Descubre Todo Sobre el ISR para Personas Físicas: Ejemplos Prácticos y Aspectos Clave que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un pilar fundamental de la economía mexicana. Se aplica a las personas físicas y morales que perciben ingresos y aumentan su riqueza. El porcentaje a pagar varía entre el 1% y el 35% en el caso de las personas físicas, y del 30% en el caso de las personas morales.

El pago de impuestos permite al gobierno contar con los recursos necesarios para llevar a cabo obras y programas de beneficio social, así como para garantizar el cumplimiento de la ley y la justicia para todos.

Recaudación del ISR

Según datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de enero a octubre de 2022, la recaudación tributaria fue mayor en 216 mil 752 millones de pesos nominales y se ubicó en un 99.5% real en comparación con el mismo periodo de 2021.

Específicamente, el Impuesto sobre la Renta (ISR) tuvo un crecimiento de 14.5% real en relación con 2021, derivado principalmente del aumento en los ingresos de las empresas y el crecimiento del empleo formal.

Obligaciones y Deducciones Fiscales

Entre las disposiciones más importantes de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se encuentra la obligación de llevar un registro contable adecuado, el cual debe ser verificable y comprobable para las autoridades fiscales.

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Es importante mencionar que existen diversas deducciones fiscales que pueden aplicar las personas físicas y morales, lo cual puede representar un ahorro significativo en el pago de impuestos. Por ejemplo, las personas físicas pueden deducir gastos médicos, educativos, de transporte, entre otros. Mientras que las empresas pueden deducir gastos relacionados con su actividad empresarial, como rentas, salarios, servicios, entre otros.

Ejemplo de Cálculo del ISR para Actividad Empresarial (Artículo 96 LISR)

A continuación, se presenta un ejemplo de cómo se calcula el ISR para una persona física con actividad empresarial:

Concepto Importe
Ingreso base 10,000.00
Límite inferior 8,601.51
Excedente del límite inferior 1,398.49
% sobre excedente del L.I. 0.1792
Impuesto marginal 250.61
Cuota fija 786.55
Impuesto determinado 1,037.16

Estímulos Fiscales y Ley de Ingresos

El artículo 16 de la Ley de Ingresos en su fracción I señala que se podrá acreditar el IEPS de la utilidad fiscal. Asimismo, la fracción IV de la misma disposición señala que se podrá acreditar el ISR propio o retenido, sólo en el caso de auto-transporte de carga y de pasaje. La fracción V señala que se podrá acreditar el 50% de los gastos de cuotas contra el ISR.

Coordinados y Empresas Integradoras

Existen algunos casos en los cuales los contribuyentes de este sector, consideran que si cumplen con sus obligaciones de pago a través de un coordinado, ya todas sus obligaciones están cubiertas, lo cual es incorrecto, debido a que la personalidad jurídica ya sea de una persona física o persona moral, es muy distinta a la del coordinado o la empresa integradora de la que forman parte, es decir, son totalmente independientes, por lo que se pueden dar varios supuestos:

En el primer supuesto de ambos casos, no quita la obligación a las coordinadas y a las integradas, de presentar sus declaraciones señalando sus operaciones pero sin pagar las contribuciones, ya que las mismas ya las pagó, o el coordinado, o la empresa integradora.

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Tributar a través del Coordinado tiene la ventaja de que el Coordinado se encarga del pago de los impuestos, sin embargo cada integrante tiene que presentar su declaración aunque sea sin pago, por que si no, se la requerirán.

Adicionalmente, se podrá usar la empresa integradora como figura para su promoción y en su caso para otros negocios como podemos observar en las centrales camioneras que son tiendas de recuerdos o suovenirs, así como los restaurantes u hoteles que se ubican en dichas centrales.

Asimismo, otra ventaja que tiene estos contribuyentes es que podrán pagar el combustible en efecto hasta el 20% del total de sus deducciones por ese concepto.

Lavado de Dinero y Actividades Vulnerables

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), también conocida como Ley Antilavado, es de orden e interés público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. El artículo segundo de la misma menciona que su objeto es proteger el sistema financiero y la economía nacional, detectando operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, con coordinación interinstitucional para recabar elementos y perseguir los delitos de operaciones con recursos ilícitos.

El principal objetivo de esta ley es detectar operaciones de tipo ilícito, por lo que enuncia dentro de sus conceptos, las Actividades Vulnerables, las cuales son las siguientes:

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  • El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo, garantía, préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras. Será objeto de Aviso ante la SHCP la operación sea mayor a 1605 veces el SMVDF ($ 80.04); ($ 128,464.20)
  • La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de inmuebles o de intermediación a favor de clientes de quienes presten dichos servicios. Serán objeto de Aviso ante la SHCP cuando la operación sea superior a 8025 veces el SMVDF ($ 80.04); ($ 642,321.00)
  • La comercialización habitual profesional de vehículos con valor superior a 3210 veces el SMVDF ($ 80.04). Serán objeto de Aviso ante la SHCP cuando el monto sea superior a 6420 veces el SMVDF ($ 80.04); ($ 256,928.40, $ 513,856.80).
  • La prestación habitual de servicios de blindaje de vehículos y de inmuebles, por cantidad superior a 2410 veces el SMVDF ($ 80.04). Serán objeto de Aviso ante la SHCP cuando el monto sea superior a 4815 veces el SMVDF ($ 80.04); ($ 192,896.40, $ 385,392.60)
  • La prestación habitual de servicios de traslado o custodia de dinero, con excepción de los del B de M y las instituciones dedicadas al depósito de valores. Serán objeto de Aviso ante la SHCP cuando sea por un monto superior a 3210 el SMVDF ($ 80.04, $ 256,928.40)

Conocer las leyes y reglamentos en la materia es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones y multas. Además, el aprovechamiento de las deducciones fiscales puede representar un ahorro significativo en el pago de impuestos.

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