Comprende cómo el IVA y el ISR afectan tus ingresos: ¡Descubre qué ingresos llevan impuesto y cuáles no!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, tanto las personas físicas como morales tienen responsabilidades fiscales que deben cumplir, esto de acuerdo a la actividad a la que se dediquen, así como a los ingresos que tengan. Comúnmente, puede presentarse confusión sobre cómo distinguir qué es el IVA y qué es el ISR, así como dudas sobre en qué casos se pagan o cómo se calculan. Seguro para muchos resultará un tema de lo más complejo, por lo que empezaremos por definir qué es cada uno, así comprenderemos cuáles son sus diferencias.

¿Qué es el ISR?

El impuesto sobre la renta (ISR) es un impuesto que deben pagar, obligatoriamente, tanto personas físicas como morales. La ley del impuesto sobre la renta, es la responsable de establecer las regulaciones para este gravamen. Respecto a las personas morales, la ley establece que deben pagar una tasa fija del 30%, mientras que las personas físicas pagan una tasa variable que va desde el 1.92 al 35%.

¿Cómo se calcula el ISR?

Si estás constituido como una persona moral, tienes claro el porcentaje que deberás pagar por este impuesto. Sin embargo, para las personas físicas esto es variable. Existen diversos elementos a considerar para el cálculo del ISR. La ley establece un límite inferior o superior, que nos permite encontrar el rango donde se sitúa nuestro ingreso, de ahí se requiere determinar cuál es la cuota fija que corresponde según el rango y además qué tasa de porcentaje le aplicaremos. A partir de nuestros ingresos, determinaremos el rango en el que nos encontramos y la cantidad o los porcentajes que correspondan.

¿Qué es el IVA?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto que se agrega a la mayoría de los productos y servicios consumidos en el país. Se trata de un impuesto indirecto que se aplica sobre el consumo de bienes y servicios. Tanto las personas físicas como las personas morales, están obligadas a pagar el IVA en sus declaraciones. ¿Qué significa un impuesto indirecto? Que en lugar de que el consumidor pague directamente al SAT el impuesto por los productos o servicios que está consumiendo, las empresas lo recaudan para después entregárselo a la Secretaría de Hacienda.

Las personas que realicen las siguientes actividades o actos, están obligadas a realizar el pago por el impuesto al valor agregado: enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes y aquellos que importen bienes o servicios. De acuerdo a la ley del Impuesto al Valor Agregado, los impuestos se deben calcular aplicando los valores que señala, siendo la tasa del 16%.

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¿Cómo se calcula el IVA?

Cuando asistes a una tienda a comprar, por ejemplo, ropa, accesorios o calzado, pagas por estos productos. Supongamos que realizas compras por la cantidad de $600 pesos, el IVA se le aplica de manera generalizada a todos los productos. En este caso, el precio con IVA sería de $696 pesos, ya que la tasa es del 16%. Si la persona que adquirió estos productos no tiene una situación fiscal en la que requiera el reclamo del IVA, sólo pagaría sus productos con IVA, sin solicitar factura.

Ahora veamos otro caso: una persona física que trabaja ofreciendo un servicio o producto. Cuando esta persona adquiere cierto material o equipamiento para poder realizar su trabajo, sí solicitará la factura, para poder reclamar ese IVA que está pagando. Por los productos o servicios pagará una cantidad de IVA, a la suma del IVA que pagó se le llama IVA acreditable. De igual forma, existe otro concepto que se denomina, IVA por acreditar, que son las compras que realice a pagos. A la suma del IVA de las facturas de la persona que ofrece el producto o servicio expide, se le conoce como IVA trasladado. Asimismo, si una de las facturas se hicieron a crédito, entonces lo nombraremos como: IVA por trasladar. Para determinar cuál es el IVA que debe pagar, sería el resultado entre la diferencia del IVA que ha pagado en sus compras y el IVA que ha cobrado en sus ventas.

