A partir del 1º de enero del 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió las posibilidades de deducción de impuestos para los contribuyentes. Con su modificación, a partir del 1º de enero del 2017 el SAT devolverá impuestos por dos conceptos más: los gastos del psicólogo y nutriólogo.
Lo anterior, según un comunicado del SAT, se realiza con el fin de disminuir la incidencia de enfermedades ocasionadas por el sobrepeso y la obesidad (tales como diabetes e hipertensión), que en edades mayores generan problemas serios para nuestra salud.
¿Qué Gastos Médicos Son Deducibles?
Existen diversos gastos relacionados con la salud que pueden ser descontados en tu declaración anual. En este punto se incluyen honorarios médicos como pueden ser por concepto de consultas, así como honorarios dentales en consulta o tratamientos.
También los pagos efectuados a psicólogos o nutriólogos por consultas o atención a la salud mental y física respectivamente. Además, se incluyen los gastos hospitalarios, así como las medicinas facturadas por los hospitales, gastos de honorarios médicos, enfermeras, análisis clínicos, prótesis y compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación del paciente.
Si adquieres una póliza de seguro de gastos médicos, la prima que pagas la puedes hacer deducible incluyendo el IVA.
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¿Quién Puede Deducir Estos Gastos?
Los gastos médicos pueden deducirse tanto si los has pagado para ti como para tus familiares cercanos. Puedes descontar gastos médicos propios o de familiares directos si sus ingresos no superan un salario mínimo anual, siempre que pagues con medios bancarios y cuentes con factura válida.
Estos gastos pueden deducirse cuando los has pagado para ti o para tus familiares cercanos, como tu pareja, papás, abuelos, hijos o nietos, siempre y cuando no hayan ganado más del salario mínimo anual, de acuerdo con los requisitos que publica el Servicio de Administración Tributaria.
La única condición es que esas personas no hayan tenido ingresos superiores a un salario mínimo anual durante el año en que apliques la deducción en tu declaración anual ante el SAT.
Requisitos Indispensables para la Deducción
Para hacer válidas estas deducciones, los servicios deben ser prestados por un profesional titulado y necesitas cumplir con algunos requisitos que te mencionamos a continuación: Factura electrónica y Forma de pago.
Factura Electrónica (CFDI)
Debes exigir factura. Es indispensable contar con una factura electrónica (CFDI) emitida por un profesional médico titulado. Sin esta factura el gasto no será deducible, así que solicítala siempre al momento de pagar.
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En muchas ocasiones nos encontramos con profesionales de la salud que nos dicen lo mismo: no doy factura. Sin embargo, debes saber que si no cuentas con un comprobante fiscal (factura electrónica) que ampare los gastos realizados, tampoco los podrás hacer deducibles. Por lo tanto, se recomienda que busques a profesionistas que se encuentren en el mundo de la formalidad.
Es aconsejable que, cuando obtengas tu factura, revises que tus datos fiscales se encuentran plasmados correctamente. Asegúrate de que venga bien tu nombre, clave del RFC, así como el código postal que tengas registrado en la constancia de situación fiscal y el uso del comprobante. La factura debe incluir tus datos fiscales correctos, como tu RFC, y el uso del comprobante debe ser D01, “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”.
Medios de Pago Bancarizados
¿Qué medios de pago puedo utilizar? Para este tipo de deducciones es indispensable utilizar medios de pago bancarizados. Es decir, cheques nominativos, transferencias electrónicas o tarjetas de débito y crédito.
El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. Así lo establece el Servicio de Administración Tributaria, que exige que el pago se realice mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios, así como cheque nominativo.
Es de suma importancia recordar que cualquiera de estos gastos que realices en efectivo no será deducible, tal como precisa el Servicio de Administración Tributaria entre los requisitos de las deducciones personales. Los pagos en efectivo no son deducibles ante el SAT, sin importar que tengas la factura. Por eso, al pagar a tu médico u hospital, evita el efectivo y usa siempre un medio rastreable.
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Consideraciones Adicionales
Resumiendo: puedes descontar gastos médicos propios o de familiares directos si sus ingresos no superan un salario mínimo anual, siempre que pagues con medios bancarios y cuentes con factura válida. Aprovecha tu posible saldo a favor y pide asesoría experta.
Año con año, existen cambios en la normatividad fiscal que vuelven más complejo el cumplir con tus obligaciones fiscales ante el SAT. Sin embargo, siempre puedes buscar la ayuda de un experto.
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