La cuestión sobre si las consultas quiroprácticas se encuentran exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ha sido objeto de análisis por parte de las autoridades tributarias y los tribunales. Para determinar el gravamen, es fundamental analizar los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Requisitos para la exención del IVA en servicios sanitarios
La Ley del Impuesto declara que estará exenta del mismo la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios, cualquiera que sea la persona destinataria de dichos servicios. Este precepto condiciona la aplicación de la exención a la concurrencia de dos requisitos fundamentales:
- Requisito de carácter objetivo: Se refiere a la naturaleza de los propios servicios que se prestan; deben ser servicios de asistencia a personas físicas que consistan en prestaciones de asistencia médica, quirúrgica o sanitaria relativas al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.
- Requisito de carácter subjetivo: Se refiere a la condición que deben tener quienes prestan los mencionados servicios; los servicios deben ser prestados por un profesional médico o sanitario.
La quiropráctica y la osteopatía en la normativa
A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictada en el asunto C517-17, la interpretación sobre la exención ha evolucionado. El Tribunal de Justicia manifiesta que, en relación con la aplicación de la exención a la práctica de la quiropráctica y la osteopatía, dicha exención no queda subordinada a que la titulación para la práctica de la profesión se encuentre incluida entre la de los profesionales sanitarios regulados por la legislación del Estado miembro.
Por otra parte, la Orden del Ministerio de Ciencia e Innovación CIN/2135/2008 se refiere a la quiropráctica y a la osteopatía entre las competencias que debe adquirir el profesional de Fisioterapia, de conformidad con su plan de estudios. Además, a nivel europeo se ha constituido el Consejo Europeo de Educación Quiropráctica (ECCE), que es una organización autónoma internacional que tiene por objetivo acreditar los niveles de calidad de la educación superior en quiropráctica.
Consideraciones finales para los contribuyentes
La exención comprende las prestaciones de asistencia médica, quirúrgica y sanitaria, relativas al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, incluso las de análisis clínicos y exploraciones radiológicas. Finalmente, los contribuyentes deben considerar que las exenciones determinadas en la LIVA se encuentran determinadas para supuestos específicos, por lo que debe cumplirse tanto con las características como las condicionantes para ser beneficiados de su aplicación.
Lea también: Consultas Médicas e IVA en España
Es importante recordar que la Dirección General de Tributos (DGT) ha publicado nuevas contestaciones a consultas vinculantes tras la sentencia del TJUE para clarificar la aplicación de estos criterios en la práctica profesional diaria.
Lea también: Asesoramiento Contable en Línea
Lea también: Guía para Consultas SAT