Tipos de IVA: Acreditable, Trasladado y Retenido

En el ámbito empresarial existen tres conceptos clave relacionados con el IVA:

Concepto de IVA Descripción
IVA Acreditable Impuesto que se paga a los proveedores por la adquisición de bienes o servicios, identificable en las facturas, y que posteriormente puede ser deducido.
IVA Trasladado Impuesto que una empresa cobra a sus clientes por la venta de productos o servicios. Este importe se añade al precio final y debe reportarse y pagarse ante el SAT.
IVA Retenido Parte del impuesto al valor agregado que un adquirente de bienes o servicios retiene al proveedor y debe enterar al fisco.

El IVA Retenido y su Funcionamiento

El IVA retenido se presenta principalmente cuando una persona moral recibe una factura por honorarios o servicios de una persona física. En estos casos, la ley obliga a la empresa a retener dos terceras partes del IVA facturado y enterarlo directamente al SAT, en lugar de pagarlo al proveedor. Esto es común en operaciones donde una persona moral adquiere bienes o servicios de una persona física, o en casos específicos como fletes.

Cuando una persona física factura a una empresa, incluye el IVA correspondiente, por lo general 16 %, aunque si se está en región fronteriza puede ser del 8 % por beneficios fiscales para la zona. La empresa puede acreditarse ese IVA retenido, pero únicamente en el periodo fiscal posterior a la retención. Este desfase es importante, ya que influye en la determinación mensual del IVA a pagar: no solo se resta el IVA acreditable del IVA trasladado, sino que también deben considerarse las retenciones realizadas y cuándo pueden aplicarse como acreditables.

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Para conocer cuánto debe pagar el contribuyente al fisco se resta el IVA acreditable (pagado en compras) del IVA trasladado (cobrado a clientes) y retenido. Al final de cada periodo, es importante diferenciar entre los ingresos por ventas y el IVA cobrado, además de registrar y programar correctamente el acreditamiento del IVA retenido en el mes correspondiente. Conservar todos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos durante el mes es clave para justificar devoluciones o saldos a favor.

Ingresos con y sin IVA: Exenciones y Tasa del 0%

El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria, ¿verdad? Pues la buena noticia es que tiene exenciones. Hay casos en los que el artículo que se vende o el servicio no llevan IVA. Las exenciones de IVA pueden representar ventajas y desventajas para los contribuyentes. Esto impacta directamente en la estructura de costos de los contribuyentes.

No obstante, la diferencia principal radica en la consideración de ingresos "con IVA" (gravados) o "sin IVA" (exentos o a tasa cero).

Exención de IVA vs. Tasa del 0%

Existen muchas ideas erróneas sobre las exenciones de IVA, lo que puede llevar a confusiones y problemas fiscales. Es crucial diferenciar entre una exención y una tasa del 0%.

  • Exención de IVA: La actividad no está sujeta al pago del impuesto, lo que significa que el contribuyente no lo traslada ni lo declara. Por definición legal, se trata de actos afectos a la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, aunque perdiendo el derecho de acreditar el impuesto trasladado por las erogaciones identificadas con esos actos. Las exenciones de IVA están definidas por la ley y aplican solo a ciertas actividades específicas, como educación, servicios médicos y arrendamiento de vivienda, así como la entrega de viviendas de protección oficial realizadas por el promotor, incluidos los garajes y anexos. Si bien no trasladar el IVA a los clientes puede hacer que los productos o servicios sean más accesibles, también implica que el contribuyente no puede acreditar ni solicitar devoluciones del IVA pagado en sus compras o gastos.
  • Tasa del 0%: La operación está gravada, pero con un impuesto del 0%. Un ejemplo claro es el de los alimentos básicos. La venta de pan está gravada a tasa 0%, por lo que el panadero puede acreditar el IVA que paga en la compra de harina o equipo. Dicha diferencia radica principalmente en que para la tasa del 0% los contribuyentes siguen teniendo la misma obligación de realizar su declaración a las autoridades hacendarias y podrán recibir su devolución del IVA. La tasa del 0% sí permite acreditar el IVA pagado en insumos y gastos, lo que puede generar devoluciones fiscales.

