Descubre Cómo Ajustar el IVA en Contabilidad y Optimiza tus Finanzas ¡Fácil y Rápido!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En este artículo, te explicamos con ejemplos las fórmulas que necesitas conocer para calcular correctamente el precio antes de impuestos, el precio con impuestos incluidos y el IVA total que debes cobrar y pagar al Estado. Para ello, vamos a definir algunos conceptos clave como «Precio antes de impuestos», «precio final con impuestos incluidos» e «IVA».

Precio antes de impuestos y precio con impuestos incluidos

El precio antes de impuestos es el precio antes de tener en cuenta el IVA; es el precio de venta que la empresa asigna a un bien o servicio.

Para calcular el precio final, necesitas el precio antes de impuestos y el importe total del IVA.

¿Cómo se calcula el IVA a partir del precio final?

Puedes calcular el IVA total sin disponer del precio antes de impuestos. Para hacer el cálculo necesitas el precio final y la tasa del IVA aplicado a tu bien o servicio.

Divide el precio final por la tasa del IVA + 1. Luego, vuelve a multiplicar esta cifra por la tasa del IVA para obtener el IVA total.

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Fórmula para calcular el IVA (a partir del precio antes de impuestos)

Para calcular el IVA total a partir del precio antes de impuestos, multiplica este último por la tasa del IVA aplicable en tu sector. Este cálculo te dará el IVA total de tu bien o servicio:

precio antes de impuestos × tasa del IVA = IVA total

Por ejemplo, si un televisor que cuesta $ 400 está sujeto la tasa normal de IVA del 20 %, el IVA total será de $ 80.

IVA Recaudado vs IVA Deducible

El IVA recaudado hace referencia al IVA que una empresa cobra como parte de la venta de bienes o servicios a los clientes. Es la cantidad que se paga al Estado, mensual o anualmente, dependiendo del sistema elegido. Sin embargo, la empresa no siempre tiene que pagar el importe total. La empresa puede beneficiarse de una reducción del IVA en las compras o gastos que necesita para su actividad.

El IVA que la empresa gasta en compras relacionadas con su actividad profesional se denomina IVA deducible. Básicamente, en este caso, la empresa se convierte en cliente. Este IVA total acumulado por la empresa es deducible del IVA total recaudado por el Estado.

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Condiciones de acceso a la deducción

Para beneficiarse de la deducción del IVA, la empresa debe conservar la factura original como prueba de la compra. Los bienes y servicios adquiridos deben estar destinados a un uso profesional y no personal.

Exclusiones

Los gastos de alojamiento de los directivos y empleados de la empresa están excluidos de la deducción del IVA. Sin embargo, esta deducción sí se aplica a los gastos de alojamiento del personal de seguridad, vigilancia y protección. El IVA no es deducible en los gastos de vehículos para el personal a menos que la empresa opere como transporte de pasajeros, autoescuela o alquiler de vehículos.

¿Cómo se calcula el IVA por pagar?

Al final de cada período contable declarable, la empresa debe calcular el importe total del IVA recaudado y del IVA deducible. Si el importe del IVA recaudado es superior al importe del IVA deducible, la empresa paga la diferencia al Estado. Si, por el contrario, el IVA deducible es superior al IVA recaudado, la empresa recibe un crédito de IVA que el Estado le abona.

Ejemplo práctico

Consulta el siguiente ejemplo para comprenderlo mejor:

Una zapatería vende en mayo los siguientes productos:

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  • un par de sandalias a $ 90 (precio antes de impuestos),
  • un par de zapatillas a $ 130, y
  • un par de botas a $ 150.

Con una tasa de IVA del 20 % sobre los productos vendidos, el IVA recaudado asciende a $ 74:

  • $ 90 × 0,20 = $ 18
  • $ 130 × 0,20 = $ 26
  • $ 150 × 0,20 = $ 30
  • $ 18 + $ 26 + $ 30= $ 74 de IVA recaudado

Esta misma empresa compra una nueva caja registradora en mayo, que cuesta $ 140 antes de impuestos. Esta caja registradora está sujeta a una tasa del IVA del 20 % y tiene $ 28 de IVA:

  • $ 140 × 0,20 = $ 28 de IVA deducible

Para calcular el IVA que debe pagar, la empresa debe restar el IVA deducible del IVA recaudado:

IVA recaudado - IVA deducible = IVA por pagar

$ 74 - $ 28 = $ 46 de IVA a pagar

Como el total recaudado es superior al total deducible, la empresa paga al Estado $ 46 en mayo y no recibe ningún crédito.

