Declaraciones Precargadas del SAT: Descubre Qué Son y Cómo Facilitan Tus Trámites Fiscalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Las declaraciones de impuestos precargadas son documentos digitales que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes. El fisco prellena estas declaraciones con base en la información que posee de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que el contribuyente emite, así como de las facturas que le emiten sus proveedores.

Las declaraciones de impuestos sirven para que los contribuyentes presenten a la autoridad fiscal la información de las operaciones que efectuaron en un periodo determinado. El SAT tiene la intención de facilitar su llenado y disminuir el tiempo en la realización de los propios cálculos de los contribuyentes al proporcionar esta información ya cargada. Es el conjunto de datos que el SAT recopila automáticamente y que aparece cargado por defecto en la declaración.

Cómo Funcionan las Declaraciones Precargadas

El SAT informó a los contribuyentes, tanto personas físicas y morales, que en las declaraciones provisionales y definitivas ya se cuenta con la información precargada de cada causante. Esto se realiza con base en la facturación electrónica (CFDI) de los contribuyentes, así como de las propias declaraciones provisionales y definitivas presentadas con anterioridad.

Al momento de presentar la declaración anual, el SAT precarga automáticamente información fiscal basada en CFDI, nómina, retenciones y movimientos financieros.

Contenido Específico y Ajustes Manuales

Se realizaron cambios en la “Precarga de facturas de ingresos y gastos”. En este rubro sólo se incluyen los CFDI con pago de una sola exhibición. Por lo tanto, el contribuyente puede complementar de manera manual las “Facturas con método de pago en parcialidades o diferido” y “Notas de crédito o alguna disminución de ingresos”.

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Del mismo modo, sufrió un cambio la “Precarga de pérdidas fiscales y coeficiente de utilidad”. Este dato se calcula con base en la información proporcionada en la declaración anual inmediata anterior. En caso de requerir su modificación, el ciudadano podrá presentar las declaraciones complementarias que correspondan.

La Importancia de la Revisión y la Declaración Complementaria

En dado caso que alguna persona física o moral considere que el SAT cometió un error en un dato prellenado, podrá revisar sus declaraciones anteriores y, si así fuera el caso, presentar la declaración complementaria correspondiente. Es importante recordar que, aunque los errores vengan precargados, el contribuyente es responsable del contenido final de su declaración.

¿Qué es una Declaración Complementaria?

La declaración complementaria es una actualización de datos fiscales que tiene como objetivo subsanar errores u omisiones de una declaración fiscal presentada previamente. Este tipo de declaración se presenta, por ejemplo, cuando el contribuyente quiere corregir su situación fiscal tras haber sido notificado por el SAT, ya sea por una auditoría, revisión electrónica u otro procedimiento. También existe un tipo de declaración complementaria que, aunque su nombre puede ser confuso, se presenta cuando no se ha enviado ninguna declaración previamente por el mismo periodo y obligación, lo que puede considerarse una "obligación no presentada".

Otros motivos para presentar una declaración complementaria incluyen la modificación de obligaciones o dejar sin efecto una obligación.

Proceso para Presentar una Declaración Complementaria

  1. Ingresa a la página

    www.sat.gob.mx

    Lea también: Requisitos para Declaraciones Atrasadas

    y entra al apartado “Presenta tu declaración”.
  2. Elige el régimen al que perteneces y selecciona la opción “Declaración complementaria”.
  3. Selecciona el ejercicio fiscal, mes o bimestre correspondiente, y el impuesto u obligación que deseas corregir. Aquí el SAT busca vincular tu nueva declaración con la ya presentada previamente, utilizando un folio de seguimiento interno.
  4. En este paso solo modificarás los campos necesarios: ingresos, deducciones, retenciones, acreditamientos, etc.
  5. Antes de enviar, asegúrate de que todos los cambios estén correctamente reflejados.
  6. Utiliza tu e.firma para validar la operación.

Cómo Revisar la Declaración Anual para Evitar Errores

Para evitar problemas con la información precargada, se recomienda seguir estos pasos:

  1. Ingresa al portal del SAT con RFC y contraseña o e.firma.
  2. Consulta la previsualización de tu declaración anual.
  3. Revisa cuidadosamente los apartados de ingresos, deducciones y retenciones.
  4. Compara con tus propios registros contables.
  5. Para evitar este problema, no olvides revisar el proceso de Cancelación de facturas en el portal del SAT.

Proceso de Cancelación de Facturas

El receptor de una factura deberá manifestar la aceptación o rechazo de la cancelación a través del Portal del SAT o bien vía un proveedor de certificación, dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud de cancelación.

Recordatorios y Consideraciones Adicionales

El SAT hace un recordatorio a las personas físicas que optaron por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) dado que en este año fiscal la presentación de las declaraciones provisionales es opcional. En tanto, la declaración anual se deberá presentar en el 2023.

Paralelamente, el Servicio de Administración Tributaria, dio una prórroga para presentar la declaración mensual de enero a más tardar el 21 de febrero del 2021, en lugar del 17 de febrero. “Los contribuyentes que, en términos de las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios e Impuesto al Valor Agregado (IVA), deban presentar declaraciones mensuales, provisionales o definitivas correspondientes al mes de enero del ejercicio fiscal de 2022, podrán presentarlas a más tardar el día 21 de febrero de 2022”, detalló el SAT en un comunicado. El motivo fue la saturación de los sistemas de declaraciones debido al gran incremento en la demanda del servicio por los contribuyentes, de acuerdo con la autoridad fiscal.

Para los efectos de los artículos 116, párrafos primero y tercero, 118, fracción IV de la Ley del ISR y 32, fracción IV de la Ley del IVA, si tienes ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles y optaste por utilizar el aplicativo de “Mis cuentas” en términos de lo dispuesto en las reglas 2.8.1.8. y 3.14.3.

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