El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, conocido como IEPS, es un gravamen aplicado a ciertos productos y servicios que, por sus características, tienen un tratamiento fiscal especial. En el caso de las bebidas alcohólicas, el IEPS se aplica porque el consumo de alcohol puede generar costos sanitarios, sociales y económicos. Sin embargo, la forma en que se calcula ese impuesto es lo que hoy está en debate.
Una botella de mezcal artesanal puede pagar más impuestos que una bebida industrial barata, no necesariamente porque contenga más alcohol (graduación alcohólica), sino porque cuesta más. Esa diferencia resume una de las principales críticas al esquema actual del IEPS aplicado a bebidas alcohólicas en México.
El Modelo Ad Valorem Actual y sus Distorsiones
Actualmente, el esquema mexicano parte de la graduación alcohólica para asignar una tasa, pero el impuesto se calcula sobre el valor del producto. El término ad valorem significa «según el valor». En materia fiscal, se refiere a un impuesto calculado como porcentaje del precio o valor de un bien. En el caso de las bebidas alcohólicas en México, esto quiere decir que el IEPS se determina aplicando una tasa sobre el valor del producto.
El problema es que, aunque la graduación define la tasa aplicable, el impuesto final depende del precio. Por eso, dos bebidas con contenido alcohólico comparable pueden pagar montos muy distintos si una es artesanal, premium o de mayor valor agregado. Si una bebida tiene un proceso productivo más costos, una marca posicionada, una denominación de origen, menor escala o un empaque de mayor valor, su precio aumenta. Al aumentar el precio, también crece la base sobre la que se aplica el impuesto.
Ahí aparece la distorsión. Una bebida premium puede pagar más IEPS porque cuesta más, aunque tenga la misma graduación que otra bebida más económica. El modelo actual del IEPS está siendo cuestionado porque puede generar una desconexión entre el objetivo del impuesto y su efecto real en el mercado. Si el IEPS busca atender los riesgos asociados al consumo de alcohol, la unidad relevante debería ser el etanol. Esta diferencia tiene efectos competitivos.
Lea también: Cálculo de Impuestos
Los productores formales que intervienen en calidad, trazabilidad, certificaciones, denominaciones de origen y procesos más complejos pueden enfrentar una carga fiscal más alta simplemente porque sus productos tienen mayor valor. En contraste, bebidas industriales de bajo costo pueden conservar precios competitivos, aunque contengan una cantidad relevante de alcohol.
El Impacto del IEPS en el Mezcal Artesanal
En el caso del mezcal suele utilizarse como ejemplo. Según la información analizada, el mezcal representa una proporción pequeña dentro del volumen de destilados, pero aporta una cantidad considerable de IEPS. El esquema fiscal que se aplica actualmente a las bebidas alcohólicas en México, principalmente el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), ha encarecido el precio del mezcal entre 200 y 300% respecto a su costo de producción, generando una fuerte presión sobre los productores, especialmente los de menor escala.
El IEPS para bebidas con alta graduación alcohólica como el mezcal es de 53%, al que se suman el IVA, el ISR, el impuesto sobre nómina y otros costos fiscales, lo que eleva considerablemente el precio final del producto, explicó el director comercial de Almas Benditas, Ramón Isaac Pérez Castro. “La parte que sí nos ha afectado es la de los impuestos, el IEPS, el IVA, más el ISR y si le sumas el impuesto sobre nómina de los empleados, todo eso encarece el producto. Pero falta el distribuidor que se lo vende al centro de comercio y ahí es IVA más IVA, más el consumidor final que también que paga el IVA, entonces estamos hablando de 200 a 300% del costo del producto”, explicó.
Esto se debe a que los destilados artesanales como el mezcal, sotol, bacanora o raicilla no se pueden producir de forma industrial ni abaratar mucho sus costos, ya que su calidad depende del trabajo manual. Explicaron que en el caso del mezcal se utilizan métodos tradicionales como la tahona, la molienda y el horno de barro, que requieren mano de obra y no se pueden sustituir por máquinas sin perder la esencia del producto. Aseguraron que, debido a los altos precios del mezcal, su consumo ha disminuido, ya que muchos consumidores prefieren bebidas más accesibles como la cerveza o los destilados industriales.
