Este artículo resolverá todas tus dudas sobre el IVA de la gasolina o combustible. El combustible es uno de los gastos operativos más importantes para miles de empresas en México. Sin embargo, muchas organizaciones dejan pasar oportunidades de optimización fiscal por errores en la comprobación de gastos. Es más sencillo de lo que parece.
¿Quiénes pueden recuperar el IVA de la gasolina?
La deducción del IVA de la gasolina aplica principalmente para personas morales y personas físicas con actividad empresarial. Esto incluye a cualquier persona o entidad que esté haciendo una actividad de negocio. Gente que alquila productos o servicios para ganar dinero de forma continua también puede recuperar el IVA. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede devolver el IVA de las gasolinas a las personas físicas que cobran por honorarios, con actividad empresarial, o si se encuentran en el régimen de arrendamiento o RIF, refirieron especialistas.
Requisitos esenciales para la recuperación del IVA de combustibles
Para recuperar el IVA de la gasolina, debes demostrar que el gasto en gasolina está relacionado con tu trabajo o negocio. Para ello, los contribuyentes deben solicitar factura cuando carguen el combustible.
- Relación directa con la actividad económica: Para recuperar el IVA de los repostajes, estos deben tener una relación directa y demostrable con la actividad de la empresa. Esto significa que el combustible debe utilizarse para actividades necesarias para generar ingresos, operar el negocio o prestar servicios. Por ejemplo, podrías haber utilizado el coche para visitar a clientes o proveedores. Cuantos más documentos demostrativos puedas proporcionar, mejor.
- Formato correcto del documento acreditativo: El formato del documento acreditativo debe incorporar todos los datos necesarios según el Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre). Es decir, el tique o factura simplificada que habitualmente nos dan como resguardo de pago del repostaje, no es documento acreditativo suficiente para recuperar el IVA de los repostajes. Esto significa que hay que reclamar a la empresa una factura de dicho tique, en cada repostaje que se haya podido hacer. La factura electrónica es indispensable para respaldar el gasto.
- Medios de pago electrónicos: Es fundamental pagar con medios electrónicos como cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT. En general, pagar gasolina en efectivo puede poner en riesgo la deducción fiscal, incluso si existe factura. Sin factura electrónica, el gasto no cuenta con el respaldo fiscal necesario.
- Demostrar indispensabilidad del gasto: Los contribuyentes deben garantizar al fisco que el gasto en gasolinas es indispensable para realizar sus actividades laborales, refirió Juan Manuel Franco, socio de Impuestos de BDO Consultores. Por ejemplo, una pequeña empresa puede solicitar esta deducción para el movimiento de trabajadores, o una contratista para movilizar albañiles al lugar de la construcción.
- Control estricto y reporte mensual: Para garantizar la devolución es necesario que los contribuyentes lleven un estricto control e informar estos gastos de manera mensual al fisco, refirió Hugo Luna, contador público. Por ello es importante que se lleve entero control de los ingresos y gastos deducibles, explicó Franco.
- Datos correctos en la factura (CFDI): En cada factura se debe revisar que todos los datos del beneficiario estén correctos, que incluya el RFC y que los datos de identificación sean los mismos que se tienen registrados en Hacienda. Los errores en el CFDI pueden invalidar o complicar la deducción. Si hay errores, debes solicitar la corrección, cancelación o sustitución del CFDI. La gasolina se factura con un CFDI de tipo Ingreso, emitido por la estación de servicio.
Uso mixto del vehículo (personal y laboral)
Aunque no lo deja totalmente claro la ley, si usas el coche para trabajar, podrás deducirte parte del IVA, siempre y cuando seas autónomo o una empresa. Sin embargo, ese importe será del 50 % sobre el IVA (es decir, un 12 % de IVA) si el automóvil no se usa exclusivamente para trabajar (y habría que demostrarlo, en caso contrario). Cuando el mismo vehículo se utiliza para actividades personales y laborales, es importante separar los consumos. A pesar de todo esto, ten en cuenta que puede ser difícil recuperar todo el IVA de la gasolina para un coche que no sea propiedad de la empresa, incluso si lo has utilizado para fines profesionales. La gasolina puede ser deducible, pero no todos los gastos de combustible se aceptan automáticamente.
El Sistema Tributario Mexicano y los Combustibles: IEPS e IVA
Las gasolinas y el diésel son algunos de los bienes que están sujetos a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) de 1982. En la IEPS se establece que estos petrolíferos estarán gravados por dos diferentes figuras impositivas: una tasa y una cuota fija.
