Si te encuentras en la situación de tener un saldo a favor en tu declaración anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR), es fundamental conocer el proceso y los requisitos para solicitar la devolución correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Devolución Automática del ISR
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña.
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
No todos los que presentan su declaración reciben el saldo a favor de manera automática.
¿Qué hacer si la devolución automática no procede?
Si tu devolución automática no pasó, la devolución manual SAT es la opción que te queda. Tramitar la devolución manual SAT puede sonar complicado, pero con los pasos correctos y paciencia, puedes lograrlo.
Requisitos para la Devolución Manual
Identificación oficial vigente.
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Consideraciones Importantes
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como no localizado.
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.
El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.
Presentación de la Declaración Anual
Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
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Plazos para la Devolución
Técnicamente, el SAT dice que puede demorar hasta 40 días hábiles, pero la realidad es que a veces se tarda más.
Contribuyentes Específicos
Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, que tengan saldo a favor del IVA, ISR, impuesto al activo, IETU e IDE, deben presentar su solicitud de devolución con el programa electrónico F3241, que contiene los archivos con la información de los Anexos, 2-A, 2-A Bis, 7, 7-A, 7-B, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A Bis, 8-B, 8-C, 9, 9-Bis, 9-A, 9-B, 9-C, 10, 10-Bis, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-E, 10-F, 11, 11-A, 12, 12-A, 13, 13-A, 14 y 14-A, según corresponda.
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