Descubre Cómo se Declara la Inconstitucionalidad de una Norma en México ¡Imprescindible Saberlo!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Para comprender cómo saber si una norma ha sido declarada inconstitucional, es fundamental conocer el mecanismo legal a través del cual se lleva a cabo dicha declaración. Este proceso se conoce como Medio de control constitucional que se tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando se considera que una norma general (ley, tratado internacional, reglamento o decreto), no respeta lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Quiénes pueden promover una acción de inconstitucionalidad?

La facultad para iniciar este importante procedimiento recae en diversas entidades y organismos, garantizando un control amplio sobre la constitucionalidad de las leyes:

  • El 33% de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
  • El 33% de los integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
  • El 33% de los integrantes de las legislaturas de las entidades federativas.
  • Los partidos políticos con registro nacional o estatal.
  • Organismo garante que establece el artículo 6°.

El procedimiento ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación

El proceso para que una norma sea declarada inconstitucional sigue una serie de fases rigurosas dentro de la SCJN, asegurando un estudio exhaustivo antes de emitir una resolución definitiva:

1. Presentación y admisión de la demanda

En la etapa inicial, se examina el escrito de demanda y corrobora que cumpla con los requisitos que señala la ley, en caso contrario, prevendrá a la parte actora para que aclare su demanda.

Una vez que la demanda es admitida, se solicita al órgano emisor y al promulgador de la norma que se impugna, que rindan un informe dentro del plazo de quince días. De igual forma, se solicita a la Procuraduría /Fiscalía General de la República que manifieste su opinión (pedimento) sobre el asunto.

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2. Período de alegatos

Después de presentados los informes requeridos, o habiendo transcurrido el plazo para ello, se otorga a las partes involucradas en el procedimiento un plazo de cinco días para que formulen sus alegatos.

Es importante señalar que, cuando se impugnan leyes de carácter electoral, se consideran hábiles todos los días y horas, dada la naturaleza urgente de estos asuntos.

3. Estudio y elaboración del proyecto de sentencia

Una vez concluida la fase de alegatos, y después de haber concedido a las partes la oportunidad para defender sus posiciones respecto a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada, se estudia el asunto y se elabora un proyecto de sentencia para que se resuelva en definitiva.

4. Discusión y votación en el Pleno

La fase final del proceso implica que, durante la sesión del Pleno, se discute públicamente el proyecto de sentencia. Este proyecto puede ser aprobado, rechazado, o bien, sufrir modificaciones de acuerdo con las observaciones de los demás integrantes que conforman el Pleno.

Al final de la discusión, se realiza la votación sobre el sentido de la sentencia, lo que culmina con la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada.

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