Declaraciones Internacionales de la Salud: Derechos y Compromisos Globales Esenciales que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El derecho al más alto nivel posible de salud física y mental (derecho a la salud) y otros derechos humanos relacionados con la salud son jurídicamente vinculantes, según los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables a cada Estado. Este derecho también está reconocido en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la cual estipula que “la extensión a todas las personas de los beneficios de los conocimientos médicos, psicológicos y relacionados es esencial para alcanzar el más alto grado de salud”.

Los derechos humanos son derechos universalmente reconocidos a todas las personas por la dignidad intrínseca a su condición humana, sin discriminación alguna. De conformidad con sus obligaciones y compromisos nacionales e internacionales, los Estados tienen la obligación legal de formular y aplicar efectivamente leyes y políticas que garanticen el acceso universal a unos servicios de salud de calidad y aborden los factores subyacentes de las desigualdades y disparidades en materia de salud.

Principios y componentes del derecho a la salud

El derecho a la salud es un derecho inclusivo y es indivisible e interdependiente de otros derechos humanos relacionados con la salud, como los derechos a la vida, a la educación, a la alimentación, a la vivienda y a un medio ambiente sano. Los componentes básicos del derecho a la salud son:

  • Disponibilidad: número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos sanitarios y centros de atención de la salud en funcionamiento.
  • Accesibilidad: los establecimientos, bienes y servicios sanitarios deben ser asequibles y físicamente accesibles a todos, sin discriminación. La cobertura sanitaria universal es instrumental para realizar este componente.
  • Aceptabilidad: los establecimientos, bienes y servicios sanitarios deben ser respetuosos de la ética médica, sensibles a las cuestiones de género, edad y apropiados desde el punto de vista cultural.
  • Calidad: los establecimientos, bienes y servicios sanitarios deben ser apropiados desde el punto de vista científico y médico, y estar en buenas condiciones.
  • Participación: los beneficiarios del sistema de salud deben tener voz respecto del diseño y la aplicación de las políticas de salud que les afectan.
  • Rendición de cuentas: las autoridades sanitarias y los Estados rinden cuentas de su cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos en la esfera de la salud pública.
  • Libertades: las personas deben ser libres de controlar y tomar decisiones sobre la propia salud, como el consentimiento informado.

Tratados internacionales de derechos humanos que incluyen el derecho a la salud

Todos los Estados Miembros de la OMS han ratificado al menos un tratado internacional de derechos humanos que incluye el derecho al más alto nivel posible de salud. A continuación se presentan los principales instrumentos:

Tratado Internacional Artículo de referencia
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Artículo 12
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial Artículo 5 e) iv)
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer Artículos 11 1) f), 12 y 14 2) b)
Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 24
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares Artículos 28, 43 e) y 45 c)
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Artículo 25

Evolución de las declaraciones y marcos regionales

La relación de la salud y los derechos humanos ha evolucionado con el desarrollo del derecho internacional, convirtiéndose en un marco normativo para las políticas en salud en las Américas. Por ejemplo, en la Resolución CD50.R8 adoptada en 2010 por el Consejo Directivo de la OPS, se reconoce que el derecho internacional de derechos humanos ofrece un marco conceptual y jurídico unificador en relación con políticas, programas, planes, leyes e intervenciones en salud. Asimismo, iniciativas históricas como la Declaración de Caracas (adoptada el 14 de noviembre de 1990) marcaron un hito en la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidades mentales como elemento clave de la reforma de la atención psiquiátrica en la región.

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Además, a nivel mundial, el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 de la ONU llama a la comunidad internacional a “garantizar vidas saludables y promover el bienestar para todos, a todas las edades”, buscando que todas las personas tengan servicios de salud básicos de calidad y acceso a medicamentos y vacunas esenciales seguros, eficaces y asequibles para 2030.

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