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Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
La LIEPS establece una estructura de IEPS con dos componentes principales para los combustibles:
- Tasa variable: La primera, referida en el art. 2A fracc. I, es una tasa que fluctúa mensualmente de acuerdo con la brecha existente entre el precio del productor (PP) y el precio de venta al público (PVP) o, en específico, el precio de venta antes de llegar a la estación de servicio (PAES, excluyendo el costo del flete, la ganancia de los franquiciatarios y los impuestos). Cuando la brecha es positiva (es decir, el PAES es mayor que el PP), la tasa del IEPS funciona como un impuesto. Por el contrario, cuando la brecha es negativa (es decir, el PAES es menor que el PP), la tasa es negativa y actúa como un subsidio. Las tasas del IEPS se publican mensualmente en el Diario Oficial de la Federación.
- Cuota fija: Las cuotas fijas, adicionadas a la LIEPS en diciembre de 2007, tienen el objetivo de aumentar la recaudación para los estados y municipios. Corresponden a una tarifa por litro enajenado de 36 centavos para la gasolina Magna, 43.92 para Premium y 29.88 para Diésel.
En años recientes, las tasas del IEPS han alcanzado valores negativos tan altos que sobrepasan el monto total de las cuotas del IEPS y del IVA, en conjunto, derivando en una menor recaudación, que incluso ha sido negativa. Esto obedece a que actualmente el Gobierno federal no está cobrando este impuesto, ya que implementó un estímulo al 100 por ciento como medida para controlar los precios de las gasolinas que este año han mostrado incrementos elevados, sostuvo Mario Barrera, socio de la Práctica Fiscal de Holland & Knight. Roberto Colín, contador e integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que los gasolineros al no tener un IEPS por trasladar a los consumidores finales ya no pueden recuperar lo que pagaron cuando adquirieron las gasolinas. Esto te genera un saldo a favor. Si ya no voy a trasladar el IEPS (al consumidor final) y, por ejemplo, si el precio del litro de gasolina está en 20 pesos, lo vendo en 19 porque hay un subsidio, ese peso al final del día lo puedo acreditar mediante IVA o ISR o lo puedo solicitar en devolución para recuperarlo, describió.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Un segundo impuesto que grava a las gasolinas y al diésel es el IVA. Éste es una tasa fija equivalente al 11% para las estaciones de servicio ubicadas en las zonas fronterizas y al 16% en el resto del país. Se aplica al precio final del consumidor sin incluir las cuotas del art. 2A fracc. II de la LIEPS. Por el contrario, sí se considera la fracc. I del IEPS dentro del precio final, por lo que el IVA es un impuesto sobre un impuesto.
Estímulos fiscales y devolución de saldos a favor
La deducción de ISR y el IVA acreditable no son lo mismo. La deducción de ISR permite disminuir la base sobre la que se calcula el impuesto. Los saldos a favor del contribuyente resultan cuando el IVA pagado por la compra de insumos indispensables, es mayor al que el contribuyente cobró a clientes.
El Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de marzo de 2022, ya establece la posibilidad de que tanto el estímulo fiscal como el estímulo fiscal complementario, puedan ser acreditables contra el ISR, aplicándose en los pagos provisionales propios, así como contra el IVA. En caso de subsistir un excedente de estímulo acreditable, el contribuyente podrá solicitar la devolución de dicho saldo, para aquellos contribuyentes del IEPS. Adicionalmente, se otorga un estímulo complementario acreditado vía ISR e IVA para vendedores de gasolinas y diésel con el objetivo de mitigar el incremento del precio de los combustibles. En la actualidad, solo se podrá solicitar la devolución tanto del estímulo fiscal como del estímulo fiscal complementario excedente después de la acreditación del ISR e IVA, del mes de abril de 2023, en adelante.
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Los contribuyentes podrán optar por no acreditar el monto del estímulo contra el ISR e IVA y solicitar su devolución a partir del primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se generó el estímulo, siempre que se tengan presentadas las declaraciones de dichos impuestos, la DIOT e información contable, respecto del periodo inmediato anterior a aquel por el que se solicite la devolución.
Soluciones para la gestión y recuperación del IVA de gasolina
Una solución como Pluxee Movilidad permite a las empresas administrar los gastos de combustible mediante una tarjeta especializada, facilitando el control de consumos, la asignación de presupuestos y la gestión de traslados laborales. Una tarjeta de gasolina permite asignar montos, definir límites y monitorear consumos. El acuerdo suscrito con las mayores redes de distribución de carburante permite recuperar el IVA de los repostajes mediante la sustitución de los tiques o facturas simplificadas en facturas de canje. En otras palabras, 60dias se encarga de convertir los tiques en facturas de canje en formato digital con plena validez legal, que se podrá deducir en la primera declaración de IVA que le corresponda.
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