Se dice que la vida adulta comienza cuando damos inicio a las obligaciones fiscales; también, que de la muerte y del fisco nadie se salva. Las encargadas de hacer posible esta realidad son las leyes fiscales aplicables en México, con las cuales es mejor estar familiarizados por lo menos a grandes rasgos.
En el marco del sistema jurídico mexicano, la jerarquía de las leyes fiscales representa el orden legal que define qué norma tiene mayor peso cuando existen conflictos o contradicciones entre disposiciones. La jerarquía legal establece una estructura piramidal, en la que cada nivel de norma tiene una posición definida en relación con las demás. Este orden garantiza que ninguna disposición inferior contradiga a una superior.
Comprender la jerarquía normativa permite detectar cuándo una autoridad puede estar actuando fuera del marco legal o emitiendo criterios que no tienen sustento constitucional.
La Constitución Política como Base del Sistema Tributario
En México, la base legal para el pago de impuestos está respaldada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece los principios fundamentales que rigen el sistema tributario. Cada contribuyente debe pagar impuestos según su capacidad económica. A su vez, esta regulación del CFF está respaldada por el Artículo 31 Fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que establece que «son obligaciones de los Mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la máxima norma jurídica en el país que rige sobre todas las demás, lo que en pocas palabras quiere decir que siempre tendrá la decisión final ante un juez durante alguna controversia presentada.
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Orden de Prelación en el Ámbito Fiscal
En el ámbito fiscal, entender el orden de prelación es clave para aplicar correctamente las normas cuando se presentan dudas o conflictos legales. Este orden determina cuáles son las normas fiscales de mayor jerarquía, es decir, cuáles prevalecen sobre otras dentro del sistema jurídico mexicano.
En la cúspide de la jerarquía de las leyes fiscales se encuentra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece los principios fundamentales en materia tributaria, como el de legalidad y proporcionalidad. Después de las leyes, se encuentran los reglamentos y resoluciones administrativas emitidas por el SAT y otras autoridades fiscales.
Identificar con claridad cuáles son las normas fiscales de mayor jerarquía permite responder adecuadamente ante interpretaciones erróneas, auditorías o disputas fiscales.
Jerarquía Normativa Detallada
El sistema jurídico se organiza en una jerarquía normativa que establece un orden claro para la creación y aplicación de leyes. En la cúspide de la jerarquía se encuentra la Constitución, que es la ley fundamental del país. La Constitución establece los principios básicos que regulan el sistema político y jurídico, y actúa como marco de referencia para todas las demás leyes. Inmediatamente después de la Constitución están las leyes orgánicas, que tienen una función clave en el desarrollo de los principios constitucionales. Estas leyes regulan aspectos esenciales como la organización del Estado, los derechos fundamentales y las instituciones más importantes.
Las leyes ordinarias son normas de carácter general que cubren la mayoría de las materias legislativas. Entre ellas se encuentran las leyes fiscales, que regulan los impuestos, contribuciones y demás obligaciones tributarias. En la base de la pirámide se encuentran los reglamentos y las normas administrativas. Estas normas, emitidas por la administración pública, tienen como función especificar y detallar cómo deben aplicarse las leyes en situaciones concretas.
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Las leyes fiscales, como parte de las leyes ordinarias, ocupan un lugar importante en esta jerarquía. Aunque son esenciales para la regulación económica y la recaudación de impuestos, su posición en el sistema jurídico está subordinada a la Constitución y a las leyes orgánicas.
Comparación: Leyes Fiscales vs. Otras Ramas del Derecho
El sistema jurídico mexicano se compone de diversas ramas que regulan distintos aspectos de la vida social y económica. Entre ellas, las leyes fiscales ocupan un lugar fundamental, pero tienen características y aplicaciones distintas a otras áreas del derecho, como el derecho civil o mercantil.
Las leyes fiscales están enfocadas en regular las obligaciones tributarias de los contribuyentes, estableciendo cómo se deben calcular, declarar y pagar impuestos. A diferencia de las leyes fiscales, el derecho civil regula las relaciones privadas entre individuos, como contratos, propiedad y responsabilidad civil. Las leyes fiscales tienen un carácter obligatorio y vinculante, especialmente en temas de recaudación y fiscalización.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley suprema del país y establece los principios fundamentales que rigen el ordenamiento jurídico. Además de la Constitución, hay leyes orgánicas que desarrollan y complementan aspectos fundamentales del sistema legal. Las leyes ordinarias, por su parte, regulan temas generales y son también esenciales en la estructura del derecho en México. Los reglamentos y normas administrativas son instrumentos que permiten la aplicación práctica de las leyes.
Obligaciones y Derechos de los Contribuyentes
Los mexicanos tenemos como obligación contribuir al gasto público. Esta obligación se encuentra contemplada en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: “Artículo 31: Son obligaciones de los Mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
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El Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. La Federación también está obligada a pagar contribuciones pero únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente, los Estados Extranjeros en casos de reciprocidad no están obligados a pagar impuestos.
Es importante destacar que en México los medios electrónicos han tomado importancia en materia fiscal pues las declaraciones, los pagos, requerimientos de la autoridad entre otras operaciones en la materia se llevan a cabo a través de medios electrónicos.
