Descubre la Declaración de Tokio: La Ética Médica que Pone Fin a la Torturapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Declaración de Tokio, adoptada por la Asociación Médica Mundial en octubre de 1975, constituye un pilar fundamental en la ética médica global. Este documento surge como una respuesta necesaria para definir el papel del facultativo en situaciones donde el Estado utiliza o tolera la tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

¿Qué es y cuál es su significado?

Existe una distinción clara entre la medicina orientada al beneficio de la persona y el abuso de la medicina. La Declaración de Tokio establece que los médicos tienen la obligación de diagnosticar y tratar a las víctimas de tortura. Por otro lado, tienen la prohibición ética de realizar cualquier estudio o facilitar información o tratamiento que pueda llevar a una perpetuación de la tortura.

Estas acciones implican la participación del médico en la tortura, lo cual no solo no es ético, sino que también promueve la aceptación de estos procedimientos, destruyendo la confianza de los pacientes en la medicina. El médico tiene el privilegio y el deber de ejercer su profesión al servicio de la humanidad, preservando y restituyendo la salud mental y corporal sin prejuicios personales y aliviando el sufrimiento de sus pacientes.

Principios fundamentales para la práctica médica

  • Independencia clínica: El médico debe gozar de una completa independencia clínica para decidir el tipo de atención médica para la persona bajo su responsabilidad.
  • Confidencialidad: Cuando el médico preste asistencia médica a detenidos o prisioneros que son o podrían ser interrogados más adelante, debe ser muy cuidadoso para asegurar la confidencialidad de toda información médica personal.
  • Huelgas de hambre: En el caso de un prisionero que rechace alimentos y a quien el médico considera capaz de comprender racional y sanamente las consecuencias de dicho rechazo voluntario de alimentación, no deberá ser alimentado artificialmente. La decisión sobre la capacidad racional del prisionero debe ser confirmada al menos por otro médico ajeno al caso.

Resumen de responsabilidades éticas

Ámbito de actuación Directriz ética
Víctimas de tortura Obligación de diagnosticar y tratar.
Participación en tortura Prohibición absoluta de facilitar información o tratamientos.
Autonomía profesional Garantía de independencia clínica total.

Los médicos sirven a sus pacientes durante toda su vida para sanarlos, aliviar el sufrimiento o confortarlos, actuando siempre en el respeto de los intereses del paciente y manteniendo la integridad de la profesión médica frente a presiones externas.

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