Una previsión de vida no solo es para aquellos que ya han creado un patrimonio, también es para personas que piensan en la posibilidad en la tranquilidad y seguridad de sus beneficiarios. Cuando tienes dependientes económicos, es decir personas que necesitan de tus ingresos, un seguro de vida puede reemplazar lo que ganas en caso de que faltes. Hay quienes consideran que un seguro de vida debe ser la piedra angular de tu planificación financiera pensando en el futuro. Tanto cuando eres el tomador de un Seguro de Vida, como cuando eres el beneficiario, la indemnización que recibes está sujeta a determinados impuestos que debes conocer.
Impuestos al Cobrar un Seguro de Vida
Al cobrar un seguro de vida, la persona beneficiaria tendrá que hacer frente al pago de una serie de impuestos como el de Sucesiones o el IRPF. El primero de ellos se paga en el momento del cobro y el segundo, en la declaración de la renta, ya a posteriori.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
Es habitual que, cuando alguien intenta cobrar un seguro de vida por fallecimiento de un familiar, la entidad aseguradora solicite, entre otros documentos, el justificante del pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El pago de este impuesto es diferente en cada comunidad autónoma, por eso es importante informarse sobre cómo cobrar un seguro de vida en función de la Ley de cada Región.
En cuanto a la duda de si el importe recibido de compañías aseguradoras, derivado del pago de siniestros con motivo de la muerte del asegurado, forma parte de la masa hereditaria en favor de los herederos, la respuesta es no. La herencia está constituida, en esencia, por el patrimonio que como consecuencia de la muerte de un individuo se transmite a favor de una o más personas, lo cual implica que los bienes o recursos transmitidos forman, al momento del fallecimiento del individuo, parte de su patrimonio. Las cantidades recibidas de compañías aseguradoras en ningún caso obedecen a la transmisión del patrimonio de la persona fallecida, sino a la obligación de indemnización, asumida por el contrato de seguro. Por consecuencia, la exención prevista en la Ley del ISR, relativa a las indemnizaciones de compañías aseguradoras cuando ha ocurrido el riesgo amparado, no guarda relación alguna con la exención y el posible gravamen en materia de herencias a favor de los herederos o legatarios.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (ISR)
Las personas físicas están obligadas a reconocer los ingresos que ordinariamente dan lugar al pago del impuesto sobre la renta (ISR) cuando su patrimonio se ve modificado favorablemente. No obstante la modificación positiva o crecimiento del patrimonio, no en todos los casos existe la obligación del pago de una contribución, ya que dentro de los ingresos resaltan aquellos por los cuales no se debe pagar impuestos (ingresos exentos) y los que invariablemente traen como consecuencia la obligación de enfrentar una carga tributaria de diferente proporción. Los ingresos provenientes de compañías aseguradoras pueden ser considerados como exentos -generalmente bajo ciertas condiciones- o gravados, en cuyo caso pagarán ISR, por lo cual debe observarse la disposición expresa que para cada caso señale la Ley del ISR.
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Ingresos Exentos por Fallecimiento
De conformidad con la fracción XXI del artículo 93 de la Ley del ISR, las personas físicas, beneficiarios de un seguro de vida, considerarán como ingreso exento las cantidades recibidas de compañías aseguradoras por motivo de la indemnización de la suma asegurada a que haya lugar. Para gozar de ella, la póliza exige que haya sido contratada con una compañía aseguradora constituida conforme a las leyes mexicanas.
Ingresos Gravados por Fallecimiento
La fracción XXI del artículo 93 de la Ley del ISR tan solo contempla un supuesto en el que se consideraría como ingreso gravado las cantidades recibidas de compañías aseguradoras por los beneficiarios tras ocurrir el riesgo de muerte del asegurado: cuando las coberturas hayan sido pagadas por el empleador del asegurado y los beneficiarios sean personas distintas de los ascendientes, descendientes o cónyuge del asegurado. Las indemnizaciones pagadas por los seguros de vida están exentas de impuesto, siempre y cuando el contratante sea el empleador y los beneficiarios designados sean el cónyuge, concubina o concubino y/o sus ascendientes o descendientes en línea recta (padres, hijos o hijos adoptivos del asegurado).
Tributación en Caso de Supervivencia o Cancelación Anticipada
Alternativamente al Impuesto de Sucesiones, en función de la naturaleza del seguro, el cobro de la prestación puede implicar tener que tributar por IRPF. Sí se paga ISR cuando se obtiene el dinero de una póliza de vida sin que el contratante haya fallecido. Parte esencial del objetivo de la póliza en análisis es brindar la cobertura por el riesgo de supervivencia del asegurado e incluso, en caso de cancelación anticipada de la protección, considerar los pagos que reciba el asegurado.
