¡Descubre Cómo Timbrar Facturas con tu FIEL Como Persona Moral en Simple Pasos!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Como empresa, una de tus responsabilidades es el pago de impuestos, como el IVA. Este se les cobra a los compradores de nuestros productos o servicios a través del IVA trasladable, que se manifiesta en el comprobante que elaboramos por cada venta, es decir, en nuestras facturas. Hoy en día, es posible emitir de manera electrónica estas facturas, lo que facilita el registro del IVA ante las instituciones de gobierno dedicadas a la administración de los impuestos.

¿Qué es la FIEL y su uso en la facturación?

En ocasiones, generar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) puede llegar a ser un proceso complicado y confuso. Al día de hoy, sigue siendo posible timbrar con la FIEL. La FIEL es un archivo que funciona como una firma electrónica, contiene elementos y códigos únicos diseñados para avalar tu identidad como persona física o moral.

Por otro lado, el desarrollo del CSD es muy similar a la FIEL, ya que ambos son códigos y algoritmos que avalan una identidad. Además, ambos sirven para facturar de forma electrónica y autentificar una factura con su origen y evita robo o manipulación de datos. Es importante que, si emites facturas cuentes con la e.firma para poder timbrarlas.

Requisitos y herramientas para emitir facturas

Para expedir Facturas Electrónicas (CFDI), sólo se requiere seguir estos pasos: tramita un certificado de sello digital con tu Fiel y utiliza la herramienta gratuita del SAT o de algún proveedor autorizado. Si eres persona física no necesitas sello digital, puedes facturar sólo con tu Fiel.

Sin importar la plataforma que elijas, y de acuerdo con el portal del SAT, necesitas la siguiente información siempre que quieras emitir una factura:

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  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona o negocio ante la cual emites la factura.
  • Tu constancia de situación fiscal.
  • Los datos completos de tu comprador: nombre completo, domicilio con código postal, régimen fiscal al que pertenece, uso fiscal que se dará a la factura.
  • Cantidad y descripción del producto o servicio que estás comercializando.
  • El desglose del valor unitario de cada artículo, así como el importe total de la compra expresado en pesos mexicanos.
  • Forma en que se realiza el pago: efectivo, transferencia bancaria o cheque.

Pasos para llenar una factura desde el portal del SAT

Si deseas utilizar directamente la plataforma del SAT, puedes seguir estos pasos:

  1. Ingresa a la página oficial del Servicio de Administración Tributaria en sat.gob.mx y elige «Factura electrónica».
  2. Proporciona credenciales de identificación (RFC, e.firma y contraseña).
  3. Da clic en «Generación de CFDI» y selecciona «Capturar comprobante».
  4. Verifica tus datos (Datos del emisor) e ingresa el RFC del receptor.
  5. Completa los datos de fecha, hora, código postal, moneda de pago y conceptos.
  6. Por último, añade tu firma electrónica en el comprobante fiscal digital y captura los datos del Certificado de Sello Digital (CSD).

Consideraciones sobre la facturación electrónica

La siguiente tabla resume las soluciones comunes para la emisión de documentos fiscales dependiendo del tipo de entidad:

Tipo de contribuyente Solución recomendada
Personas físicas y pequeñas empresas Portal gratuito del SAT (Mis cuentas/Factura fácil)
Medianas empresas Sistemas de facturación privados
Grandes empresas Interconexión vía sistema ERP

Es indispensable recordar que, en la facturación empresarial, se debe tener en cuenta el ISN como parte de los costos operativos. Asimismo, si emites facturas, ten presente que el tiempo para certificar una factura en la herramienta gratuita del SAT no puede exceder de 72 horas.

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