El mezcal, por norma, debe tener una graduación mínima, abundó Marisol Rumayor, coordinadora general de Mundo Mezcal, eso significa que automáticamente se le aplica la tasa más alta del impuesto. “Sí tiene que haber una modernización completa de este planteamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, porque establecer un impuesto de esa naturaleza, que es incremental simplemente por el porcentaje alcohólico, es algo dicotómico. El mezcal no sería mezcal si no tiene cierta graduación alcohólica, pero, al tener esa graduación, te cuesta automáticamente 53%”, subrayó. El problema no es que los destilados paguen IEPS; eso es esperable por su contenido alcohólico. El punto crítico es que dentro de la misma categoría puede haber cargas muy diferentes por razones de precio.
Lea también: Guía Paso a Paso del ISR por Venta Inmobiliaria
La Propuesta de Modernización: Modelo Ad Quantum
La modernización del IEPS propone transitar de un modelo ad valorem, basado en el valor del producto, hacia un modelo ad quantum, calculando sobre el contenido real de alcohol. En términos simples, el cambio busca que el impuesto se relacione más con el riesgo sanitario del consumo de etanol y menos con el posicionamiento comercial de cada bebida.
Moderniza IEPS propone cambiar el esquema actual del IEPS a bebidas alcohólicas por un modelo en el que el impuesto se calcule según la cantidad de alcohol puro contenida en cada bebida. La propuesta plantea un cambio del esquema Ad Valorem hacia un esquema Ad Quantum, con el objetivo de tener un sistema más proporcional, verificable y transparente.
Productores, Mundo Mezcal y organismos empresariales participan en la iniciativa “Moderniza IEPS”, con el objetivo de revisar este impuesto al mezcal. Enfatizaron que el objetivo de esta iniciativa no es eliminar el impuesto, sino replantear su diseño, ya que actualmente se calcula principalmente en función de la graduación alcohólica y no del proceso productivo artesanal del destilado. Señalaron que el impuesto actual castiga a los destilados artesanales de alta calidad más que a los industriales, buscando un esquema que dé piso parejo a quienes cultivan, fermentan y destilan la identidad líquida de nuestro país; un modelo que no oprima lo bien hecho ni castigue el amor con el que miles de manos mantienen viva la tradición en nuestras comunidades productoras.
¿Cómo Funcionaría el Modelo Ad Quantum?
El modelo ad quantum, también llamado impuesto específico, consiste en cobrar una cuota fija sobre una unidad medible del producto. En el caso de las bebidas alcohólicas, la unidad propuesta sería el contenido de alcohol puro. La lógica es sencilla: si dos bebidas contienen la misma cantidad de alcohol puro, deberían pagar una carga fiscal equivalente, aunque una sea premium y otra económica.
Bajo este enfoque, el impuesto se alinea con el componente que genera el riesgo sanitario. La propuesta analizada plantea una cuota basada en grados alcohólicos, con el objetivo de que el IEPS sea más proporcional al contenido real de alcohol. ¿Qué se ha propuesto? Que se cambie por el famoso modelo Ad quantum, que te cobren una cuota fija por grado alcohólico. La cuota fija que se ha propuesto y que ya han mandado algunos estados en iniciativa al Congreso federal es de un peso 40 centavos por grado de alcohol; un mezcal pasaría de pagar 400, 500, 300 pesos que paga hoy en día de IEPS, a pagar 40 pesos.
Lea también: Visión Detallada del ISR en México
Un esquema basado en la cantidad de alcohol podría generar condiciones más equitativas para productores artesanales y mexicanos, especialmente en categorías como tequila, mezcal, sotol, charanda, bacanora, cerveza artesanal y vino mexicano. El modelo Ad Quantum permitiría incrementar la recaudación y con este modelo, el IEPS se cobraría a productores e importadores, no a lo largo de toda la cadena comercial. Podría beneficiar a pequeños productores, consumidores y autoridades al crear un esquema más transparente, proporcional y fácil de verificar.
