El complemento de pago es un tipo de CFDI que se utiliza cuando un cliente paga una factura en una fecha distinta a la de su emisión. En el entorno fiscal actual, el cumplimiento de las normativas del SAT es esencial para evitar sanciones, deducir impuestos correctamente y mantener relaciones sanas con los clientes.
Desafíos en la sustitución de complementos de pago
En el nuevo esquema de cancelación del SAT, para el motivo 01 de cancelación, primero se debe realizar la factura que va a sustituir a la incorrecta. Esto se convierte en un problema para poder sustituir los complementos de pago, ya que cuando timbras un pago ya estás afectando la factura a nivel SAT y a nivel sistema. Por lo tanto, al generar el nuevo pago no encontrarás la factura para saldarla y asociarla.
Debido a lo anterior, primero deberás cancelarla en el sistema, sin cancelarla en el SAT. Así, el folio quedará vigente ante el SAT, pero cancelado en el sistema, permitiendo procesar la corrección.
Pasos para generar el nuevo complemento de pago
Al generar un complemento de pago nuevo para sustituir uno previo, se deben seguir estas pautas:
- Genera el complemento de pago nuevo en el sistema.
- No debemos olvidar relacionar la factura que estamos sustituyendo en el botón «Relacionar CFDI».
- Al dar clic en el botón «Relacionar CFDI», deberás elegir la relación tipo: 04 - Sustitución de los CFDI previos.
- Da clic en el botón «Agregar documento» y busca el complemento de pago que estás sustituyendo (por ejemplo, el REP-4).
Recuerda que el apartado de "CFDI Relacionados" solo es para indicar al SAT el motivo de "Sustitución de los CFDI previos". Esto se aplica cuando se canceló un REP (comprobante de tipo pago) por alguna razón y debe notificar al SAT en el nuevo REP el UUID cancelado.
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Consideraciones sobre la cancelación administrativa
Para gestionar correctamente estos documentos, el sistema ofrece herramientas de control:
- Cancelación administrativa: Podrás realizar la cancelación administrativa de tus pagos timbrados a través de la terminal especializada sin que se envíe la cancelación al SAT.
- Consulta: Desde la vista general de los documentos, la pestaña de documentos cancelados te mostrará la información, incluyendo los que fueron cancelados solo en CONTPAQi Factura Electrónica.
- Configuración: Para visualizar estos documentos correctamente, ingresa a configurar la vista y selecciona los campos de Moneda, UUID y descripción del documento.
Cuando el documento se encuentre cancelado administrativamente y se haga clic en el botón Cancelar, se deberá realizar el flujo de cancelación con el motivo correspondiente. El estado de cancelación se deberá actualizar cuando se envíe la cancelación al SAT, de acuerdo a los estados que envía la autoridad.
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