Por virtud del artículo 8 Constitucional en relación con el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes pueden presentar escritos ante las autoridades fiscales en los cuales les formulen consultas o solicitudes de autorización y para ello deberán atender los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación como nombre, dirección, teléfono, registro federal de contribuyentes, actividades a las que se dedica el interesado, hechos y circunstancias relacionados con el escrito, entre otros.
Y la autoridad, por disposición del artículo 37 del Código Fiscal de la Federación tiene la obligación de dar respuesta a estos escritos en un plazo de tres meses, si transcurre ese plazo sin que la autoridad notifique resolución al interesado o contribuyente, se considera que la autoridad resolvió negativamente. Por ejemplo, si un contribuyente solicita la condonación de una multa y la autoridad no resuelve esa solicitud en el plazo de tres meses, se tiene que la autoridad resolvió en forma negativa, esto es, que no autorizó la condonación.
Actos Administrativos y Notificaciones en Materia Fiscal
El acto administrativo en materia fiscal es el término empleado para referirse al acto emitido por la autoridad fiscal. Mediante un acto administrativo la autoridad comunica, ordena, resuelve o ejecuta acciones cuando se configuran en la realidad las hipótesis normativas aplicables al caso concreto. De conformidad con el artículo 16 Constitucional, un acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, esto es, la autoridad debe de expresar de manera precisa el precepto legal aplicable al caso, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas que haya tenido en consideración para emitir el acto.
En materia fiscal, la notificación es el acto por medio del cual la autoridad fiscal da a conocer un acto o resolución a los contribuyentes a efecto de que se encuentren en posibilidad de dar oportuna respuesta a dicho acto o resolución o bien puedan interponer los medios de defensa previstos por la ley. La autoridad puede dar a conocer a los contribuyentes los actos administrativos de forma personal, por correo certificado, de forma electrónica a través del buzón tributario, por correo ordinario o telegrama, por estrados, por edictos o por instructivos.
El Código Fiscal establece las formalidades que deben seguirse para llevar a cabo las notificaciones. Si las notificaciones no cumplen con esas formalidades podrán ser impugnadas por los contribuyentes a través de los medios de defensa legal establecidos para tal efecto.
Facultades de Comprobación de la Autoridad Fiscal
En virtud de sus facultades de comprobación la autoridad fiscal podrá practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados; recabar de funcionarios, empleados públicos y fedatarios informes y datos que posean con motivo de sus funciones; practicar u ordenar que se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte, entre otros.
Por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las autoridades fiscales de las entidades federativas podrán solicitar en una visita domiciliaria a los contribuyentes que exhiban datos y documentos que acrediten que están presentando sus declaraciones y que han pagado impuestos conforme a la ley. El Código Fiscal de la Federación y otros dispositivos fiscales establecen los procedimientos y requisitos de fondo y forma para que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación.
En este procedimiento, la autoridad requiere el pago del crédito fiscal al contribuyente, en caso de que el contribuyente no pruebe haber efectuado el pago, la autoridad fiscal podrá practicar el embargo sobre bienes o la negociación del contribuyente que sean suficientes para cubrir el crédito fiscal. La autoridad fiscal podrá embargar bienes inmuebles, bienes muebles como acciones, bonos, cupones, derechos de autor, marcas, obras artísticas, entre otros.
Aquí es importante mencionar que los Códigos Fiscales de la Federación y de las Entidades Federativas y de los municipios disponen qué bienes quedan exceptuados de embargo, algunos de estos son: el lecho cotidiano, los vestidos, los muebles que no sean de lujo del deudor y de sus familiares, el patrimonio de familia, la maquinaria, los instrumentos o mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor, entre otros. Uno de los supuestos para que el embargo quede sin efecto se da cuando el contribuyente cumple con el requerimiento de pago del crédito fiscal a su cargo.
Las autoridades fiscales podrán aplicar multas a los contribuyentes por infracciones a las disposiciones fiscales, independientemente de que se exija el pago de las contribuciones respectivas y sus demás accesorios.
Medios de Defensa del Contribuyente
Ahora bien, en cuanto a los delitos fiscales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de víctima u ofendido en los procedimientos y juicios penales que se lleven a cabo conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, relacionados con los delitos previstos en los Códigos Fiscales.
El recurso de revocación se interpone contra actos administrativos en materia fiscal y ante la propia autoridad competente en materia fiscal. El Juicio Contencioso Administrativo se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y se regirá por las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por los Tratados Internacionales de los que México sea parte. El Amparo en Materia Fiscal es otra de las instancias con las que cuentan los gobernados para impugnar actos de autoridades fiscales por violación directa de garantías; leyes que por su expedición causen perjuicio al gobernado; y contra actos o resoluciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La Ley de Amparo contempla las normas aplicables en esta instancia.
Otras Disposiciones Fiscales Relevantes
Para que conozcas el objetivo de cada una de las leyes fiscales y aduaneras vigentes en México es necesario entrar un poco a detalle.
- Ley de Ingresos de la Federación. Legislación reglamentaria de la Constitución Mexicana con vigencia anual, que establece el catálogo de contribuciones que pueden recaudarse en un ejercicio.
- Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes.
- Código de Comercio.
- Ley Aduanera.
- Ley de Coordinación Fiscal.
