Descubre Cómo Manejar la Pérdida Deducible en Instrumentos Financieros Derivados: Guía Completa y Requisitos Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

La función principal de los instrumentos financieros derivados es permitir a las empresas gestionar los riesgos asociados con la volatilidad del mercado, lo que contribuye a una mayor estabilidad financiera y genera certidumbre en sus operaciones. De modo similar, el Tribunal Fiscal citando a Gotlib ha definido a los IFD como “un contrato financiero cuyo valor depende del valor de uno o más activos, tipos o índices subyacentes”. Bajo dicho contexto, los agentes de mercado normalmente suscriben los contratos de IFD como un mecanismo de protección frente a los riesgos derivados de sus negocios u operaciones financieras, pero también pueden suscribir IFD con fines especulativos.

A nivel global, la utilización de las operaciones financieras derivadas (OFD) se incrementó significativamente en la década de los ochenta. En México, su empleo ha sido cada vez más constante en la última década por las experiencias sufridas, sobre todo por el incremento repentino en el porcentaje en las tasas de interés o el tipo de cambio, principalmente frente al dólar norteamericano. El uso de instrumentos financieros derivados implica un análisis desde diferentes aristas, donde el área financiera del contribuyente mostrará los beneficios de su uso. Parece este tema algo complejo y ajeno, pues siempre se les asocia a grandes corporaciones o al sistema financiero y sus intermediarios, pero no es así. Los OFD siempre están referidos a activos o productos subyacentes, como pueden ser divisas, indicadores financieros -tasa de interés, índices o acciones-, o productos como son los metales, alimentos, energéticos etcétera.

Clasificación y Tipos de Instrumentos Financieros Derivados

De acuerdo con su naturaleza, los instrumentos financieros derivados también son clasificados como instrumentos financieros de deuda y de capital.

  • Los primeros incluyen instrumentos relacionados con tasas de interés, bonos y créditos, que son utilizados principalmente para gestionar el riesgo de fluctuaciones en las tasas de interés y para asegurar condiciones favorables en el financiamiento.
  • Por otro lado, los derivados de capital están vinculados al tipo de cambio de monedas, acciones y commodities[1], que son utilizados principalmente para protegerse contra variaciones en el valor de las monedas o para asegurar precios en la compra-venta de acciones y materias primas.

Una vez explicado lo anterior, tenemos que los principales productos financieros son los futuros, opciones, swaps y forwards. A continuación, se presenta un resumen de sus características principales:

Tipo de Instrumento Descripción
Futuros Son contratos mediante los cuales las partes se comprometen a comprar o vender un activo, que puede ser real o financiero, a un precio determinado en una fecha futura.
Forwards Similar a los futuros, los forwards son contratos en los que las partes se comprometen a comprar o vender un activo a un precio determinado en una fecha futura.
Swaps Son contratos en los que las partes acuerdan intercambiar flujos de efectivo en una fecha futura. Un SWAP es un contrato a través del cual las partes acuerdan llevar a cabo un intercambio de flujos.
Opciones Estos instrumentos otorgan el derecho, pero no la obligación, de comprar (call option) o vender (put option) un activo a un precio determinado. El adquirente paga una prima por este derecho, y puede decidir si ejerce la opción en una fecha o serie de fechas establecidas.
Opciones y Warrants Llevar a cabo este tipo de transacciones representa que una de las partes tendrá la posibilidad, pero no la obligación, de adquirir un bien a un precio determinado y en una fecha establecida. Son instrumentos que dan el derecho a comprar o vender algo a un precio determinado mediante el pago de una prima por contar con la opción de ejercer o no su derecho.
Instrumentos Híbridos (Swaptions) Con la necesidad de administrar los activos, pero sobre todo, diversificar los riesgos en los negocios, han surgido recientemente instrumentos híbridos operados en el mercado extrabursátil, entre los más comunes encontramos los swaptions, partiendo de la característica de la opción, decidir pagar o recibir, a un interés fijo por uno variable, o viceversa.

Marco Normativo y Fiscal de los Instrumentos Financieros Derivados

Para el caso de México, donde se encuentran los aspectos generales, así como la forma en que tienen que ser presentados y valuados dichos instrumentos, es en la Norma de Información Financiera (NIF) C-10, Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura. Sin embargo, debemos tener cuidado sobre su tratamiento fiscal, así como su efecto y empleo de acuerdo con los tratados internacionales. Ante las tendencias de fiscalización que se han observado en el pasado reciente, los contribuyentes necesitan fortalecer su entendimiento de las operaciones que llevan a cabo y de las implicaciones fiscales que éstas pudieran generar.

Lea también: Guía para Acreditar IVA Retenido

Determinación de la Pérdida Deducible

La pérdida fiscal es un tema crucial en el ámbito financiero y tributario, que afecta tanto a empresas como a individuos. Estas pérdidas fiscales pueden surgir por diferentes razones, como la disminución de las ventas, altos costos operativos o inversiones fallidas. Una pérdida fiscal se determina en el contexto de los impuestos sobre la renta y se produce cuando los gastos deducibles de una persona o empresa superan sus ingresos tributables en un período fiscal determinado.

El proceso para su determinación incluye los siguientes pasos:

  1. En primer lugar, se calculan los ingresos tributables del contribuyente durante el período fiscal.
  2. A continuación, se determinan los gastos deducibles que pueden ser restados de los ingresos tributables.
  3. Se comparan los ingresos tributables calculados en el paso 1 con los gastos deducibles determinados en el paso 2.