Los ingresos provenientes de compañías aseguradoras pueden tener diferentes tratamientos:
- Ingreso exento al 100%: Las cantidades pagadas a favor de los asegurados con motivo del riesgo de supervivencia estarán exentas, sin límite alguno, cuando se reúnan al menos los siguientes requisitos: el asegurado ha alcanzado la edad de 60 años y han transcurrido al menos cinco años desde que la póliza fue contratada.
- Ingreso gravado en su totalidad: Cuando la prima ha sido pagada por una persona distinta al asegurado, el monto total recibido por el asegurado se considera como un ingreso acumulable.
- Ingreso gravado parcialmente: A los pagos que las instituciones de seguros efectúen a sus asegurados por retiros parciales o totales antes de que ocurra el riesgo o evento amparado o por la supervivencia del asegurado cuando los ingresos no se encuentren exentos en los términos de la fracción XXI del artículo 93 de la Ley del ISR, siempre que la prima haya sido pagada directamente por el asegurado, invariablemente se les dará el tratamiento de interés, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley del ISR. Al no tratarse de un ingreso exento en favor del asegurado, el artículo 133 establece el procedimiento a seguir para determinar el importe gravado para el asegurado, el cual no puede ser la cantidad total recibida por este y debe reconocer el efecto inflacionario en las aportaciones realizadas por el asegurado para determinar el importe real del beneficio a favor de quien obtiene el ingreso. En este orden de ideas, el procedimiento delineado para la determinación del ingreso acumulable establece que debe determinarse el importe que de la prima corresponde a la aportación de inversión. Para ello, la compañía aseguradora disminuirá de la prima total pagada el importe que corresponda a la cobertura del riesgo de fallecimiento, así como el cargo por accesorios que no dan lugar al valor de rescate (reserva por supervivencia).
Resumen de la Tributación de las Indemnizaciones de Seguros de Vida
| Tipo de Cobro / Situación | Tratamiento Fiscal (ISR) | Condiciones / Observaciones |
|---|---|---|
| Indemnización por fallecimiento (beneficiario Persona Física) | Exenta | Según Art. 93 LISR Fracc. XXI. Póliza contratada con aseguradora mexicana. |
| Indemnización por fallecimiento (prima pagada por empleador) | Gravada | Si beneficiarios son distintos de cónyuge, ascendientes o descendientes. |
| Pagos por supervivencia (asegurado) | Exenta (100%) | Asegurado >= 60 años y póliza >= 5 años de antigüedad. |
| Pagos por supervivencia (prima pagada por un tercero) | Gravada (totalmente) | El monto total recibido se considera ingreso acumulable. |
| Retiros parciales/totales por supervivencia/cancelación | Gravada (parcialmente) | Se le da el tratamiento de interés (Art. 133 LISR). Aplica retención del 20% sobre el interés real si asegurado y contratante son la misma persona. |
Seguros de Vida con Componente de Inversión
Desde hace ya un buen tiempo atrás existe en el mercado al menos un producto de seguros e inversión, mediante el cual se genera a favor del contratante una reducida cobertura tradicional por el riesgo de muerte, a la que se adiciona un versátil componente de inversión frecuentemente orientado y especializado en diversos perfiles de inversionistas. Este tipo de productos, promovido por el mercado asegurador y algunos actores especializados en servicios financieros de inversión, consiste de manera genérica en una póliza de seguro convenida en pesos o dólares americanos, que ofrece la cobertura básica de indemnización por la muerte accidental del asegurado, quien al igual que el contratante debe ser invariablemente una persona física, y que prevé de manera adicional la cobertura por el riesgo de supervivencia.
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Atendiendo a las usuales condiciones generales de este tipo de póliza, la cobertura que emana de la misma es el pago de una indemnización a favor de los beneficiarios que se hayan designado, cuando se trate del riesgo de muerte, o a favor del propio asegurado, en caso de supervivencia, ya que en él recaería el beneficio de pago de la suma asegurada. Adicionalmente, podría existir un pago a favor del asegurado como consecuencia de la cancelación anticipada de la cobertura.
- Cobertura por fallecimiento.
- Cobertura por supervivencia. La compañía pagará a favor del asegurado el saldo acumulado en la reserva de supervivencia al término del periodo del beneficio.
- Solicitud de cancelación de póliza.
Como uno de los beneficios de las pólizas de vida con componente de inversión radica en la posibilidad que tiene el asegurado de efectuar aportaciones adicionales durante la vigencia de la cobertura, para que estas se sumen a la reserva de supervivencia, resulta necesario resaltar el tratamiento fiscal atribuible a la devolución de dichas cantidades. Las aportaciones adicionales constituyen un fondo de administración que genera intereses. En caso de disposición del fondo, no se realiza otra retención adicional a la ya mencionada. Las primas excedentes forman parte de la reserva del seguro.
