Descubre los Criterios del SAT que están Revolucionando el Cálculo del ISR ¡Impulsa tus Finanzas Ya!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cabe recordar que como parte de las obligaciones que tienen las autoridades para promover y garantizar el cumplimiento de sus facultades está el dar a conocer a los contribuyentes -a través de los medios de difusión que se señalen en las reglas de carácter general- los criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales; salvo aquellos que, a juicio de la propia autoridad, tengan el carácter de confidenciales. Los Criterios Normativos son una muestra de la falta de claridad en la redacción de algunas disposiciones fiscales; lo que genera, en algunos casos, más de una interpretación en su aplicación, misma que puede ser indebidamente favorable para cualquiera de las partes, las autoridades fiscales o los contribuyentes.

Definiciones y aplicación de la retención de ISR

La retención de ISR (Impuesto Sobre la Renta) ocurre cuando una persona o empresa efectúa un pago y está legalmente obligada a retener una parte de ese monto para entregárselo directamente al SAT. La retención de impuestos aplica a una gran parte de los contribuyentes, tanto personas físicas como personas morales. Cuando una empresa contrata a un profesionista independiente, está obligada a retener parte del ISR. Las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), también pueden aplicarse retenciones, especialmente si reciben ingresos de personas morales.

Es importante distinguir los mecanismos de recaudación:

  • Relación laboral: Cuando una persona física trabaja para una empresa como parte de una relación laboral, el ISR retenido es un monto que el empleador descuenta directamente del salario del trabajador. Esa retención es una obligación del patrón, quien debe enterarla al gobierno a través del SAT.
  • Pagos provisionales: Aplican, por ejemplo, a quienes prestan servicios profesionales, rentan inmuebles, o tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Aquí, la persona es responsable de calcular el ISR, presentar su declaración mensual y cubrir el impuesto correspondiente.

Consideraciones sobre el cumplimiento fiscal

Al cierre del año, el trabajador puede revisar si el monto retenido coincide con lo que realmente debía pagar por eso es importante saber cómo calcular el ISR. Este proceso se realiza a través del portal del SAT y permite presentar una solicitud formal de devolución. Desde el punto de vista del trabajador, puede parecer una ventaja inmediata porque recibe su salario completo, sin descuentos. Sin embargo, esto puede complicar la declaración anual: el ISR retenido suele usarse para cubrir parte del impuesto anual, así que si no fue retenido, es probable que tenga que hacer un pago adicional al SAT. Además, la falta de retenciones puede afectar el historial fiscal del contribuyente, dificultando trámites como la solicitud de créditos, devolución de impuestos, o el acceso a ciertos programas del gobierno.

Criterios relevantes y marco normativo

Dentro de los criterios normativos y legales que rigen la materia, destaca el Criterio 46/ISR/N referente al deducible del seguro de gastos médicos. La normativa fiscal se apoya en una estructura amplia de artículos que regulan los ingresos, deducciones y obligaciones, tales como:

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  • Artículos de ingresos y retenciones: 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102.
  • Artículos de actividades empresariales y profesionales: 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 114, 115, 116.
  • Artículos del RESICO: 113-A, 113-B, 113-C, 113-E, 113-F, 113-G, 113-H, 113-I, 113-J.
  • Artículos de deducciones y otros: 147, 148, 149, 150, 151, 152, 176, 177, 178.

En el caso de que seas persona física con actividad empresarial o bajo el RESICO, y no se haya aplicado la retención correspondiente, puedes regularizarte al presentar los pagos provisionales. La autoridad mantiene diversos apartados de criterios, que incluyen desde el 1/ISR/N sobre establecimientos permanentes hasta el 30/ISR/N sobre actualización de pérdidas fiscales, los cuales sirven como guía para la interpretación de las leyes sustantivas.

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