Una vez determinada la pérdida fiscal, el contribuyente puede utilizarla para reducir su carga tributaria en períodos fiscales futuros. La utilidad fiscal se refiere al resultado financiero de una empresa o individuo que se utiliza para calcular los impuestos a pagar. La utilidad fiscal se calcula a partir de los ingresos y gastos registrados en los libros contables de acuerdo con las normas fiscales y los principios contables aplicables en cada jurisdicción. En algunos países, existen deducciones, créditos fiscales y otros beneficios impositivos que pueden afectar la utilidad fiscal. Las pérdidas fiscales son un elemento clave en el cálculo de la carga tributaria de una empresa.

Regulaciones Específicas sobre Ganancias y Pérdidas en Derivados

El Artículo 20. VIII establece que la ganancia acumulable o la pérdida deducible de las operaciones financieras derivadas referidas al tipo de cambio de una divisa, se determinará al cierre de cada ejercicio, aun en el caso de que la operación no haya sido ejercida en virtud de que su fecha de vencimiento corresponde a un ejercicio posterior.

Desafíos y Discrepancias en la Regulación

Es importante considerar que existe la posibilidad de que la “opción” nunca sea ejercida por el contratante, lo cual resulta lógico y común, sobre todo cuando en las fechas fijadas en el contrato las condiciones no favorecen al titular; bajo este supuesto, el cumplir a cabalidad con lo establecido en la regla miscelánea 3.2.6, puede generar efectos irreales en la determinación de la pérdida o ganancia que los contribuyentes se ven obligados a determinar al final de cada ejercicio que transcurra entre la fecha de contratación y la fecha de vencimiento, lo cual resultaría discrepante de su situación económica real, vulnerando los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributaria.

Lea también: Contabilidad en México: Un recorrido histórico

Finalmente, un elemento adicional a considerar es que la LISR no contiene una cláusula habilitante mediante la cual se faculte a la autoridad para expedir reglas de carácter general que regulen el procedimiento relativo a las operaciones financieras derivadas referidas a un tipo de cambio, en ese contexto, resulta evidente que la regla 3.2.6 de la RMF añade elementos no previstos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, lo que cuestiona su obligatoriedad. Proporcionar un marco fiscal claro y actualizado es fundamental para fomentar la inversión y la actividad empresarial en el país. A medida que evoluciona el entorno económico y fiscal, es necesario ajustar y actualizar las normas y regulaciones fiscales para adaptarse a las nuevas circunstancias. Mantener una base impositiva equitativa y transparente es fundamental para el funcionamiento adecuado del sistema fiscal.

Derivados de Cobertura vs. Especulativos

El régimen tributario previsto para los IFD establece tratamientos diferenciados dependiendo de si son contratados con fines de cobertura o no. Sobre el particular, el artículo 5-A de la Ley del IR señala que los IFD celebrados con fines de cobertura son aquellos contratados en el curso ordinario del negocio, empresa o actividad con el objeto de evitar, atenuar o eliminar el riesgo, por el efecto de futuras fluctuaciones en precios de mercaderías, commodities, tipos de cambios, tasas de intereses o cualquier otro índice de referencia. No obstante, la referida distinción tiene un impacto directo en el tratamiento de las pérdidas que se originen como producto de los IFD.

A fin de abordar el tema de los gastos vinculados a la suscripción de IFD, debemos tener en cuenta que éstos tienen una naturaleza distinta a lo señalado anteriormente; en efecto, las pérdidas o ganancias generadas por los IFD tiene naturaleza de resultado, por lo cual su aplicación a los resultados del ejercicio dependerá de si dicho resultado puede o no compensarse con la renta neta generada por el contribuyente. Así por ejemplo, si un contribuyente paga primas periódicas por la suscripción de un IFD de tipo contrato de opción, y luego del análisis de los requisitos señalados en el Artículo 5-A de la Ley del IR se concluye que el mismo no califica como un IFD de cobertura, las pérdidas que se obtengan por dicho contrato no se podrán compensar contra la renta neta generada por dicho contribuyente, con lo cual, si no tuviera otras rentas por IFD de no cobertura, deberá de adicionar dichos gastos en el referido ejercicio.

En relación con lo anterior, también se debe tener en cuenta que se incurren en diferentes gastos para la contratación de los IFDs y otros conceptos, como por ejemplo, el pago de la prima para la suscripción de los contratos de derivados[4].

Consideraciones Adicionales

Todas las cantidades iniciales de los supuestos enlistados, se actualizarán desde el mes en el que se cumple con el pago y aquél en el que la operación financiera derivada se liquide. Tratándose de sus efectos en el ajuste anual por inflación, sólo serán parte de su cargo cuando una parte deposite o entregue un activo para la operación, y a su vez, represente un pasivo para su contraparte.

Lea también: Evolución del SAT

Finalmente, debido a su relevancia especial es indispensable conocer si las operaciones financieras derivadas son contratadas entre partes relacionadas, pues en estos casos les aplican las reglas de los estudios de precios de transferencia, teniendo en cuenta que no son deducibles aquellas pérdidas generadas, cuando se hayan pactado fuera de valor de mercado, conforme a la fracción XIX del artículo 28 de la LISR. Ahora cabe una precisión, si bien es cierto la mayoría de operaciones financieras derivadas se llevan mediante la intervención del sector financiero, también es que como medida de protección a los tipos cambiarios o variaciones en los precios de los insumos, muchos contratos particulares fijan los precios de acuerdo a los intereses o indicadores de mercados reconocidos.

[1] Los “commodities” son bienes básicos que se utilizan como insumos en la producción de otros bienes y que pueden ser usados en el comercio o en el sector financiero, como objetos de adquisición (activos subyacentes). Su principal característica y ventaja es que tienen valor, un bajo nivel de procesamiento y utilidad.

[4] El numeral 21 de la Quincuagésima Segunda Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo No.

tags: #perdida #deducible #instrumentos #financieros #derivados #requisitos