Una cuestión muy importante para mantener tus finanzas en orden es cumplir con tus obligaciones fiscales de manera oportuna. Saber cuándo es la declaración anual es el primer paso para un cumplimiento fiscal exitoso. Para ello, uno de los procesos más significativos del año fiscal en México es la presentación de tu declaración anual.
Fechas clave para personas morales y físicas
Las personas morales, que incluyen a sociedades mercantiles, asociaciones civiles y otras entidades corporativas, son las primeras en cumplir con esta obligación. La fecha límite para presentar la declaración anual para personas morales es el 31 de marzo del siguiente año fiscal que se declara. Por su parte, la declaración anual para las personas físicas tiene como fecha del 1 al 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Si eres persona física, la fecha límite para la declaración anual SAT 2025 se presenta a partir del 1 de abril.
Es importante señalar que las declaraciones deberán presentarse a través del portal de internet del SAT en el apartado “Presenta tu declaración anual personas morales”. Al preparar tu declaración anual, es importante considerar todas las deducciones permitidas por el SAT.
Actualizaciones en el aplicativo para Personas Morales
Del 14 al 18 de enero de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó las actualizaciones del aplicativo de la Declaración Anual 2021 para Personas Morales, así como de la Declaración de Pagos Provisional para el ejercicio fiscal 2022. A continuación, se detallan los aspectos técnicos fundamentales de este sistema:
- Pérdidas fiscales: El monto de las pérdidas fiscales pendientes de aplicar en el ejercicio se encontrará precargado con la información de la última declaración anual presentada del ejercicio 2020 y no podrá ser modificado.
- Retenciones: Se tiene precargado el monto de ISR por retenciones de servicios profesionales presentados en los pagos provisionales del ejercicio, este monto se considera únicamente cuando la retención esté efectivamente pagada.
- Coeficiente de utilidad: El coeficiente de utilidad se encuentra precargado con base en la última declaración anual presentada; el aplicativo muestra precargado el coeficiente de 2019 y en adelante.
- PTU: El monto de la PTU no pagada del ejercicio anterior se considerará de manera precargada y no podrá ser modificado.
Casos especiales y procedimientos
Las empresas fusionadas durante el ejercicio 2021 y fusiones en ejercicios subsecuentes, tendrán que presentar su declaración por fusión utilizando el nuevo aplicativo “Declaración Anual de las Personas Morales”. Asimismo, las empresas que terminen su ejercicio anticipadamente y presenten su declaración anual por el periodo de liquidación o liquidación final, a partir del ejercicio de 2021 presentarán esta obligación en el nuevo formato del aplicativo. Por su parte, las personas morales que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y que se encuentren en periodo de liquidación a partir del ejercicio 2022 y posteriores, pueden presentar las declaraciones a través del portal de internet del SAT.
Lea también: Guía para Acreditar IVA Retenido
| Concepto | Detalle de Aplicación |
|---|---|
| Declaración Anual Personas Morales | Fecha límite 31 de marzo. |
| Declaración Anual Personas Físicas | Fecha límite 30 de abril. |
| Información Precargada | Ingresos, deducciones, retenciones y PTU. |
Importancia del cumplimiento
Cumplir con la declaración anual para personas morales es un indicador de la transparencia y formalidad de un negocio, algo indispensable para acceder a financiamientos y fortalecer su crecimiento. Realizarla no solo es una obligación, sino también una oportunidad para aplicar deducciones personales o de negocio que pueden resultar en un saldo a favor. También es importante recordar que algunas personas físicas no están obligadas a presentarla si sus ingresos provienen únicamente de un solo patrón y no exceden los límites establecidos por el SAT. Sin embargo, aun en esos casos, presentar la declaración puede ser conveniente, ya que podría resultar en un saldo a favor de impuestos, y por consecuencia, una devolución de impuestos siempre que la autoridad lo apruebe.
Lea también: Contabilidad en México: Un recorrido histórico
Lea también: Evolución del SAT
tags: #cuando #se #rinden #declaraciones #información