Aunque existen varias fórmulas y matices para calcular el IVA, no hace falta que lo recuerdes todo. Puedes utilizar una calculadora de IVA en línea como esta o consultar este artículo para que el cálculo del IVA no contenga errores.

IVA Acreditable e IVA Trasladado

Solo hay que tener claro que se divide en dos: IVA acreditable e IVA por acreditar. Se trata del IVA que efectivamente se abona. Se trata de aquel que cobramos a nuestros clientes.

En forma más simple: al llegar al final de cada periodo, tienes que hacer un ejercicio contable que te ayude a diferenciar entre el dinero que entra a tu empresa por la venta de productos o servicios y el que cobraste por el IVA.

Cuando B compre en la tienda de A, tendrá que pagar el impuesto acreditable de lo que adquiera. No se trata de que el IVA sea de A o B, sino que se paga al gobierno por medio de la declaración mensual que se hace.

B debe pagar $2,000 más el IVA de $320. Los $320 suponen el IVA acreditable para B, mientras que para A equivalen al IVA trasladado.

Lo primero que debes tener en cuenta es que el IVA no distingue tamaños, es decir, tanto grandes empresas como pequeñas empresas, pueden recibir este beneficio.

El IVA acreditable, además de todo esto, ofrece diferentes beneficios para las empresas, ayudando a mejorar su situación financiera y competitividad.

¿Qué es el IVA Acreditable?

A primera vista, ésta parece simplemente la definición del Impuesto al Valor Agregado. Recordemos que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo universal que se paga por consumir. En torno a este impuesto federal existen otros conceptos; así, podemos hablar de que existen dos tipos de IVA: el IVA Trasladado y el IVA Acreditable.

IVA Acreditado o Pagado

Se carga por el IVA efectivamente pagado en gastos realizados de contado.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) acreditable es el monto de IVA que las empresas pueden deducir de sus obligaciones fiscales, derivado de las compras de bienes o servicios utilizados en su actividad económica.

  • Es el IVA pagado en compras y gastos que se puede deducir de las obligaciones fiscales.
  • Es el IVA que las empresas cobran a sus clientes al realizar una venta de bienes o servicios.

Tu empresa compra materiales por $20,000 más $3,200 de IVA. Además, tiene gastos exentos de $10,000.

Registrar el IVA acreditable correctamente es clave para el cumplimiento fiscal. Cuando acreditas el IVA pagado en tus compras contra el IVA trasladado, reduces tu carga fiscal.

El manejo eficiente del IVA permite reducir costos fiscales al aprovechar todas las deducciones disponibles.

Un registro adecuado del IVA acreditable garantiza que tu empresa cumpla con la normativa fiscal.

Cada factura debe estar correctamente emitida y vinculada a gastos o inversiones relacionados con tu actividad económica.

  • Mantén una comunicación clara con tus proveedores para asegurarte de que el IVA trasladado en las facturas sea correcto.
  • Consulta a un experto fiscal para identificar todas las deducciones aplicables a tu tipo de negocio.
  • Establece rutinas mensuales o trimestrales para conciliar tus registros de IVA acreditable con tus estados financieros y CFDI.

Aunque el IVA acreditable es un concepto fiscal, su gestión eficiente puede impactar positivamente la cultura organizacional.

El IVA acreditable no se utiliza directamente en el cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) en México.

Cuando otorgas prestaciones como las tarjetas de vales de despensa Pluxee Tienda, estás implementando un beneficio que no solo mejora la calidad de vida de tus colaboradores, sino que también puede ser deducible y permitirte acreditar el IVA, siempre que cumplas con los requisitos fiscales.

