El sistema tributario mexicano ha sufrido diversas y constantes modificaciones a lo largo del tiempo. Algunas han sido más drásticas que otras, como el aumento en la tasa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que pasó de 10% a 15% en 1995. Dichas modificaciones han afectado el nivel recaudatorio de diferentes maneras y proporciones. El IVA es un impuesto indirecto, en donde el agente económico que lo recauda no es generalmente quien termina soportando la carga fiscal.
Historia y Modificaciones de la Tasa General del IVA
El cobro de IVA comenzó el 1º de enero de 1980, en el gobierno de López Portillo, y la ley original (publicada en diciembre de 1978) establecía una tasa general de 10 por ciento, sin gravar alimentos. A lo largo de los años, esta tasa ha visto varias fluctuaciones significativas.
Evolución de las Tasas del IVA en México
- En 1990, la tasa general del IVA era del 15%, con un 6% en ciudades fronterizas y un 20% para artículos de lujo.
- Para 1992, la tasa general se disminuyó al 10%.
- En 1995, se aumenta la tasa general del IVA al 15% y la tasa en ciudades fronterizas al 10%. Dichas tasas no sufrieron cambios por un período de 15 años.
- Empezando a partir de 2010, la tasa general del IVA subió al 16% y la tasa en ciudades fronterizas al 11%.
- En 2014, se homologó en 16% la tasa del IVA general y la de las ciudades fronterizas.
El Aumento del IVA al 15% en 1995
El incremento de la tasa general del IVA del 10% al 15% en 1995 fue una de las modificaciones más destacadas en la historia tributaria de México.
Contexto y Justificación del Incremento
El aumento forma parte del programa de ajuste macroeconómico impuesto por el gobierno de Ernesto Zedillo para superar la crisis económica junto con otros ajustes que exigen los organismos financieros internacionales a cambio de apoyo. Se trataba de fortalecer la postura fiscal del gobierno con el aumento del IVA en todo el país, excepto en las fronteras. El incremento de (precios) los servicios anunciados en días anteriores, más el incremento al IVA, hacen un efecto multiplicador en los ingresos federales y un efecto debilitador en la misma intensidad en el poder adquisitivo de la población en general. Una de esas “sugerencias” recurrentes es la de gravar alimentos y medicinas con el impuesto al valor agregado (IVA), en un país donde más de la mitad de la población es pobre y alrededor de 28 millones carecen de ingreso para alimentarse.
El Debate y la Aprobación Legislativa
La decisión de aumentar el IVA generó un enconado debate en el Congreso de la Unión. El grupo mayoritario priísta, coordinado por Humberto Roque Villanueva, celebró con júbilo la votación a favor del incremento del gravamen en un 50%. Es pública y notoria la inconformidad de la ciudadanía ante la aprobación que dio la mayoría en el Congreso de la Unión a la iniciativa para aumentar de 10 a 15 por ciento la tasa del impuesto al valor agregado.
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Los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional, preocupados por las graves determinaciones que en materia económica ha impuesto el Ejecutivo y que afectan gravemente a la población, tomaron la determinación de efectuar todo aquello que resultara necesario para dar vigencia a los únicos medios de defensa con que cuenta la población en general. Los diputados del PAN iniciaron la formulación de una controversia constitucional en contra de las reformas y adiciones aprobadas a la ley del IVA, por considerar que eran contrarias a los principios de proporcionalidad y equidad. La bancada del PRD también se sumó a la lucha contra el incremento del IVA por considerar que afectaría a los sectores con menores recursos y sugirió la suspensión del pago de la deuda.
Por su parte, el diputado priísta Francisco Suárez Dávila, presidente de la Comisión de Hacienda, argumentó: "Se piensa erróneamente que esto es para beneficiar al gobierno y no al pueblo. ¡Esto es falaz! Más ingresos permiten gasto social, inversión pública y sostenimiento de empleos. Estos problemas a nivel de gobierno, como de empresas o familias, se corrigen aumentando el ingreso, reduciendo el gasto y gastando mejor".
Finalmente, el aumento “temporal” del IVA del 10 al 15% se aprobó por 290 votos a favor, contra 172 votos de los panistas, perredistas y petistas, así como de Aguilar Zinzer y del único diputado priista que votó en contra: Alejandro Rojas Díaz Durán.
Impacto en la Recaudación
Los aumentos en las tasas de IVA tuvieron un impacto positivo en la recaudación. Durante los 15 años posteriores a su implementación, la recaudación del IVA tuvo una tendencia al alza, iniciando en 2.3% del PIB en 1995 y terminando en 3.4% del PIB en 2009. El aumento en el costo de los servicios, como gasolina, diesel y gas, incidió en el gasto de las empresas tanto de transformación como de servicios, y esto provocó un efecto multiplicador altamente inflacionario, debilitando el poder adquisitivo y generando más miseria. Durante este período, el crecimiento del PIB tuvo diferentes altibajos, inclusive llegando a tener tasas negativas en 1995, 2001 y 2009. Sin embargo, estos altibajos en el PIB no afectaron la recaudación por concepto de IVA, ya que, medida como porcentaje del PIB, fue en constante aumento, con excepción de 2009, en donde disminuyó ligeramente.
Definición y Tipos de IVA en México
El IVA es un impuesto que grava el consumo final de productos y servicios. En México la tasa de IVA estándar es del 16 %, la cual se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
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IVA en Importaciones y Exportaciones
La importación es la recepción de un bien procedente de un tercer país a México. Este tipo de operaciones pueden ser realizadas por autónomos, empresas, particulares o cualquier otro tipo de organización. El impuesto aplicable a las importaciones en México toma como base imponible el valor aduanero de los productos, los aranceles aduaneros e impuestos especiales, los gastos del agente de aduanas y los costes adicionales. Sobre ese total se aplica el tipo de impuesto correspondiente según el régimen fiscal y la naturaleza del producto importado.
En el caso de las exportaciones a la Unión Europea, se aplica el IVA correspondiente. Sin embargo, si la entrega del producto o la prestación del servicio es a un tercer país no miembro de la Unión Europea, esta operación no está sujeta a IVA. En el caso de las mercancías, estas deben cumplir toda la legislación vigente, como que la mercancía salga en un plazo de 30 días de la UE y que pueda demostrar la operación.
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