Las comisiones bancarias a las empresas son gastos financieros recurrentes que afectan la cuenta de resultados. Los servicios que prestan los bancos tienen un precio, y este es libre. Aunque lo habitual es emitir un cargo individual por cada servicio prestado, algunos bancos aplican lo que se conoce como tarifa plana. Las empresas tienen cierta capacidad para negociar con los bancos las comisiones, y en ocasiones, se reciben abonos en cuenta como bonificación para cumplir con las condiciones económicas planteadas en contrato.
Tratamiento contable de las comisiones bancarias
Cuando la empresa debe contabilizar las comisiones pagadas, se deben anotar en la cuenta 626 «Servicios bancarios y similares», indicando en el «Debe» el importe de la base imponible. En la cuenta contable 472 «H.P. IVA soportado» deben anotarse los importes del IVA de las comisiones gravadas con este impuesto.
En el caso de recibir bonificaciones sobre estas comisiones, existen dos alternativas principales para su registro:
- Considerarlo como un menor gasto de comisión: Se contabiliza directamente en la cuenta 626.
- Considerarlo como un ingreso: Se registra como una bonificación o "premio" por utilización de servicios bancarios en la cuenta 769 (Otros ingresos financieros).
La elección de la cuenta dependerá de la necesidad del análisis de la propia empresa, pudiendo valorar si el abono se percibe como una devolución del gasto o como un ingreso adicional derivado de la operativa bancaria.
Diferenciación con la formación bonificada
Es fundamental distinguir estos movimientos bancarios de la contabilidad de la formación bonificada, ya que, aunque el término "bonificación" es común, su tratamiento contable es distinto. El gasto en formación bonificada se registra inicialmente como un coste en la cuenta 649 (Otros Gastos Sociales), pero posteriormente se compensa con la bonificación aplicada a través de los Seguros Sociales.
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Tabla comparativa de conceptos contables
| Concepto | Cuenta contable habitual | Naturaleza del asiento |
|---|---|---|
| Comisiones bancarias | 626 | Gasto financiero |
| Bonificación por servicios bancarios | 769 o menor gasto 626 | Ingreso o minoración de gasto |
| Gastos de formación | 649 | Gasto de personal |
| Aplicación bonificación formación | 740 / 755 / 476 | Ingreso o minoración de deuda |
Consideraciones sobre las bonificaciones promocionales
En casos donde el banco abona una cantidad por domiciliar impuestos o por el uso de tarjetas, es habitual registrar el importe recibido en la cuenta 572 (Bancos) en el debe y contra la cuenta 769 (Otros ingresos financieros) en el haber. Si la entidad financiera aplica alguna retención sobre dicha bonificación, esta debe contabilizarse adecuadamente en la cuenta 473 (Hacienda Pública, retenciones a cuenta), reflejando la realidad fiscal de la operación.
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