Beneficios Fiscales y Deducciones de Seguros de Vida
Además de brindarte protección y tranquilidad, algunos seguros pueden ayudarte a optimizar tus finanzas. Conocer qué seguros puedes deducir en tu declaración anual te da una ventaja concreta. No solo optimizas tus recursos, sino que puedes obtener beneficios fiscales que impactan positivamente en tu economía.
¿Es un Seguro de Vida Deducible de Impuestos?
Existe una confusión general sobre el tema de la deducción impositiva de los seguros de vida, pero la realidad y lo que marca la ley es que un seguro de vida no es deducible de impuestos por sí solo. En algunos tipos de seguros combinados lo que realmente se deduce es el componente del ahorro, ya que el artículo 185 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) expresa claramente que no se pueden hacer deducciones sobre el componente de vida.
«Los contribuyentes que realicen pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro y además aseguren la vida del contratante, no podrán efectuar la deducción a que se refiere el primer párrafo de este artículo por la parte de la prima que corresponda al componente de vida».
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Tipos de Seguros Deducibles y Requisitos
No todos los seguros entran en este beneficio fiscal, pero los que sí lo hacen están relacionados con tu salud, retiro o educación. Si contrataste un seguro de vida que también funciona como una herramienta de ahorro para el retiro (conocido como plan personal de retiro), puedes deducirlo dentro de los límites que marca la ley. Los seguros que tienen beneficios fiscales y que están alcanzados por la deducción de impuestos son:
- Seguro de gastos médicos mayores.
- Seguro de vida dotal (solamente el componente del ahorro).
Para que un seguro pueda ser considerado para deducciones debe cumplir ciertas características como:
- Tengan como principal objetivo el ahorro y cuenten con un plan de retiro.
- La vigencia del seguro de vida debe ser mayor a 5 años y su término, cuando el contratante haya alcanzado una edad superior a los 60 años.
- Las aportaciones tienen un límite.
Conocer los tipos de seguros deducibles es solo el primer paso. El SAT solo acepta deducciones si tienes facturas electrónicas (CFDI) que cumplan con ciertos requisitos. La información que se debe presentar en la declaración es la póliza de seguro y tu factura correspondiente por pago anual de tu póliza con los componentes discriminados. Todas las instituciones u organizaciones que provean de este tipo de seguro dotal (afores, bancos, aseguradoras, administradores de pensiones, etc.) tienen la obligación de formular contratos de seguro con los dos componentes - vida y ahorro - por separado.
De acuerdo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta, en su artículo 176, «se entenderá por planes personales de retiro a las cuentas o canales de inversión que se establezcan con el único fin de recibir y administrar ingresos para ser utilizados cuando el Asegurado llegue a los 65 años o en casos de invalidez o incapacidad. Los beneficios recibidos de dichos planes no causarán impuesto en el porcentaje señalado en la Ley».
Deducciones Personales y Límites
El beneficio principal de las deducciones personales es la rebaja que se obtiene en el pago de impuestos porque, de esta forma, la base gravable sobre la que se calcula el monto que se debe pagar, disminuye considerablemente. Para poder obtener una deducción en el pago de impuestos es necesario contar con las facturas emitidas por proveedores de servicios y que toda esa información se almacene de forma segura en caso de ser necesaria alguna aclaración. La Ley del Impuesto sobre la Renta sancionada en 2013 por el gobierno de México, estableció cuáles son las deducciones personales que las personas físicas pueden solicitar en su declaración anual de la renta. El artículo 151 de dicha ley establece varios ítems deducibles de impuestos que tienen que ver con la educación, la salud, gastos funerarios y algunos tipos de seguros.
El total de tus deducciones personales anuales como persona física no puede superar el valor de 5 UMAS. Las deducciones de impuestos tienen un límite y el cálculo está determinado en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), por eso es importante que te asesoren verdaderos expertos en la materia para que tengas una buena estrategia y un buen asesoramiento a la hora de presentar la información para las deducciones personales. Así podrás aprovechar al máximo el ahorro que puedes hacer en el pago de impuestos y evitas cometer errores al presentar tu declaración anual de impuestos.
Seguros para Negocios y Previsión Social
Los seguros para negocios, además de ofrecer protección, representan una excelente oportunidad para aprovechar los beneficios fiscales que ofrece la ley en materia de impuestos. Se le llama previsión social a los gastos realizados en beneficio de los trabajadores y de sus familiares o beneficiarios, que tengan por objeto elevar su nivel de vida económico, social, cultural e integral. Conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta sólo pueden deducirse los gastos estrictamente indispensables para los fines de la actividad económica que se desarrolle. En caso de recibir indemnización derivada de un siniestro, deberás acumular ésta a tus demás ingresos.
