Las personas físicas y morales tienen una obligación frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT): responder a las aclaraciones de las que sean objeto y atender a los requerimientos de la autoridad fiscal. Como ciudadanos responsables y participativos del bienestar social y crecimiento económico del país, debemos cumplir con ciertas obligaciones fiscales, tales como la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la emisión de comprobantes fiscales, llevar la contabilidad propia, presentar la declaración anual al finalizar un ejercicio fiscal, realizar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR), entre otras, dependiendo del régimen al que se esté inscrito o la actividad económica que se desarrolle. Dentro de estas obligaciones, se encuentra la atención de un requerimiento.
¿Qué es un Requerimiento Fiscal?
Atender los requerimientos de la autoridad implica responder adecuadamente a las solicitudes de información, aclaración, presentación o pagos de lo requerido. Un tipo común es el requerimiento de presentación de declaraciones.
- Presentación de declaraciones: en este requerimiento se solicita la presentación de las declaraciones de impuestos anuales que no han sido entregadas en tiempo y forma, ya sea que se omitan documentos o que la información sea incongruente.
Cómo Atender un Requerimiento de la Autoridad
Es fundamental gestionar adecuadamente cualquier notificación de la autoridad fiscal para evitar problemas o sanciones.
Consejos Generales para Contribuyentes
Como contribuyentes, es importante mantener una comunicación clara y cumplir con todas las solicitudes de la autoridad fiscal, esto con el fin de evitar problemas legales o sanciones. Para ello, es vital:
- Siempre ten tu expediente fiscal completo, en orden y a la mano: constancia de situación, opinión de cumplimiento, régimen fiscal, declaraciones, estados de cuenta, deducciones, e-firma, etc.
- Revisa constantemente tu buzón tributario.
- No hagas caso omiso de NINGUNA “invitación” o requerimiento que recibas.
- Siempre es mejor estar informado y poder actuar en tiempo que dejar pasar las cosas.
- Si ya recibiste una notificación o requerimiento de la autoridad fiscal, ¡atiéndelo!
- Acuérdate que el SAT tiene constante comunicación con bancos, aduanas y demás dependencias….
Proceso para Responder un Requerimiento
Al recibir un requerimiento, los contribuyentes deben seguir una serie de pasos específicos:
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- Plazos: Los requerimientos fiscales suelen incluir plazos específicos para responder y cumplir con las solicitudes realizadas.
- Preparación de la documentación: Se debe reunir, organizar y recopilar la documentación necesaria que se solicita; por ejemplo, facturas, declaraciones, estados financieros, etc. Pregúntate: ¿Qué soportes de las operaciones que te están revisando tienes?
- Envío de la respuesta: La respuesta se debe enviar al organismo fiscal dentro del plazo establecido y de acuerdo con las instrucciones específicas que se hayan proporcionado en el requerimiento.
- Seguimiento: Con base en lo anterior, da respuesta al requerimiento y permanece muy atento a las siguientes etapas en tu proceso, ya sea que se trate de una simple invitación (en cuyo caso podrás visitar o llamar por teléfono al auditor a cargo para cerciorarte de que la misma se de por concluida y no siga avanzando); o bien, de una revisión de gabinete, visita domiciliaria o auditoría.
Aclaración en Línea de Obligaciones Omitidas
Si cumpliste con la obligación requerida antes de la fecha en que te notificaron el requerimiento, no es necesario realizar la aclaración. De lo contrario, puedes presentar tu aclaración en línea siguiendo estos pasos:
- Al presentar tu aclaración en línea, ingresa con tu clave del RFC y Contraseña en el Portal del SAT, opción Otros trámites y servicios / Aclaración, asistencia y orientación electrónica / Aclara tu requerimiento de obligaciones omitidas o comunicados.
- Una vez dentro, selecciona Servicios por Internet y posteriormente la opción Aclaraciones, en el apartado de Solicitud; en la opción Trámite elige la etiqueta "REQUERIMIENTOCO_COMUNICADO CO".
- En caso de que la autoridad requiera documentación adicional, se te enviará un reporte de información pendiente y tendrás un plazo de diez días hábiles para integrarla correctamente.
Requerimientos para Devoluciones de Impuestos y Plazos Legales
Una situación recurrente que genera dudas es cuando la autoridad requiere información adicional para una devolución fuera de los plazos establecidos.
Interpretación del Código Fiscal de la Federación
El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece que las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. El quinto párrafo de ese precepto vigente en 2005 y 2006, así como el sexto párrafo del mismo, pero vigente en 2007 y 2008, también establece la facultad de las autoridades fiscales para verificar la procedencia de la devolución, para lo cual podrán requerir al contribuyente, en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con aquélla. Sin embargo, tal precepto no establece que la violación del plazo para formular el requerimiento tenga como consecuencia que éste no surta efectos jurídicos y tampoco que respecto a la información proporcionada para cumplirlo, la autoridad fiscal ya no pueda formular un nuevo requerimiento; es decir, aun y cuando la autoridad fiscal exceda el plazo referido al formular un requerimiento al contribuyente para verificar la procedencia de la devolución solicitada, ello no implica que ésta deba efectuarse indefectiblemente, pues la autoridad debe verificar primero que efectivamente existan los saldos a favor cuya devolución se pretende y, en caso de que ésta sea procedente y no se efectúe dentro del plazo establecido para ello, la consecuencia sería que las autoridades fiscales pagarán intereses, los cuales se calcularán conforme a lo dispuesto en el artículo 22-A del ordenamiento citado, quedando salvaguardado el derecho del contribuyente por la falta de pago oportuno en el que, en su caso, llegare a incurrir la autoridad fiscal.
Perspectivas y Experiencias sobre Requerimientos Extemporáneos
A pesar de la interpretación legal que indica que un requerimiento fuera de plazo no lo invalida totalmente, existen opiniones y experiencias que sugieren una estrategia diferente en algunos casos.
- "Por supuesto que es peleable. El requerimiento es ilegal y debes exigir la resolución. Probablemente tengas que irte a juicio, pero te aseguro 100% ganable."
- "Tengo en mi poder cinco resoluciones en las que solo por haber notificado el requerimiento fuera del plazo se gana el juicio y condenan al SAT a la devolución actualizada y con intereses."
Sin embargo, otro enfoque práctico es responder al requerimiento, incluso si se considera fuera de plazo, buscando una resolución favorable sin necesidad de litigios extensos.
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- "Mi consejo es que responda el citado oficio tal cual lo solicita y listo... así los he recibido y los respondo tal cual lo solicita y la autoridad me resuelve satisfactoriamente, y para muestra.. hace un par de semanas me resolvió 2 semestres de un contribuyente del sector agropecuario en el cual no hice la aplicación de proporción en IVA... y la autoridad no me objetó.."
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