El Argumento Sanitario y los Impuestos Saludables
El argumento sanitario detrás del modelo ad quantum parte de una idea muy clara: el cuerpo no procesa prestigio, precio ni relato de origen; procesa etanol. Desde esa perspectiva, el riesgo asociado al consumo de alcohol depende principalmente de la cantidad de alcohol puro ingerida, la frecuencia de consumo, el contexto y las condiciones personales del consumidor. La NOM-142-SSA1/SCFI-2014 es relevante en esta discusión porque regula aspectos sanitarios y de información comercial de bebidas alcohólicas, permitiendo comprender la importancia de informar correctamente la graduación alcohólica, advertencias y elementos que ayudan al consumidor a identificar qué está consumiendo.
El objetivo sanitario de un IEPS basado en alcohol puro sería desincentivar especialmente las bebidas de alta graduación y bajo precio, porque son más accesibles para consumos intensivos o de riesgo. Los impuestos saludables son gravámenes diseñados para desincentivar el consumo de productos asociados con riesgos para la salud o para compensar parte de los costos sociales que generan. No se aplican únicamente para recaudar. El alcohol forma parte de esta conversación junto con tabaco, bebidas azucaradas, alimentos ultraprocesados y otros productos sujetos a regulación sanitaria. En todos estos casos, el impuesto intenta corregir una externalidad: el precio de mercado no siempre refleja el costo social del consumo.
Impacto de la Reforma Propuesta en Distintas Bebidas
El impacto de una reforma al IEPS dependería de la graduación alcohólica, el precio, la escala productiva y el tipo de mercado en el que participa cada bebida. No todas las categorías enfrentarían el cambio de la misma manera. En términos generales, los productos más sensibles serían los destilados baratos, bebidas industriales de alta graduación, presentaciones económicas y categorías cuyo atractivo depende de ofrecer mucho alcohol a bajo precio. Por otro lado, bebidas premium, artesanales o con denominación de origen podrían tener una carga más proporcional.
| Categoría de Bebida | Graduación Alcohólica (ejemplo) | Impacto Actual (Modelo Ad Valorem) | Impacto Potencial (Modelo Ad Quantum) |
|---|---|---|---|
| Mezcal artesanal | Alta (ej. 40° G.L.) | Carga fiscal muy elevada por alto precio y tasa 53%. Encadenamiento de costos hasta 200-300%. | Carga más proporcional, menor costo de IEPS (ej. de 300-500 MXN a 40 MXN). Oportunidad de crecimiento. |
| Tequila añejo/premium | Alta (ej. 38-40° G.L.) | Carga fiscal elevada por alto precio del producto. | Beneficio en segmentos premium, aunque requiere adaptación en presentaciones de alta graduación o precios accesibles. |
| Cerveza industrial | Baja (ej. 4-6° G.L.) | Tasa menor, carga relativamente moderada debido a su menor contenido alcohólico. | Podría mantener una carga moderada, pero cualquier cambio en cuota tendría efectos importantes por su enorme volumen de mercado. |
| Destilados baratos/industriales | Alta (ej. 35-40° G.L.) | Pueden pagar menos proporcionalmente por bajo precio, a pesar de alto contenido alcohólico. | Podrían enfrentar una carga fiscal mayor, ya que el impuesto se enfocaría en el alcohol puro. |
| Vinos | Intermedia (ej. 12-14° G.L.) | Depende de su graduación específica y precio de venta. | Algunos podrían ganar competitividad frente a bebidas más gravadas por alcohol puro. |
La cerveza, por ejemplo, domina ampliamente el volumen del mercado mexicano, pero tiene una menor graduación alcohólica promedio. Los destilados, en cambio, representan menor volumen, pero concentran mayor contenido alcohólico por litro. Para el mezcal, el sotol, la raicilla, la charanda y otros destilados tradicionales, el cambio podría representar una oportunidad. Estos productos suelen tener costos altos de producción, menor escala y fuerte valor cultural. Bajo el esquema actual, su precio puede traducirse en una carga fiscal elevada.