En el caso de contribuyentes que realicen actos y actividades gravadas a las tasas del 16 % y 0 % (actos gravados) y actos y actividades exentos del IVA, el impuesto acreditable se determinará aplicando lo dispuesto en la fracción V del artículo 5o de la LIVA.

Para calcular el IVA acreditable y no acreditable por las erogaciones

(distintas a las inversiones) no identificadas plenamente con la realización de actos gravados o exentos, debe determinarse la proporción que guarda el valor de los actos gravados respecto del total de los actos gravados y exentos, que se aplicará a dicho IVA (art. 5o., fracc. V, inciso c), LIVA).

Dicha proporción puede calcularse considerando los actos señalados por el periodo:

  • en que se encuentre determinando el impuesto (actos del mes), o
  • correspondiente al año de calendario inmediato anterior al mes por el que se calcula el impuesto acreditable (las actividades del ejercicio inmediato anterior)

El IVA acreditable y no acreditable por inversiones no identificadas plenamente con la realización de actos gravados o exentos, al igual que las demás erogaciones se determina aplicando la misma proporción del IVA acreditable calculada (art. 5o., fracc. V, inciso d), numeral 2, LIVA).

Cuando se opte por calcular la proporción del IVA acreditable considerando los actos del mismo periodo por el que se determina el impuesto, existe la obligación de efectuar un ajuste al IVA acreditable por inversiones utilizadas indistintamente para realizar actividades gravadas y exentas, cuando la proporción de los actos gravados respecto del total de actos de un periodo (gravados y exentos) se modifique en más de un 3 %, respecto de la misma proporción del mes en que se hubieran efectuado el acreditamiento de las inversiones señaladas (art. 5-A, LIVA).

Por lo tanto, debe monitorearse la variación en la proporción del IVA acreditable para cada uno de los lapsos posteriores en que se efectúo la inversión, como se muestra a continuación.

Proporción de actos gravados respecto del total de actos Valor de las actividades gravadas del periodo (A) Valor de las actividades gravadas y exentas del periodo (B) Proporción del periodo (A entre B = C) Proporción del periodo en que se realizó la inversión (D) Variación de la proporción (C entre D menos uno por 100)
Junio, se adquirió un activo utilizado indistintamente en actos gravados y exentos $7,275,237.00 $7,910,482.00 0.9196
Julio 7,638,998.85 8,385,110.92 0.9110 0.9196 (0.94%)
Agosto 14,514,097.82 15,093,199.66 0.9616 0.9196 4.57%
Septiembre 9,457,808.10 10,125,416.96 0.9340 0.9196 1.57%
Octubre $6,984,227.52 $7,831,377.18 0.8918 0.9196 (3.02%)

En agosto existe una variación de más del 3 % entre la proporción de dicho mes y la misma de junio (mes en que se realizó el acreditamiento del IVA de las inversiones), por lo que debe realizarse el ajuste al IVA acreditado de las inversiones correspondientes.

Al ser un aumento en la proporción, el ajuste es incrementar el acreditamiento del IVA por las inversiones, actualizado desde el mes en el que se acreditó y hasta el mes de que se realiza el ajuste, de conformidad con el artículo 5-A, fracción II, de la LIVA.

Para octubre existe otra variación de más del 3 % entre la proporción del IVA acreditable del mes en que se llevaron a cabo las inversiones en cuestión y la proporción de dicho mes, a la baja (negativa), por lo que el ajuste se realizará de conformidad con el numeral 5-A, fracción I, de la LIVA.

Los contribuyentes que determinen la proporción del IVA acreditable con base en el precepto 5-B de la LIVA (considerar los actos del ejercicio inmediato anterior para su cálculo), no será necesario que realicen este ajuste al IVA acreditable de las inversiones utilizadas indistintamente con la realización de actos gravados y exentos del IVA.

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto que se paga por consumir y lo abonan las empresas y particulares.

IVA Trasladado

Es el IVA que el contribuyente cobra a sus clientes cuando le compran los bienes o servicios que produce o comercializa. El traslado se realiza al facturar la compra.

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