En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación.

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Retenciones de ISR e IVA

El tema de las retenciones de ISR e IVA es fundamental para cualquier empresa o persona física con actividad empresarial. Estas obligaciones fiscales, cuando se gestionan adecuadamente, permiten cumplir con la ley, evitar sanciones y contribuir al correcto funcionamiento del sistema tributario. Las retenciones son una obligación legal del pagador.

El ISR retenido corresponde al impuesto sobre la renta que un pagador de servicios o productos descuenta a su proveedor o trabajador al momento de realizar el pago, y que posteriormente entera al SAT. Esto aplica principalmente en los casos en que se realizan pagos por honorarios, arrendamientos, salarios o actividades empresariales.

El IVA retenido es la parte del impuesto al valor agregado que un adquirente de bienes o servicios retiene al proveedor y debe enterar al fisco. Esto es común en operaciones donde una persona moral adquiere bienes o servicios de una persona física, o en casos específicos como fletes. Adicionalmente, cuando recibas servicios personales independientes, o uses o goces temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, estarás obligado a retener el impuesto que se traslade, así como cuando recibas servicios prestados por comisionistas cuando éstos sean personas físicas, o cuando recibas servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

En este sentido, en lugar de aplicar la retención conforme al punto anterior, podrás retener las dos terceras partes del impuesto que se traslade efectivamente pagado, excepto tratándose de los servicios de autotrasporte terrestre de bienes, en cuyo caso la retención será del 4% aplicado al valor de la contraprestación efectivamente pagada. Las retenciones que efectúes deberás enterarlas a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que correspondan dichas retenciones, sin que proceda acreditamiento alguno contra las mismas.

Debes revisar el tipo de operación y la relación entre quien paga y quien recibe el pago. Por ejemplo, una persona moral que paga honorarios a una persona física debe retener ISR e IVA conforme a los porcentajes establecidos. El CFDI debe incluir el complemento de impuestos retenidos para respaldar la operación ante el SAT.

Las retenciones impactan directamente el flujo de efectivo de las empresas, ya que implican una disminución en el monto pagado a los proveedores y un compromiso de pago al SAT. Se declaran en los pagos provisionales mensuales mediante el portal del SAT y deben coincidir con los CFDI emitidos. Podrías enfrentar multas, recargos e incluso auditorías por parte del SAT.

Gestión Eficiente del IVA

El correcto manejo del IVA -incluyendo el acreditable y el retenido- puede ofrecer ventajas importantes:

  • Recuperación de impuesto: permite recuperar parte del IVA pagado, mejorando el flujo de efectivo.
  • Transparencia y cumplimiento: fortalece la confianza de clientes, socios, inversionistas y autoridades.
  • Planeación fiscal: considerar el desfase del IVA retenido ayuda a evitar errores en el cálculo de impuestos mensuales.

Consejos para su gestión:

  • Cuentas separadas: evita mezclar gastos personales y empresariales.
  • Registro de transacciones: conserva facturas y recibos, y utiliza plataformas para consultar movimientos.
  • Verificación del IVA trasladado: comprueba que coincida con lo reportado por tus proveedores.
  • Registros precisos: usa medios de pago empresariales y sistemas que automaticen la contabilidad.
  • Capacitación del personal: asegura que tu equipo contable conozca las obligaciones y tiempos del IVA retenido.
  • Conoce exenciones y deducciones: infórmate sobre productos y servicios exentos según tu régimen.

El manejo adecuado de este impuesto permite cumplir con las obligaciones fiscales y mejorar la eficiencia financiera. Las herramientas digitales simplifican este proceso, permitiendo un mayor control de gastos, el registro correcto de retenciones y un cálculo preciso de lo acreditable en cada periodo. Nuestra plataforma Determinación de IVA es ideal para el seguimiento de este impuesto, ya que permite visualizar claramente cuánto IVA debes pagar y cuánto puedes acreditar, con base en tus CFDI y las retenciones, lo que evita cálculos complicados y ahorra tiempo.

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