen derecho a recibir el reparto de utilidades, generado en el ejercicio declarado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este es un derecho constitucional que le corresponde a los trabajadores que ofrecen un servicio a una empresa que sea registrada por una persona física o moral.
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), todas las empresas, patrones y negocios están obligados a repartir anualmente utilidades a sus trabajadores, teniendo como fecha límite el 30 de mayo.
Obligaciones de la Empresa
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Constitución Mexicana, los empleadores deben destinar 10% de sus ganancias o utilidades a sus empleados, o en caso de no haber existido, darles a conocer el estado financiero de la empresa que comprueba que no hay ingresos necesarios para cumplir con lo que establece la ley.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha señalado que las utilidades son un derecho de todos los trabajadores y una obligación para las empresas, patrones y negocios que operan en México; cuyo plazo de pago vence el próximo 30 de mayo.
La STPS explicó que la información oficial sobre si la empresa o patrón tuvo ganancias durante el último año, proviene y es certificada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la declaración anual de impuestos, que el empleador debió presentar durante marzo.
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Cada centro de trabajo está obligado a informar sobre su situación financiera a los trabajadores. No hay lugar para que la empresa pueda mentir a sus empleados sobre si hay o no ganancias, ya que esa información queda registrada ante el SAT, a través de la declaración anual de impuestos.
Pasos para Verificar las Utilidades
Para que los trabajadores puedan conocer si el patrón declaró utilidades, deben constatar con la copia de la declaración que éste entregó al representante de los trabajadores, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la presentación de la misma. El representante de los trabajadores puede ser un sindicato o bien, a la mayoría de los trabajadores.
La Secretaría del Trabajo indica que la LFT establece que la empresa entregará a los trabajadores una copia de su declaración anual de impuestos, que presentó durante marzo, dentro de los 10 días hábiles siguientes; contados a partir de la fecha en que presentó su declaración.
Comisión Mixta para el Reparto de Utilidades
Para revisar la declaración anual, comprobar si hubo ganancias y vigilar que se reparta 10% de dicha bolsa entre la plantilla laboral, se integrará la Comisión Mixta para el Reparto de Utilidades, a través “del mismo número de trabajadores y representantes de la parte patronal”.
El patrón comunicará, por escrito, a los trabajadores los nombres de las personas que designa como sus representantes y estos, a su vez, avisarán al patrón los nombres de quienes los representarán. No existe límite en cuanto al número de representantes ni podrán rehusar o rechazar a un integrante de dicha comisión.
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Dentro de los 30 días hábiles siguientes, los integrantes de la Comisión Mixta deben revisar la información de la declaración anual de la empresa o patrón, para comprobar si hubo ganancias y, en su caso, presentar objeciones ante la autoridad fiscal.
Pago de Utilidades: Un Proceso Obligatorio
De acuerdo con los puntos anteriores, la Comisión Mixta debe elaborar un proyecto u oficio para informar al resto del personal que ya revisaron la información fiscal del empleador y que, conforme a ello, se entregará o no el pago correspondiente de las utilidades a los empleados.
Los acuerdos adoptados por la Comisión Mixta, en el proyecto mencionado, deberán quedar plasmados en actas, las cuales deberán firmar sus integrantes. Ambos documentos deben ser publicados en áreas comunes como periódicos murales, a un costado del checador o en las entradas de personal.
El proyecto del reparto de utilidades, aprobado por los integrantes de la Comisión Mixta, debe ser entregado al patrón, para que se proceda al pago correspondiente entre los trabajadores, en los términos establecidos.
Por último, la Comisión Mixta debe vigilar que dicho beneficio sea entregado conforme al proyecto aprobado.
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Distribución del Monto a Repartir
El monto a repartir de utilidades se divide en dos partes iguales; la primera mitad es según los días laborados y la otra, es proporcional al nivel de ingresos de cada trabajador.