El Mercado Informal y la Fiscalización
La discusión sobre el IEPS no puede separarse del mercado informal. En México, el alcohol ilegal no se limita a una sola práctica, puede incluir falsificación, adulteración, contrabando, producción sin registro, evasión fiscal, robo, sustitución con alcohol no apto para consumo humano y comercialización de bebidas que no cumplen con la normativa aplicable.
Un modelo ad quantum podría ayudar a reducir ciertos incentivos de evasión porque el cálculo fiscal dependería menos del valor declarado y más del contenido medible de alcohol. Si la autoridad puede verificar volumen producido, importado o comercializado, así como graduación alcohólica, la fiscalización podría volverse más técnica y menos dependiente de precios de factura. Sin embargo, el impuesto no debe diseñarse de manera aislada. Si la carga fiscal sube demasiado para ciertos segmentos, podría aumentar el incentivo a comprar alcohol informal.
Contexto Internacional y la Industria del Mezcal
El modelo ad quantum no es una idea aislada ni exclusiva de México. Diversos países utilizan impuestos específicos o esquemas híbridos para gravar bebidas alcohólicas según el volumen, la graduación o el contenido de alcohol puro. En mercados como Reino Unido, Australia, Canadá y varios países europeos, la fiscalidad del alcohol suele considerar con mayor precisión el contenido alcohólico. Para México, observar estas experiencias es útil porque permite anticipar beneficios y riesgos. Un esquema específico puede mejorar trazabilidad, simplificar cálculo fiscal y generar incentivos para bebidas de menor graduación.
La comparación internacional también ayuda a entender que los impuestos saludables están evolucionando. Ya no se trata solo de recaudar, sino de diseñar incentivos. La modernización del IEPS busca algo más profundo que cambiar una fórmula fiscal. En realidad, plantea una redefinición del papel del impuesto dentro de la economía. Desde el punto de vista fiscal, un modelo basado en alcohol puro podría facilitar la recaudación y reducir espacios de subdeclaración.
Desde la óptica industrial, podría corregir distorsiones que actualmente afectan a productores artesanales, bebidas premium y denominaciones de origen. Esto es especialmente relevante para México porque las bebidas alcohólicas no son solo productos de consumo. El tequila, el mezcal, la raicilla, el sotol, la charanda, el vino mexicano y la cerveza forman parte de cadenas económicas con empleo, turismo, exportación, identidad regional y desarrollo rural. Un impuesto mal diseñado puede afectar a esas cadenas.
A nivel nacional, la producción de mezcal ronda entre los 12 y 13 millones de litros anuales, de los cuales Oaxaca participa con más del 90%, de acuerdo con datos del Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal (COMERCAM). El destilado representa 18.6% de la producción de bebidas alcohólicas en el país. En 2023, los ingresos del sector ascendieron a 4,161 millones de dólares. A nivel global, el valor actual del mercado del mezcal supera los 350 millones de dólares. El 80% de la producción se destina a la exportación, principalmente a Estados Unidos, seguido de Alemania, España, Francia, Reino Unido, Canadá, Colombia, Italia, Australia y Japón.
Las perspectivas de crecimiento son favorables. Las proyecciones hacia 2034 estiman que el mercado del mezcal podría alcanzar un valor de 2,357.7 millones de dólares, con una tasa de crecimiento anual de 14%, impulsado por los segmentos premium, artesanal y con identidad cultural. La industria del mezcal genera alrededor de 55,000 empleos directos, principalmente entre cultivadores de agave, maestros mezcaleros y trabajadores de destilerías, así como 210,000 empleos indirectos dedicados a la distribución, comercialización, artesanías y promoción cultural.
