Al adquirir un inmueble para desarrollar una actividad empresarial y requerir reformas significativas para su acondicionamiento, surge una cuestión fundamental en la contabilidad. Específicamente, en un escenario donde las obras son solo del inmueble y no afectan al suelo, y el inmueble se ha dado de alta como Construcción en curso, se plantea la duda sobre el tratamiento contable de la licencia de obras. El objetivo es activar los gastos correspondientes al acondicionamiento del local como mayor valor de la construcción en curso, para posteriormente registrar la construcción en la cuenta 211.
Sin embargo, la pregunta clave es: ¿puedo activar este gasto de licencia como mayor valor del inmueble, o debe ser considerado un gasto del ejercicio?
¿Qué es una Licencia de Construcción?
La Licencia de Construcción, técnicamente denominada como Manifestación de Construcción, es un permiso requerido, normalmente por la administración local, para la realización de cualquier tipo de construcción que realices, y es supervisada por la autorización municipal para realizar las obras.
Estas entidades deben hacer cumplir los usos, edificabilidad, accesibilidad y aspectos técnicos aprobados para las respectivas construcciones. El propósito de la Licencia de Construcción es controlar el crecimiento de las ciudades, así como velar por tu seguridad tanto personal como económica, ya que esto implica construir sobre tu inmueble.
¿Cuándo es Indispensable Tramitarla y Cuándo No?
El requisito de tramitar una licencia de construcción varía según la complejidad de la obra y la normativa de cada ayuntamiento.
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No es necesario que solicites ningún tipo de licencia o permiso de obras cuando se trata de reformas menores en el interior de la vivienda, como por ejemplo: cambio de pisos, remodelación de baños y cocina, pintura interna del inmueble y redes hidráulicas, eléctricas o de gas.
Como puedes ver, la complejidad de la licencia de obras o construcción es una normativa que depende de cada ayuntamiento.
Tipos de Licencias y Proceso de Solicitud
Para obtener una licencia de construcción, generalmente, el primer paso es dirigirse a las oficinas de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) de tu municipio o Alcaldía y pedir una solicitud de uso del suelo y otra solicitud de licencia de construcción.
Entre los documentos o requisitos adicionales pueden figurar las memorias de cálculo.
Se cuenta con 3 Licencias Especiales las cuales son:
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- Expedición de Licencia de Construcción
- Prórroga de Licencia de Construcción Especial
- Aviso de Terminación de Obra o Instalación de Licencia de Construcción Especial
Si actualmente cuentas con una obra con licencia de construcción tipo A o está en tus planes, es recomendable ampliar la información sobre los requerimientos específicos.
Costo de la Licencia de Construcción
El trámite de la Licencia de Construcción tiene un costo, el cual varía dependiendo del municipio o Alcaldía.
El valor de dicho trámite depende de los costos aprobados para cada municipio por el ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial.
Por lo general, cobran una tasa que varía, puede ser desde 1.5% hasta un 2.5% aproximadamente, esto se calcula dependiendo cuál es un porcentaje del presupuesto de tu obra, lo cual usualmente lo calcula el ingeniero o arquitecto a cargo.
Tratamiento Contable de la Licencia de Construcción
Retomando la duda inicial sobre la activación del gasto de la licencia de obras, el razonamiento que se plantea es el siguiente: al ser necesarias las obras para poder trabajar en el local, estos trabajos para el inmovilizado se activarán.
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Y al requerir de licencia de obras para llevar a cabo dichas reformas, es un gasto asociado directamente al acondicionamiento del local, por lo que sí que debería activarse como mayor valor del inmueble.
Este enfoque se alinea con el principio de que todos los gastos necesarios para que un activo esté en condiciones de ser utilizado para el propósito previsto, deben capitalizarse y formar parte de su valor.
Por lo tanto, la licencia de construcción se sumaría al valor de la "Construcción en curso" (cuenta 211) hasta que el inmueble esté listo para su uso, momento en el cual se reclasificará.
