Descubre Cuándo y Cómo Hacer Tu Declaración Patrimonial de Conclusión ¡No Pierdas Esta Oportunidad!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La obligación de presentar la declaración de situación patrimonial es un requisito fundamental para los servidores públicos. Es necesario comprender los plazos y las condiciones bajo las cuales debe realizarse la declaración final o de conclusión del encargo, garantizando así la transparencia en el ejercicio de la función pública.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

Esta disposición aplica específicamente a los servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como a todas aquellas personas que intervengan en la adjudicación de pedidos o contratos dentro de la administración pública.

Plazos y momentos para la presentación

Es importante destacar que el plazo legal para cumplir con esta obligación no excederá de 90 días para su presentación una vez que el servidor público concluye su encargo. Las modificaciones patrimoniales deben presentarse estando en ejercicio de la función, abarcando los bienes y movimientos realizados desde el 1º de enero hasta la fecha de conclusión.

Para mayor claridad sobre los periodos de reporte, se presenta el siguiente resumen:

  • Modificaciones patrimoniales: Se declaran las variaciones ocurridas entre el 1º de enero y la fecha de cierre.
  • Extensión de la declaración: Deben declararse los bienes públicos, los de su cónyuge y los de sus dependientes económicos directos.
  • Bienes de alto valor: Cualquier bien de alto valor deba declararse, incluyendo la ampliación de bienes inmuebles a su patrimonio.

Consideraciones adicionales y manejo de información

Durante el llenado del formulario, existen aspectos técnicos que el servidor público debe considerar para evitar sanciones o notificaciones por omisión:

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  • Uso de la opción "Otros": Cuando seleccione la opción otros en cualquier apartado, es necesario especificar el concepto.
  • Comentarios y sugerencias: Si desea hacer algún comentario o sugerencia, el sistema permite habilitar un espacio para ello.
  • Notificación de omisión: En caso de incumplimiento, se procederá mediante notificación de la Secretaría de la Función Pública haciendo constar la referida omisión.

Para cualquier duda o entrega de documentación física, la oficina de la Secretaría de la Función Pública se encuentra ubicada en Perif. Luis Echeverría esq., cumpliendo con los lineamientos establecidos para los sujetos obligados que no hayan cumplido con esta disposición en el tiempo estipulado.

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