El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado actualizaciones en los requisitos para los sistemas automatizados de control de inventarios, accesibles a través de su plataforma digital. Es necesario que las empresas involucradas en el Programa IMMEX se actualicen conforme a las nuevas normativas del SAT para la gestión de inventarios.
Obligaciones y Requisitos Clave
Para lograr un control de inventarios impecable de cara al SAT y a tu propia empresa, es muy importante cumplir con el Anexo 24 de las reglas generales de comercio exterior. El Anexo 24 exige que las empresas IMMEX tengan un sistema automatizado para el control de sus inventarios y lo mantengan actualizado con información veraz, para evitar sanciones del SAT.
Anexo 24 y las Reglas Generales de Comercio Exterior
Este apartado indica todos los informes que debe hacer tu empresa para cumplir las reglas generales de comercio exterior. El incumplimiento con lo establecido en el Anexo 24 del SAT tiene consecuencias negativas para tu empresa.
Aun cuando no se tiene considerada una modificación de la regla 7.2.2, fracción II, inciso h) de las RGCE para 2024, si contempla la causal de requerimiento cuando no se acredite que el control de inventarios se encuentra de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley Aduanera y demás disposiciones que para tal efecto establezca el SAT.
SACI: Sistema Automatizado de Control de Inventarios
De manera general, se describe que el SACI deberá recibir de manera electrónica, en un plazo que no exceda las 48 horas, la información que se indica en el Apartado A del presente Anexo, que de manera obligatoria debe obtenerse del sistema corporativo, y la información restante deberá recibirse a más tardar al momento del pago del pedimento correspondiente.
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El sistema debe estar equipado, como mínimo, con los catálogos y módulos indicados en el apartado A del Anexo. Cualquier información adicional debe ser incorporada a más tardar al realizar el pago del pedimento correspondiente.
Apartado A del Anexo 24: Componentes Mínimos del Sistema
El sistema debe incluir, como mínimo, los siguientes componentes:
- Catálogos:
- Datos generales del contribuyente.
- Materiales.
- Productos.
- Módulo de aduanas:
- Módulo de información aduanera de entradas (importaciones temporales).
- Módulo de información sobre materiales utilizados.
- Módulo de información aduanera de salidas (retornos, destrucciones, donaciones, cambios de régimen, etc.).
- Módulo de activo fijo.
- Módulo de reportes:
- Reporte de entrada de mercancías de importación temporal.
- Reporte de salida de mercancías de importación temporal.
- Reporte de saldos de mercancías de importación temporal.
RECE y el Control de Inventarios
Es importante identificar que los objetivos establecidos en el Apartado C del citado anexo se encuentran vinculados con el control de inventarios de las mercancías importadas temporalmente con el propósito de comprobar los retornos, por consiguiente, si las empresas RECE no realiza operaciones bajo un régimen aduanero afín no tiene la obligación de cumplir con dichos requisitos, por ejemplo, no hace referencia sobre la introducción de mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico y sus extracciones.
A manera de ejemplo, una empresa autorizada con el RECE de la modalidad de Comercializadora e Importadora tiene el requisito de no contar con programa IMMEX, por consiguiente, no realiza importaciones temporales. Asimismo, las empresas RECE bajo las modalidades de Socio Comercial Certificado en el rubro de Auto Transportista Terrestre, Agente Aduanal, Transportista Ferroviario, Parque Industrial, Recinto Fiscalizado, Mensajería y Paquetería y Almacén General de Depósito, no realizan tampoco importaciones temporales bajo un programa IMMEX.
SECIIT y Objetivos
También, se identifica que la autoridad aduanera replicó los objetivos previstos para el Apartado B relacionado con la información que deberá contener el SECIIT.
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Otros Requisitos y Consideraciones
Además del control de inventarios, es importante tener en cuenta otros requisitos generales:
- Contar con personal registrado ante el IMSS o mediante la subcontratación de empleados, así como estar al corriente con la obligación de retener y enterar el Impuesto Sobre la Renta de los trabajadores.
- Tener registrados ante el SAT todos los domicilios o establecimientos en los que realicen actividades vinculadas con el programa de maquila o exportación.
- Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
En relación con los artículos 59, fracción I, 185-A y 185-B de la Ley, así como la regla 4.3.2., es fundamental mantener una buena opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
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